2321 - 13 Excepción Art. 2º Ordenanza Nº 086-88 Local la Guadalupana Sra. María Leal.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2321/2013


VISTO: El Expte. C.D. Nº 6952/13 de fecha 29/10/2013 iniciado por la Sra. Marcela Méndez


Leal, D.N.I. Nº 22.898516, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el mismo la presentante solicita se le otorgue una prórroga de 180 días para


brindar el servicio sanitario y la autorización para la colocación de dos mesas con tres sillas cada


una en la vía pública durante la temporada estival, en el local comercial Kiosco, Librería y


Regalería de su propiedad con el nombre fantasía “La Guadalupana” sito en calle Ginés Ponte Nº


560 de esta localidad.-




Que, el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 086/1988 establece que: “Los supermercados,


tiendas, bares, restaurantes, (y similares), y todo aquel comercio donde la estadía del público sea


transitoria y numerosa, deberá contar con sanitarios para sus clientes. Para los locales dedicados


a los rubros alimenticios, deberán además dar cumplimiento a los requisitos que exige el Código


Alimentario Argentino; siendo las habilitaciones extendidas por profesional titulado de


bromatología”.-




Que, conforme Despacho Nº 0127/13 de la Comisión Interna de Promoción del Empleo y


Desarrollo Territorial, aprobado en Sesión Ordinaria de fecha 04/12/2013, se decidió por


unanimidad otorgar la excepción solicitada, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE: a la Señora Marcela Méndez Leal, D.N.I. Nº 22.898516, una


excepción a la Ordenanza Nº 086/1988, Artículo 2º; autorizando la instalación


de 2 (dos) mesas y 6 (seis) sillas en la vía pública (vereda) por el período de 4 (cuatro) meses a


partir del día 15 de Diciembre de 2013 hasta el día 15 de Abril de 2014, en el local comercial
Kiosco, Librería y Regalería de su propiedad con el nombre fantasía “La Guadalupana” sito en


calle Ginés Ponte Nº 560 de esta localidad.- DÉJASE aclarado que el comercio deberá,


mantener el rubro para el cual fue habilitado.-


ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio envíese copia de la presente a la interesada.-


ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL TRECE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1706/13.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA