3386 -23 Cambio de Titularidad Lote 34 Mza 161 del Loteo Socisl a favor de la Sra. Cynthia Ayelén Huayquifil.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3386/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3386/2023



VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.438 fecha 22/12/2022, iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, originado por Nota Nº 042/2022 de la Gerencia del INMUVI, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante el citado Expte. la Gerencia del INMUVI presenta documentación


referente a solicitud de cambio de titularidad del Certificado de pre-adjudicación sobre el Lote


34, de la Manzana 161, ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, a nombre del Sr. Riquelme


Antonio Aníbal, D.N.I. Nº 30.584.993, quien solicita se cedan los derechos del mencionado


inmueble a favor de su expareja la Sra. Huayquifil Cinthia Ayelén, D.N.I. Nº 32.839.660.-




Que, mediante Ordenanza Nº 1846/2010, se aprueba la condición de calificado para la


adquisición de una fracción de tierra destinada a vivienda única y familiar, dentro de la fracción


de tierra adquirida por la Municipalidad según Ordenanza 1761/09 para ser destinado a un loteo


social; y se aprueba el listado de 884 calificados inscriptos en el Instituto Municipal de


Urbanismo y Vivienda (IN.M.U.VI), que integran la misma como Anexo I.-




Que, en el Anexo I de la citada norma legal, figura el Sr. Riquelme Antonio Aníbal,


D.N.I. Nº 30.584.993, en el Orden Nº 833.-




Que, conforme Certificado de Pre-Adjudicación de fecha 4 de junio del año 2011,


obstante a fs. 07 y 08, el inmueble fue pre adjudicado al Sr. Riquelme Antonio Aníbal, en el cual


se establece: “PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibida toda cesión de los
derechos de pre adjudicación o adjudicación. En la resolución de adjudicación se dejará expresa


constancia que será nula y de ningún valor toda transferencia a título gratuito u oneroso de los


derechos adquiridos por dicha resolución, sin previa autorización municipal de conformidad a los


fundamentos del artículo primero de la presente, la que deberá ser debidamente fundada y


autorizada por el Concejo Deliberante”.-




Que, a fs. 09 del Expte. mencionado se adjunta copia de Certificación de Cesión de


tenencia precaria del INMUVI de fecha 30/09/2022, certificada ante el Juzgado de Paz de Junín


de los Andes, Provincia del Neuquén, mediante la cual el Sr. Riquelme Antonio Aníbal, D.N.I.


Nº 30.584.993, manifiesta que: “renuncia a todos los derechos que pudiese haber obtenido como
pre-adjudicatario a la tenencia precaria cedida por la Ordenanza N° 1873/10 al Lote 34 de la


Manzana 161 del Loteo Social “Nehuen Che” bajo el certificado de pre-adjudicación, y deja


expuesto que: cede todos los beneficios y/o derechos derivados a su ex pareja Huayquifil Cinthia


Ayelén, D.N.I. Nº 32.839.66, dejando aclarado que no tiene nada en cuanto a reclamar en


futuro.”.-











LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3386/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en vista de toda la documentación obrante y no habiendo objeción alguna, este


Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 15/03/2023, conforme al Despacho Nº


001/23 de Comisión de Gobierno y Acción Social, dispone por unanimidad aprobar el cambio de
titularidad solicitado, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1°: SE DA DE BAJA: al Sr. Riquelme Antonio Aníbal, D.N.I. Nº 30.584.993, en


su condición de pre-adjudicatario del Lote 34, Manzana 161, Matrícula


Catastral Nº 13-20-040-1304, con una superficie de trescientos metros cuadrados (300,00 m²),


ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, conforme Ordenanzas Nº 1846/2010 y 1873/2010.-




ARTÍCULO 2°: SE APRUEBA: como calificado a la Sra. Huayquifil Cinthia Ayelén, D.N.I.


Nº 32.839.660, y se ceden los derechos de pre-adjudicación a la nombrada del


Lote 34, Manzana 161, Matrícula Catastral Nº 13-20-040-1304, con una superficie de


trescientos metros cuadrados (300,00 m²), ubicado en el Loteo Social “Nehuen Che”, conforme


Ordenanzas Nº 1846/2010 y 1873/2010, conforme los antecedentes obrantes en Expediente


C.D. N° 11.438/22.-




ARTÍCULO 3º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUÉN, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL


VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2197/23.-













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA