2557 - 16 Ampliación de Cupos de Beneficiarios del Programa Municipal Contención Social y Entrenamiento Laboral.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2557/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2557/2016



VISTO: La Ordenanza Nº 2.266/13 promulgada por Resolución Nº 433/13 en fecha 08/07/13;


Ordenanza 2300/13 promulgada por Resolución N° 363/13 y Ordenanza N° 2394/14


promulgada por Resolución 438/2014 en fecha 11 de Agosto/14; Ordenanza Nº 2488/15


promulgada por resolución 293/15 en fecha 15 de Junio/15, por la cual se crea el “Programa


Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Público”; las


modificaciones respectivas, y;




CONSIDERANDO:




Que, el desempleo en nuestra ciudad alcanza altos índices, los cuales representan un


problema estructural en nuestra sociedad.-




Que, los futuros beneficiarios en su gran mayoría surgen de la nomina de Contrataos


modalidad Monotributista y personal dependientes de esta, que vienen desempeñándose en la


administración municipal a través de distintas áreas.




Que, uno de los factores de gran incidencia, es la carencia de recursos técnicos,


teóricos y prácticos que mejoran, las habilidades personales.-




Que, es propósito del Gobierno Municipal fomentar las oportunidades a través del


“Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Público” lo


cual permite adquirir mayor fortalecimientos en la persona, para una inserción en el mercado


laboral.-




Que, el Ejecutivo Municipal considera necesario arbitrar medidas urgentes que


procuren la capacitación, la práctica y una mejor formación del recurso humano, como así


también el sostenimiento de los programas hasta su finalización programática y/o hasta la


efectiva reinserción de sus beneficiarios en el mercado laboral.-




Que, es decisión del Ejecutivo Municipal, Ampliar los Cupos de los beneficiarios ya


existentes (267) doscientos sesenta y siete a (381) trescientos ochenta y uno, para lo cual con


un gran esfuerzo se deberá extender el presupuesto que supone el sostenimiento del “Programa


Municipal de Contención Social y Entrenamiento Laboral en el Sector Público”.-




Que, según consta en Nota Nº 129/13 de 05 /02/13 del Tribunal de Cuentas de la


Provincia de Neuquén, se solicita a la Municipalidad de Junín de los Andes que a efectos de la


Rendición de Cuentas de cada Ejercicio, debe sancionar NORMA LEGAL DE PLANES DE


EMPLEO MUNICIPALES.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57, Inc, “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2557/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: APRUEBASE: que el Ejecutivo Municipal amplié los cupos de los


beneficiarios, del “Programa Municipal de Contención Social y


Entrenamiento Laboral en el Sector Público” lo cual asciende a una cantidad Total de 381


(trescientos ochenta y uno), como así también la ampliación de la Partida Presupuestaria, lo


cual será afectada de Cuenta Oficial por un monto Total de $ 359.900,00 (Pesos trescientos


cincuenta y nueve mil, novecientos), según se indica precedentemente y Anexo I adjunto el


cual forma parte integral de la presente.-


ARTÍCULO 2°: Los Proyectos del “Programa Municipal de Contención Social y


Entrenamiento Laboral en el Sector Público” serán elaborados y ejecutados


por el Departamento Ejecutivo Municipal. La coordinación y evaluación periódica del


Programa estará también a cargo del mismo, quien llevará a cabo los ajustes, las mejoras o


modificaciones que considere necesarios para cumplir con los objetivos del Programa.-


ARTÍCULO 3º: Los beneficiarios del “Programa Municipal de Contención Social y


Entrenamiento Laboral en el Sector Público” percibirán un aporte mensual,


considerando diferentes tareas a realizar, diversas cargas horarias, y la duración de las mismas;


según consta en ANEXO I “DETALLE DEL PROGRAMA”, el cual forma parte de la


presente norma.-


ARTICULO 4º: DETERMÍNASE: que el Departamento Ejecutivo Municipal destinará de


su Presupuesto, el monto mensual necesario para cubrir el aporte del total de


los beneficiarios según el detalle del ANEXO I y conforme a lo dispuesto en el Articulo 3º de


la presente ordenanza.-


ARTÍCULO 5º: FÍJASE: que en función de las variaciones que sufriere el Presupuesto


Municipal, el Departamento Ejecutivo podrá modificar los montos


estipulados en el ANEXO I, no pudiendo reducir de ninguna manera el aporte que el


beneficiario reciba al inicio de este programa, salvo que cambie de modalidad horaria de


capacitación.-


ARTÍCULO 6º: El Programa contará con una póliza de seguros sobre la capacitación


práctica a realizar que brinde cobertura a los beneficiarios del Programa,


corriendo este gasto por parte del Ejecutivo.-


ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación


y por su intermedio a todas las Áreas Municipales que correspondan.-


ARTICULO 8°: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN”


CONCEJO DELIBERERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS


MIL DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA N° 1833/16.-




















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2557/16.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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A N E X O I


DETALLE “Programa Municipal de Contención Social y Entrenamiento


Laboral en el Sector Público”








Nota: los Montos, que surgen de la ampliación de cupos Ascienden a $ 359.900,00 (pesos


trescientos cincuenta y nueve mil, novecientos).-
















Carga Horaria


Semanal


Monto


a Percibir


Cantidad de


Beneficiarios


Actuales


Cantidad de


Beneficiarios


Nuevos (114)


CANTIDAD


TOTAL DE


BENEFICIARIOS


(381)






15 HORAS $ 2.800.00 79 66 145


15 HORAS $2.900.00 10 --------- 10


20 HORAS $ 3.000,00 4 6 10


30 HORAS $ 3.100,00 4 6 10




30 HORAS $ 3.300,00 41 2 43






30 HORAS $ 3.400,00 51 6 57






30 HORAS $ 3.500,00 47 3 50






30 HORAS $ 3.600,00 20 3 23






30 HORAS $ 4.100,00 11 22 33


RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES