1708 - 09 Homologar Convenio Parque Industrial Emp. Castelli S.R.L..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1708/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1708/2009



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 2187/08 Letra “B” de fecha 06/05/2008, iniciado por


la Empresa de Transporte Castelli S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-70891482-3, con domicilio


legal en Calle Los Álamos Nº 247 de Junín de los Andes, destinado a espacio para


mantenimiento y base de flota de vehículos de la misma; y Expte. Nº 6253 de la Secretaría de


Obras y Servicios Públicos de fecha 23/12/2.008 que contiene presentación de Planos del


proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en fecha 13/03/2.009


entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la reseñada Empresa, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 7, de la Manzana 94,


Nomenclatura Catastral 13-20-054-9596, con una superficie de SETECIENTOS DIECISEIS


METROS CUADRADOS (716,00 mts²).-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Catorce Mil Trescientos Veinte ($ 14.320,00) que


serán cancelados conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado


Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 6253), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/2009, conforme lo


establecido en Despacho Nº 014/2009, emitido por la Comisión de Producción y Turismo,


resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1708/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado el 13 de


Marzo de 2.009 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario


de Producción y Turismo, Don ROBERTO SACCONI, con domicilio legal en Don Bosco y


Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y la Empresa CASTELLI S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-70891482-3, con


domicilio legal en Calle Los Álamos Nº 247 de Junín de los Andes, en adelante denominado el


“ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de


Junín de los Andes, identificado como Lote 7, de la Manzana 94, Nomenclatura Catastral 13-


20-054-9596, con una superficie de SETECIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS


(716,00 m²).-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo A/C, Concejal Ramón


Julio Flores.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL NUEVE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1425/09.-













RAMÓN JULIO FLORES CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA