PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2346/2014
VISTO: La Resolución Nº 057/14 del Gobierno de la Provincia del Neuquén, avalando la firma del
Convenio marco entre este Municipio y el Instituto de Juego de Azar, y;
CONSIDERANDO
Que, el mismo surge como necesidad de un grupo de vecinos de nuestra ciudad, que
ocuparon tierras en la zona aledañas al Centro de Educación Física Nº 8 Toma denominada 19 de
Abril.-
Que, dicho pedido lo hicieron directamente al Gobierno Provincial en la persona del Señor
Gobernador y que sirviera para hacer frente al costo de la extensión de los servicios de urbanización al
área enunciada.-
Que, el importe asciende a la suma de pesos setecientos noventa y nueve mil seiscientos
ochenta y siete con veintiocho centavos ($ 799.687,28).-
Que, dentro de la discrecionalidad, habilitada por leyes vigentes, el Instituto de Juego de
Azar, ha resuelto firmar Convenio con la Municipalidad, a efectos de asignar la suma mencionada
precedentemente en carácter de aporte no reintegrable.-
Que, en cumplimiento a lo determinado en el Capítulo III, Artículo 57, Inciso f, de la Carta
Orgánica Municipal, el Ejecutivo Municipal eleva el presente proyecto para su tratamiento.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE: el Convenio Marco celebrado entre el Instituto Provincial de Juegos
de Azar del Neuquén, y el Señor Intendente Municipal de la Ciudad de Junín de los
Andes, Resolución Nº 057/14, suma de pesos setecientos noventa y nueve mil seiscientos ochenta y
siete con veintiocho centavos ($ 799.687,28), importe que servirá para solventar los gastos que
devenguen los servicios de Urbanización de la Toma 19 de Abril adyacente al Centro de Educación
Física Nº 8.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Instituto Provincial de
Juegos de Azar del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.-
DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUÉN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL
TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1717/14 – EXPTE. C.D. Nº 7108/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA