Ordenanza N° 1043 Licitación Privada N° 003-02 Pileta de Natación.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1043/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1043/2002



VISTO:
La Nota de fecha 23/12/2002 del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la


cual Pliegos de Condiciones Generales y Particulares de la Licitación Privada Nº


003/2002 para la construcción de Pileta de Natación, registrada bajo Expte. C.D. Nº 2556/02,


y;




CONSIDERANDO:




Que, el llamado a Licitación está dirigido a los proponentes interesados en la oferta


para la ejecución de la PILETA DE NATACIÓN, DE HORMIGÓN PRE-ELABORADO, EN


ELEMENTOS PREMODELADOS DE HORMIGÓN ARMADO, con un precio base de


$ 30.000,00.-




Que, en las Condiciones Generales, Cláusula 21º, queda especificada la


responsabilidad de precalificación y preadjudicación, en la Comisión conformada por tres (3)


miembros del Departamento Ejecutivo Municipal designados a tal efecto y podrá ser integrada


por un miembro de cada bloque del Concejo deliberante previa aceptación de los mismos.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de Prorroga de fecha 27/12/2002,


resuelve Sobre Tablas y por unanimidad aprobar los Pliegos citados en el Visto y autorizar al


Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda realice


el llamado a Licitación respectivo.-




Que, al efecto, se debe dictar la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA DE PRÓRROGA, SANCIONA CON FUERZA DE:



O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
APRUÉBASE los PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y


PARTICULARES DE LA LICITACIÓN PRIVADA Nº 003/2002 para la


ejecución de “PILETA DE NATACIÓN, DE HORMIGÓN PRE-ELABORADO, EN


ELEMENTOS PREMODELADOS DE HORMIGÓN ARMADO”, y que forman parte de


la presente Ordenanza como Anexo I.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1043/02


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de


la Secretaría que corresponda realice el llamado a Licitación respectivo de


acuerdo a lo establecido en los Pliegos aprobados precedentemente.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.-




ARTÍCULO 5º: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Sr. Secretario Legislativo A/C, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 7º: De forma.-



DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE


DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1107/02.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI DAMIÁN AMINAHUEL


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA