2708 - 17 Homologación Convenio Ministerio Agroindustria - Municipio Proyecto Fortalecimiento manejo Bosques Comunales.pdf

ORDENANZA Nº 2708/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2708/2017



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9091/17 de fecha 01/06/2017 iniciado por el Ejecutivo Municipal,


mediante la cual se remite copia de Convenio de Cooperación a suscribir entre el


Ministerio de Agroindustria de la Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;




CONSIDERANDO




Que, el citado Convenio en su Cláusula Primera, establece que el objetivo del mismo


es asistir a la MUNICIPALIDAD en la ejecución de un proyecto tendiente a realizar las


labores culturales necesarias sobre los bosques municipales de la localidad de Junín de los


Andes, en busca del fortalecimiento de los mismos para el mantenimiento y mejora de los


servicios socio-culturales que proveen, y por ende los usos no maderables que la comunidad


realiza sobre los mismos, tanto recreativos, como deportivos y turísticos, entre otros.-




Que, la Cláusula Segunda del mismo, establece que para el logro del objetivo


iniciado en la Cláusula Primera, el MINISTERIO aportará a la MUNICIPALIDAD hasta la


suma de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Siete con vente Centavos


($ 194.767,20), conforme el límite de las disponibilidades presupuestaria existentes, imputable


al Programa 26 POLÍTICAS PARA EL AUMENTO DE LA PRODUCCIÓN Y


PRODUCTIVIDAD EN LAS CADENAS AGROINDUSTRIALES EN FORMA


SOSTENIBLE dentro de la Actividad 38- FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DEL SECTOR


FORESTO-INDUSTRIAL, para el Ejercicio Vigente Jurisdicción 52 – MINISTERIO DE


AGROINDUSTRIA, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional. Dicho monto será


transferido a la cuenta censada por el Ministerio DE HACIENDA que la MUNICIPALIDAD


indique oportunamente.-




Que, el citado convenio tendrá una duración de doce (12) meses a partir de la fecha


de la transferencia de fondos, pudiendo ser ampliado de común acuerdo. Toda modificación o


prórroga que se efectúe al presente convenio, se formalizará mediante la suscripción de


Addendas que se anexarán al mismo.-




Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 14/06/2017 de acuerdo a


lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, y conforme al


Despacho Nº 093/17 de la Comisión de Gobierno, resuelve por unanimidad, ratificar dicho


convenio y autorizar la apertura de la cuenta presupuestaria correspondiente, debiéndose en


consecuencia dictar la norma respectiva.-















LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA

























ORDENANZA Nº 2708/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Cooperación entre el MINISTERIO DE


AGROINDUSTRIA DE LA NACIÓN, representado por el Sr. Ministro


Contador D. Ricardo Buryaile, Y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


representada por el Sr. Intendente Municipal D. Carlos A. Corazini, el cual costa de nueve (9)


Cláusulas e integra la presente como Anexo I, para la ejecución del Proyecto denominado:


“Fortalecimiento al Manejo de los Bosques Comunales de Junín de los Andes para sus usos no


maderables”.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2017 –


Ordenanza Nº 2661/2016 -, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiste a


los fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: Elévese: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL


AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1907/17.-















LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA