2343 - 14 Derogación parcial Ordenanza Nº 2338-14 - Contratación Directa Marite Berbel.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2343/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2343/2014


VISTO: La Ordenanza Nº 2338/2014, promulgada por Resolución Nº 041/14, y;




CONSIDERANDO:




Que, la mencionada Ordenanza en su Artículo 1º dice: “ACEPTASE las fondos
provenientes desde el Instituto Provincial de Juegos de Azar de la Provincia del Neuquén, los cuales


tienen como destino el pago del servicio parte de los trabajos de Producción de la Fiesta Del Puestero


Edición y Fiesta Aniversario de Junín de los Andes Año 2014, …”.-


Que, por otro lado, el Artículo 2º del mismo ordenamiento expresa: “AUTORIZASE al
Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar la Contratación Directa, por vía de Excepción a lo


establecido en la Ley Provincial Nº 2141, su Decreto Reglamentario Nº 2758/95 y modificatorias, al


Sr. Carlos Renato Marcel DNI Nº 21.451.426 CUIT Nº 20-21451.426-6 para realizar parte de los


trabajos de Producción de la Fiesta Nacional del Puestero Edición Año 2014…”.-


Que, el Artículo 3º establece: ESTABLEZCASE que en monto de la contratación en un
total de Pesos por un total de Pesos Cuatrocientos Noventa y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta


($ 498.850,
00


); en un total de Acuerdo al Modelo de Contrato que forma parte de la Presente como


Anexo I, el cual deberá ser firmado por Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa Productora


cuyo titular es el Sr. Carlos Renato Marcel”.-


Que, la Ordenanza Nº 2338/14 se sancionó en conformidad al proyecto de ordenanza


presentado por el Ejecutivo Municipal mediante Nota Nº 030/14 de fecha 30/01/2014,


registrada bajo Expte. C.D. Nº 7083/14.-


Que, con posterioridad a la sanción y promulgación de la mencionada norma, al


momento de reunirse el Ejecutivo Municipal con autoridades provinciales a fin de que se


realice el pertinente desembolso de los fondos comprometidos; se informa de la imposibilidad


de cumplir con la totalidad de los fondos comprometidos, los que de Pesos Quinientos Mil ($


500.000,
00


), pasa a ser de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,
00


).-


Que, asimismo, se informa que del montos de Pesos Trescientos Mil ($ 300.000,
00


)


estará desdoblado en dos aportes, uno de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,
00


) que serán


aportados por el Instituto Provincial de Juegos de Azar; se adjunta Resolución Nº 056/14 y


Convenio respectivo; y los otros Pesos ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,
00


) provendrán de


fondo de Responsabilidad Social empresarial (YPF) que la Provincia posee.-


Que, ante este hecho, y de acuerdo a lo aprobado en el Artículo 3º de la Ordenanza


Nº 2338/14, para completar los fondos correspondientes a la contratación del Sr. Carlos


Renato Marcel; quedará un saldo pendiente de Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil Ochocientos


Cincuenta ($ 198.850,00).-


Que, de acuerdo a como se han suscitado esta situación, y que a pesar de las distintas


gestiones realizadas, no se ha logrado obtener fondos para compensar el saldo restante de la


contratación; el Ejecuto se ve obligado a destinar Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil


Ochocientos Cincuenta ($ 198.850,00) provenientes de parte de los ingresos percibidos en


concepto de Uso de Espacio Público Municipal durante la realización de la Fiesta del Puestero


Ejercicio año 2014.-


















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2343/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, por todo lo expuesto, debe derogarse en su totalidad los Artículos 1º y 2º de la


Ordenanza Nº 2338/14 y ratificar el Artículo 3º de la misma norma, como así también su


Anexo I, ya que el último artículo y su anexo, se encuentran cumplidos en su totalidad.-




Que, ante todo lo referenciado precedentemente, y no existiendo impedimento


alguno, debe sancionarse la Ordenanza que así lo deje establecido.-


POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: DERÓGANSE: los Artículos 1º y 2º de la Ordenanza Nº 2338/14,


promulgada por Resolución Nº 041/14.-




ARTÍCULO 2º: RATIFÍCASE: la plena vigencia de lo establecido en el Artículo 3º de la


Ordenanza Nº 2338/14 y su correspondiente Anexo I.-




ARTÍCULO 3º: ACÉPTANSE: los fondos provenientes desde el Instituto Provincial de


Juegos de Azar de la Provincia del Neuquén, de Pesos ciento Cincuenta Mil


($ 150.000,
00


), y de la Responsabilidad Social Empresarial de la Provincia (YPF) de Pesos


ciento Cincuenta Mil ($ 150.000,
00


), los cuales tienen como destino el pago del servicio parte


de los trabajos de Producción de la Fiesta del Puestero Edición Año 2014.-




ARTÍCULO 4º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a destinar un total


de Pesos Ciento Noventa y Ocho Mil Ochocientos Cincuenta ($ 198.850,
00


)


del total de los fondos percibidos en concepto de Uso de Espacio Público Municipal durante la


realización de la Fiesta del Puestero Ejercicio año 2014, para ser destinados a la compensación


del saldo de la contratación del Sr. Marcel, en un todo de acuerdo a lo mencionado en el


Artículo 3º y su Anexo de la Ordenanza Nº 2338/14.-




ARTÍCULO 5º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1717/14 – EXPTE. C.D. Nº 1709/14.-
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA