2672 - 17 Homologación Convenio de Comunicaciones Electrónicas con forma digital.pdf

ORDENANZA Nº 2672/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




1






O R D E N A N Z A Nº 2672/2017



VISTO: La Nota Externa Nº 746/16 de fecha 27 de diciembre de 2016 firmada por el Sr.


Intendente Municipal, Carlos A. Corazini, registrada bajo Expte. C.D. Nº 8855/16,


mediante la cual se remite copia de Convenio de Comunicaciones Electrónicas con Firma


Digital celebrado en fecha 22 de diciembre de 2016 entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y el Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, y;




CONSIDERANDO




Que, el citado CONVENIO establece las siguientes Cláusulas:


Primera: MARCO: El presente convenio se suscribe en el marco del Reglamento de


Comunicaciones Electrónicas con Firma Digital, aprobado por Acuerdo Nº 4963 punto 26 del


año 2012 del Tribunal Superior de Justicia, y que se protocoliza como parte del presente


integrando el mismo.-


Segunda: OBJETO: El presente tiene por objeto que las medidas que dicten los Organismos


Jurisdiccionales y que tengan como destinatario a la Municipalidad de Junín de los Andes, le


sean comunicadas a ésta por medios electrónicos y con firma digital a la casilla de notificación


electrónica que se le asignará para la recepción de dichas comunicaciones; y al mismo tiempo


que la respuesta que la Municipalidad de Junín de los Andes deba efectuar al Organismo


Jurisdiccional pertinente también lo sea por medios electrónicos con firma digital. De este


modo se busca otorgarle mayor agilidad, rapidez, simpleza, y eficiencia a la Comunicación


entre los Organismos Jurisdiccionales y la Municipalidad de Junín del os Andes”.-


Tercera: CASILLA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: El Poder Judicial asignará a la


Municipalidad de Junín de los Andes, una casilla de notificación electrónica institucional que


se denominará “MUNIJUN”, asignando al responsable la clave de acceso, con el objeto de


recepcionar las comunicaciones establecidas en la Cláusula Segunda. La Municipalidad de


Junín de los Andes queda igualmente facultada para hacer uso de esta casilla institucional en


los términos del Reglamento de Notificación por Medios Electrónicos [aprobado por Ac. 4905


(pto. 8). Modif. por Ac. 4955 y 4982 (pto. 5)]”. -


Cuarta: RECEPCIÓN: La Municipalidad de Junín de los Andes, asume la responsabilidad de


recepcionar y tramitar las comunicaciones realizadas a dicha casilla a través del mecanismo


interno que establezca con relación al uso de la Casilla de Notificación Electrónica en la que


recibirá las comunicaciones.




Que, la Cláusula Quinta, se refiere a la Comunicación de Cumplimiento de trámite.-




Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57,


Inc., “t”, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 03/03/2017, de acuerdo al Despacho


Nº 008/17 de la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad, homologar el


Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.















LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA















ORDENANZA Nº 2672/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




2






POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Comunicaciones Electrónicas con Firma


Digital celebrado en fecha 22 de diciembre de 2016 entre la Municipalidad


de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos Anacleto


Corazini, y el Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, representado por el Dr. Andrés


Luchino, en su carácter de titular del Juzgado de Primera Instancia en los Civil, Comercial,


Laboral y de Minería Nº 2 de la IV Circunscripción Judicial con asiento en Junín de los


Andes, el cual integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Elévese: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO


DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1886/17.-















LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA