2041 - 11 Aceptación donación Grupo Electrógeno Empresa Milicic.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2041./11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2041/2011



VISTO: El Expte. C.D. Nº 5797/11 originado por Nota Nº 567/11 del Departamento Ejecutivo


Municipal, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante el mismo remite Nota Nº 308/11 de fecha 18/11/2011 de la Secretaría


de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, en la cual solicita se elabore la


Ordenanza de aceptación de la donación de un (1) grupo electrógeno y un tanque de agua, por


parte de la Empresa MILICIC S.A. a la Municipalidad de Junín de los Andes.-


Que, este equipo forma parte de la Obra “Proyecto de Gestión Integral de los


Residuos Sólidos Urbanos en la localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén”,


Licitación Pública Nacional e Internacional 04/09, que está ejecutando dicha Empresa.-


Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 57, Inc. j),


que dice: “Autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones, aceptar o repudiar
donaciones y legados con cargo y a enajenar bienes del dominio privado municipal o la constitución


de gravámenes sobre ellos”, este Concejo Deliberante según Despacho Nº 075/11 de la


Comisión de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento Urbano, dispuso por unanimidad, en


Sesión Ordinaria de fecha 30/11/2011 aceptar dicha donación, con el dictado de la norma


pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE la donación de un (1) grupo electrógeno y un tanque de


agua de 6000 Litros – Marca Acoplados Conese, por parte de la Empresa


MILICIC S.A. a la Municipalidad de Junín de los Andes.-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez realizada la tramitación que corresponda del


equipamiento descripto, se incorpore el mismo al Patrimonio Municipal y se


incluya en el inventario municipal.-


ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Empresa Milicic S.A.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1588/11.-
















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA