1522 - Aprobación Convenio Predio Parque Industrial Sr. Horacio Borghese.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1522/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1522/2007



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 3179 Folio “A” de fecha 23/08/2006 iniciado por el Sr.


Horacio Borghese, titular del D.N.I. Nº 14.853.661, con domicilio legal en


O’higgins y Ginés Ponte de Junín de los Andes, referente a solicitud de predio en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, para la instalación de un emprendimiento destinado Taller de


Servicios para el Automotor; el Expte. Nº 2017 Letra “B” de la Secretaría de Obras y


Servicios Públicos de fecha 04/10/2007 que contiene presentación de Planos del proyecto


reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial a celebrado en el mes de Noviembre de


2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el nombrado Sr. Horacio Borghese, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado


en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 8i de la Manzana 91,


Nomenclatura Catastral 13-20-056-4769, según Certificado de amojonamiento que figura


como folio 16 del Expte. Nº 2017/07 Letra “B” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 3179 “A” de fecha 23/08/06, con una superficie de


SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA


CMTS. (734,40 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse


por el “Adquirente”.-


Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro


cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Catorce Mil Seiscientos Ochenta y Ocho


($ 14.688,00) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda


del citado Convenio.-


Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 2017/07 Letra “B”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la


firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)


del Emprendimiento.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 14/11/2007, conforme lo


establecido en Despacho Nº 137/2007, emitido por la Comisión de Planificación, Producción y


Turismo, resuelve por unanimidad homologar el citado convenio.-


Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE


LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1522/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


de Noviembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal Dn ÁNGEL CLEMENTE HERRERA, y el


Señor Secretario de Planificación, Producción y Turismo, Don RICARDO SEBASTIÁN


MENDEZ, con domicilio legal en Don Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los


Andes, en adelante denominados la “MUNICIPALIDAD”, y el Sr. HORACIO


BORGHESE, titular del D.N.I. Nº 14.853.661, con domicilio legal en O’Higgins y Ginés


Ponte de Junín de los Andes, en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual integra la


presente como Anexo I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial


de Junín de los Andes, identificada como Lote 8i de la Manzana 91, Nomenclatura Catastral


13-20-056-4769, según Certificado de amojonamiento que figura como folio 16 del Expte. Nº


2017/07 Letra “B” de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte


del Expte. Nº 3179 “A” de fecha 23/08/06, con una superficie de SETECIENTOS TREINTA


Y CUATRO METROS CUADRADOS CON CUARENTA CMTS. (734,40 m²), o los que en


más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal).-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL SIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1351/07.-









MIGUEL ÁNGEL GUIDALI NÉSTOR JUAN MONDINO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA