Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2650/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8784/16 de fecha 09/11/2016 iniciado por el Sr. José Luís Gasparetti de
NOTTE PRODUCCIONES, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el citado Expte. la presentante solicita una excepción a la Ordenanza Nº 251/91
“Código de Faltas Municipal”, en su Artículo 89, Inc. a) y c) que versa acerca de los ruidos molestos.-
Que, esta solicitud se fundamenta, para dar difusión por bocina en los diferentes barrios de
nuestra localidad al evento organizado por dicha Productora denominado “LA MISSISSIPPI BLUES”.-
Que, el Artículo 89º dice: La producción, estímulo y provocación de ruidos molestos de
cualquier origen, cuando por razones de hora y lugar o por el grado de intensidad o por su calidad, perturbe
o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población, o causare perjuicio o molestias de cualquier
naturaleza, bien que se produjera en la vía pública, plazas parques, paseos, salas de espectáculos, centros de
reunión, lugares en que se desarrollen actividades públicas o privadas, o en casas habitación individuales o
colectivas, cuando se hubiera intimado previamente a la cesación, atenuación o disminución de los ruidos, …
El carácter perturbador, molesto o perjudicial del ruido se presumirá, sin admitirse prueba en contrario,
cuando se comprobare: a) La transmisión por redes de altavoces o de cualquier otro tipo, de emisoras
radiotelefónicas en ó hacia la vía pública;… c) La circulación de rodados… con altavoces propalaren
propagandas comerciales.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 16/11/2016, dispuso sobre tablas y
por unanimidad otorgar la excepción solicitada, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA ORGANICA
MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA
CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON
FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: al Sr. José Luís Gasparetti de NOTTE PRODUCCIONES, una
excepción a lo establecido en la Ordenanza Nº 251/91 “Código de Faltas Municipal”,
en su Artículos 89º, Inc. a y c), para la utilización de bocina (altoparlantes), a fin de dar difusión en los
barrios de nuestra localidad, al evento denominado “LA MISSISSIPPI BLUES”, a realizarse el día 24 de
noviembre de 2016 en el Teatro Ceferino Namuncurá, a las 21:00 horas.-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que los horarios autorizados vía excepción se fijan entre las entre
las 10:00 y 12:00 horas durante la mañana y por la tarde de 17:00 a 20:00 horas, hasta
el día 24 de noviembre de 2016, inclusive.-
ARTÍCULO 3º: Elévese la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al interesado.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS DIECISEIS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1876/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES