2346 - 14 Aprobación Convenio Aporte No Reintegrable Juegos de Azar Servicios Urbanización Toma 19 de Abril.pdf


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante





O R D E N A N Z A Nº 2346/2014



VISTO: La Resolución Nº 057/14 del Gobierno de la Provincia del Neuquén, avalando la firma del


Convenio marco entre este Municipio y el Instituto de Juego de Azar, y;




CONSIDERANDO




Que, el mismo surge como necesidad de un grupo de vecinos de nuestra ciudad, que


ocuparon tierras en la zona aledañas al Centro de Educación Física Nº 8 Toma denominada 19 de


Abril.-




Que, dicho pedido lo hicieron directamente al Gobierno Provincial en la persona del Señor


Gobernador y que sirviera para hacer frente al costo de la extensión de los servicios de urbanización al


área enunciada.-




Que, el importe asciende a la suma de pesos setecientos noventa y nueve mil seiscientos


ochenta y siete con veintiocho centavos ($ 799.687,28).-




Que, dentro de la discrecionalidad, habilitada por leyes vigentes, el Instituto de Juego de


Azar, ha resuelto firmar Convenio con la Municipalidad, a efectos de asignar la suma mencionada


precedentemente en carácter de aporte no reintegrable.-




Que, en cumplimiento a lo determinado en el Capítulo III, Artículo 57, Inciso f, de la Carta


Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal eleva el presente proyecto para su tratamiento.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Convenio Marco celebrado entre el Instituto Provincial de Juegos


de Azar del Neuquén, y el Señor Intendente Municipal de la Ciudad de Junín de los


Andes, Resolución Nº 057/14, suma de pesos setecientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y


siete con veintiocho centavos ($ 799.687,28), importe que servirá para solventar los gastos que


devenguen los servicios de Urbanización de la Toma 19 de Abril adyacente al Centro de Educación


Física Nº 8.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Instituto Provincial de


Juegos de Azar del Neuquén.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-




DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL


TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1717/14 – EXPTE. C.D. Nº 7108/14.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA