ORDENANZA Nº 2672/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2672/2017
VISTO: La Nota Externa Nº 746/16 de fecha 27 de diciembre de 2016 firmada por el Sr.
Intendente Municipal, Carlos A. Corazini, registrada bajo Expte. C.D. Nº 8855/16,
mediante la cual se remite copia de Convenio de Comunicaciones Electrónicas con Firma
Digital celebrado en fecha 22 de diciembre de 2016 entre la Municipalidad de Junín de los
Andes y el Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, y;
CONSIDERANDO
Que, el citado CONVENIO establece las siguientes Cláusulas:
Primera: MARCO: El presente convenio se suscribe en el marco del Reglamento de
Comunicaciones Electrónicas con Firma Digital, aprobado por Acuerdo Nº 4963 punto 26 del
año 2012 del Tribunal Superior de Justicia, y que se protocoliza como parte del presente
integrando el mismo.-
Segunda: OBJETO: El presente tiene por objeto que las medidas que dicten los Organismos
Jurisdiccionales y que tengan como destinatario a la Municipalidad de Junín de los Andes, le
sean comunicadas a ésta por medios electrónicos y con firma digital a la casilla de notificación
electrónica que se le asignará para la recepción de dichas comunicaciones; y al mismo tiempo
que la respuesta que la Municipalidad de Junín de los Andes deba efectuar al Organismo
Jurisdiccional pertinente también lo sea por medios electrónicos con firma digital. De este
modo se busca otorgarle mayor agilidad, rapidez, simpleza, y eficiencia a la Comunicación
entre los Organismos Jurisdiccionales y la Municipalidad de Junín del os Andes”.-
Tercera: CASILLA DE NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA: El Poder Judicial asignará a la
Municipalidad de Junín de los Andes, una casilla de notificación electrónica institucional que
se denominará “MUNIJUN”, asignando al responsable la clave de acceso, con el objeto de
recepcionar las comunicaciones establecidas en la Cláusula Segunda. La Municipalidad de
Junín de los Andes queda igualmente facultada para hacer uso de esta casilla institucional en
los términos del Reglamento de Notificación por Medios Electrónicos [aprobado por Ac. 4905
(pto. 8). Modif. por Ac. 4955 y 4982 (pto. 5)]”. -
Cuarta: RECEPCIÓN: La Municipalidad de Junín de los Andes, asume la responsabilidad de
recepcionar y tramitar las comunicaciones realizadas a dicha casilla a través del mecanismo
interno que establezca con relación al uso de la Casilla de Notificación Electrónica en la que
recibirá las comunicaciones.
Que, la Cláusula Quinta, se refiere a la Comunicación de Cumplimiento de trámite.-
Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57,
Inc., “t”, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 03/03/2017, de acuerdo al Despacho
Nº 008/17 de la Comisión Interna de Gobierno, resuelve por unanimidad, homologar el
Convenio referenciado, con el dictado de la norma legal pertinente.
LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 2672/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO de Comunicaciones Electrónicas con Firma
Digital celebrado en fecha 22 de diciembre de 2016 entre la Municipalidad
de Junín de los Andes, representada por el Sr. Intendente Municipal, Don Carlos Anacleto
Corazini, y el Poder Judicial de la Provincia del Neuquén, representado por el Dr. Andrés
Luchino, en su carácter de titular del Juzgado de Primera Instancia en los Civil, Comercial,
Laboral y de Minería Nº 2 de la IV Circunscripción Judicial con asiento en Junín de los
Andes, el cual integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: Elévese: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS TRES DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO
DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1886/17.-
LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA