1519 - Homologar Convenio CIEDE - Municipalidad Programa Educación Superior.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1519/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1519/2007


VISTO: El Expte. C.D. Nº 3754/07 de fecha 29/10/2007 iniciado por Nota Externa Nº 381/07


del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual remite copia de Convenio


Específico entre el Centro Internacional de Educación para el Desarrollo (CIEDE) y la


Municipalidad de Junín de los Andes para la realización de Programas de Educación Superior


firmado en fecha 24 de Agosto de 2007 entre el Sr. Intendente Municipal, Don Ángel C.


Herrera, refrendado por el Sr. Intendente Electo Don Rubén Enrique Campos y el CIEDE, y;


CONSIDERANDO:


Que, el citado convenio tienen por objeto definir los términos en que las partes se


involucrarán para llevar a cabo el desarrollo de 5 Carreras de la Oferta Académica del CIEDE


en la localidad de Junín de los Andes: Carreras de Turismo y Medio Ambiente (cupo máximo


alumnos 60); Carreras de Gestión (cupo máximo alumnos 60), Carrera de Gastronomía (cupo


máximo alumnos 25), Carrera de Formulación de Programas y Proyectos (cupo máximo


alumnos 10).-


Que, el presente convenio tendrá una vigencia de 4 años, contados a partir de la fecha


de su firma, pudiendo ser prorrogado mediante acuerdo entre las partes que deberán suscribir


tres meses antes de su terminación.-


Que, en la Cláusula Séptima se establecen las obligaciones que deberá cumplir el


CIEDE y la Municipalidad.-


Que, la Cláusula Octava establece que el costo total de la ejecución de las acciones


contempladas en el presente convenio a desarrollar por el CIEDE es de $ 320.000,00 y la


forma de pago será establecida según el calendario que figura en dicha Cláusula.-


Que, el Artículo 128, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce a


la educación como herramienta fundamental en el proceso de apropiación de la cultura para


alcanzar el desarrollo integral y la socialización de las personas. Realizará e impulsará las


acciones para garantizar el cumplimiento de los derechos constitucionales a recibir una


educación de calidad en todas las edades, pública, gratuita, laica y con igualdad de


oportunidades y posibilidades para todos los habitantes”.-


Que, el Artículo 132 la Carta Orgánica Municipal establece que “La Municipalidad


concertará, coordinará y/o colaborará activamente con las autoridades provinciales y


nacionales realizando las acciones necesarias para: … g) Fomentar el dictado de carreras


universitarias en la localidad, adecuadas a su realidad, en especial aquellas que brinden salida


laboral a los graduados;…”.-


Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 07/11/2007 de acuerdo a


Despacho Nº 038/07 de la Comisión de Economía y Hacienda y lo establecido en la Carta


Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, dispuso por mayoría, ratificar el citado


convenio, considerando que toda inversión que se realice en educación favorece el nivel de


vida, la capacitación y la salida laboral de nuestra población.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1519/07.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, al efecto se debe dictar la norma respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE
el Convenio Específico firmado en fecha 24 de Agosto de


2007 entre el Centro Internacional de Educación para el Desarrollo (CIEDE),


con domicilio legal en Planta Basamento de Hotel Sol de Los Andes, San Martín de los Andes,


Neuquén y en su nombre y representación, su Rectora, Lic. María Graciela Bianchini, con


D.N.I. Nº 14.146.895, y la Municipalidad de Junín de los Andes, con sede legal en Junín de


los Andes, Gines Ponte y Don Bosco y en su nombre y representación el Sr. Intendente


Municipal, Don Ángel C. Herrera, con D.N.I. Nº 16.692.609, y refrendando el presente, el Sr.


Intendente Electo 2007-2011 Don Enrique Campos, con D.N.I. Nº 8.550.201, para la


realización de Programas de Educación Superior, el cual consta de doce (12) Cláusulas e


integra la presente como “Anexo I”.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación y


por su intermedio envíese copia al CIEDE con asiento en San Martín de los


Andes, para su conocimiento y efectos.-




ARTICULO 3º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Articulo 66 de la


misma.-




ARTICULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTICULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTIN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL


AÑO DOS MIL SIETE, SEGUN CONSTA EN ACTA N° 1350/07.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES