Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 923/2001
VISTO: El Artículo 186 de la Carta Orgánica Municipal, Capítulo V , Producción Artesanal
referido Sello de Origen y Calidad y el Artículo Nº 187 Inc. a), bajo el Título
Reglamentación, el Expte 1735/00 del Bloque de Concejales del M.P.N. donde se adjunta
anteproyecto de Ordenanza presentado por el Sr. Montecino Juan Alberto referido productos
locales y regionales de calidad denominación andina y Expte 1967/01 presentado por el vecino
mencionado precedentemente y
CONSIDERANDO;
Que, en dichos artículos se establece que: La Municipalidad de Junín de los
Andes implementará un sello de origen y calidad para los productos elaborados en el ejido que
cumplieren con los requisitos establecidos por Ordenanza y que el mismo deberá indicar
expresamente “ JUNIN DE LOS ANDES – PATAGONIA – ARGENTINA” contando con una
identificación gráfica o logotipo de la localidad y/o región.
Que, asimismo se menciona que el Concejo Deliberante deberá establecer
por Ordenanza entre otros aspectos; “las bases del Concurso para la creación del sello”.-
Que, es importante dar inicio al tratamiento del presente, en virtud de los
requerimientos existentes en el Concejo Deliberante y la necesidad de continuar avanzando en los
aspectos que se detallan en el artículo 187 de nuestra Carta Magna, potenciando de este modo, la
producción en sus diversas formas, como así también contar con un sello de calidad que
identifique la producción local,
Que el sello será la muestra, a nivel Provincial, Regional y Nacional e
Internacional de la Producción artesanal de Junín de los Andes y su identificación en el mundo..
Que es sentido de este Cuerpo Deliberativo, más allá del valor económico
de la premiación, mostrar la capacidad y participación de nuestros conciudadanos.
Que conforme nuestra Carta Orgánica Municipal y las sugerencias de la
Dirección de Bromatología es conveniente adecuar dicho proyecto para su posterior
implementación.
Que, asimismo en nuestra COM el artículo 150 determina: “ La
Municipalidad de Junín de los Andes promoverá las actividades que generen trabajo genuino y
produzcan crecimiento económico y bienestar general en la comunidad. “
Que, el artículo 165 establece:” La Municipalidad de Junín de los Andes,
protegerá la estabilidad, afianzamiento y arraigo de la familia, en especial de las carenciadas,
monoparentales, numerosas y de mayor vulnerabilidad social....”
Que, asimismo se hace necesario confeccionar las bases del concurso para
la elaboración y posterior implementación de un sello de origen y calidad para los productos que
se elaboren en el ejido.
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ORDENANZA Nº 923/01
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE as Bases para la implementación del Concurso para la
confección del sello de origen y calidad de los productos elaborados en el ejido,
con el objeto de seleccionar el logotipo que mejor sintetice los aspectos destacados de nuestra
región como centro de producción artesanal en sus diversas formas, conforme Artículos 186 y
187. Inc. a) de nuestra Carta Orgánica y que figura como ANEXO I.-
ARTÍCULO 2º: Determínase que la Municipalidad de Junín de los Andes a través del Concejo
Deliberante coordinará el concurso y convocará UN JURADO integrado por un
representante de:
➢ Cada bloque político del CD.-
➢ Feria Franca
➢ Asociación Artesanos de Junín de los Andes
➢ Coordinadora Barrial
➢ Dirección de Promoción Social
➢ Dirección de Turismo
➢ Dirección de Cultura
➢ Dirección de Bromatología
➢ Cámara de Comercio, Industria; Turismo y A.
➢ Delegación Regional Zona Sur de Producción de Junín de los Andes
ARTÍCULO 3: INSTRUMÉNTESE su implementación a través de la Comisión de Labor
Legislativa del Concejo Deliberante.
ARTÍCULO 4º. DESE amplia publicidad por los medios orales y escritos invitando a participar
a la población en general, y envíese copia de la presente a docentes y alumnos
de escuelas primarias, secundarias y demás centros educativos como así también a Instituciones
intermedias de la localidad.-
ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme las
Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta Orgánica
Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la misma.-
ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl
Ande.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, A LOS
DIECISIETE DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1046/01.-
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
ANEXO I ORDENANZA Nº 923/2001
BASES DEL CONCURSO DE CREACIÓN DE UN SELLO DE ORIGEN Y CALIDAD
PARA LOS PRODUCTOS ARTESANALES ELABORADOS EN EL EJIDO:
ARTÍCULO 1: REQUISITOS: Podrán participar del Concurso de bases de calidad andina y
denominación de origen las personas físicas que posean residencia en el ejido de Junín de los
Andes.
La presentación de la identificación gráfica o logotipo podrá ser individual o en grupos de no
más de tres personas.
ARTÍCULO 2: OBJETO: La temática tendrá por objeto la elaboración del sello de origen y
calidad para los productos elaborados en el ejido, el que deberá indicar expresamente “ JUNIN
DE LOS ANDES – PATAGONIA – ARGENTINA” contando con una identificación gráfica o
logotipo de la localidad y/o región que mejor sintetice nuestros aspectos destacados como centro
de producción artesanal en sus diversas formas.
ARTÍCULO 3: CONDICIONES: DE PRESENTACION:
✓ El logotipo se presentará elaborado en hoja A4, diseñado a mano alzada, no pudiendo
utilizarse sistemas de computación en su composición.
✓ Podrán utilizarse diversos colores y/o ser elaborado en blanco y negro.
✓ Cada componente del logotipo deberá ser fundamentado por escrito.
✓ Se deberá adjuntar nota en la cual constará: Nombre y Apellido del/los integrantes, Tipo
y Nº de documento; Domicilio y un número de teléfono donde poder contactarlo/s.
✓ Todo ello deberá estar contenido en un sobre cerrado en cuyo exterior figurará el
seudónimo del/los presentantes.
✓ Los dibujos no podrán ser copia de otros sellos existentes.
✓ Los sobres serán recibidos en mesa de entradas del Concejo Deliberante en horario de
08:00 a 14:00 hs de lunes a viernes.
ARTÍCULO 4º: INSTRUMENTACIÓN:
✓ Se invita a participar a todos las personas físicas que cumplan con los requisitos
detallados precedentemente, por cuenta propia o en representación de alguna
organizaciones intermedia de la localidad .
✓ Las bases del concurso se retirarán en las oficinas administrativas del Concejo
Deliberante en horarios de 08:00 a 14 Hs de lunes a viernes.
✓ Desde su lanzamiento los participantes contarán con tiempo para la presentación hasta el
día viernes 30 de noviembre de 2001.
✓ Finalizado el mismo se reunirá EL JURADO, quién deberá expedirse en un plazo no
mayor de 15 días .
✓ El sello elegido deberá ser cedido por su autor para uso y manejo exclusivo de la
Municipalidad, siendo a partir de ese momento propiedad intelectual de la misma,
debiéndose registrar ante las autoridades competentes.
OSCAR RAÚL ANDE ÁNGEL C. HERRERA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ANEXI I Ord. Nº
ARTÍCULO 5º: El Jurado estará integrado por representantes de:
➢ Cada bloque político del Concejo Deliberante.
➢ Asociación Artesanos de Junín de los Andes
➢ Feria Franca.
➢ Coordinadora Barrial
➢ Dirección de Promoción Social
➢ Dirección de Turismo
➢ Dirección de Cultura
➢ Dirección de Bromatología
➢ Cámara de Comercio, Industria; Turismo y Afines.
➢ Delegación Regional zona Sur Producción de Junín de los Andes
ARTÍCULO 6º: PREMIOS:
El/los ganadores del Concurso para la elaboración del sello de origen y calidad para los productos
elaborados en el ejido obtendrán un premio en dinero efectivo de $ 300 ( valor que será donado
por funcionarios para este fin específico).
ARTÍCULO 7º: Todos los presentantes recibirán un certificado por su participación en el
Concurso.-