ORDENANZA Nº 2708/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2708/2017
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9091/17 de fecha 01/06/2017 iniciado por el Ejecutivo Municipal,
mediante la cual se remite copia de Convenio de Cooperación a suscribir entre el
Ministerio de Agroindustria de la Nación y la Municipalidad de Junín de los Andes, y;
CONSIDERANDO
Que, el citado Convenio en su Cláusula Primera, establece que el objetivo del mismo
es asistir a la MUNICIPALIDAD en la ejecución de un proyecto tendiente a realizar las
labores culturales necesarias sobre los bosques municipales de la localidad de Junín de los
Andes, en busca del fortalecimiento de los mismos para el mantenimiento y mejora de los
servicios socio-culturales que proveen, y por ende los usos no maderables que la comunidad
realiza sobre los mismos, tanto recreativos, como deportivos y turísticos, entre otros.-
Que, la Cláusula Segunda del mismo, establece que para el logro del objetivo
iniciado en la Cláusula Primera, el MINISTERIO aportará a la MUNICIPALIDAD hasta la
suma de Pesos Ciento Noventa y Cuatro Mil Setecientos Sesenta y Siete con vente Centavos
($ 194.767,20), conforme el límite de las disponibilidades presupuestaria existentes, imputable
al Programa 26 POLÍTICAS PARA EL AUMENTO DE LA PRODUCCIÓN Y
PRODUCTIVIDAD EN LAS CADENAS AGROINDUSTRIALES EN FORMA
SOSTENIBLE dentro de la Actividad 38- FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DEL SECTOR
FORESTO-INDUSTRIAL, para el Ejercicio Vigente Jurisdicción 52 – MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA, Fuente de Financiamiento 11 – Tesoro Nacional. Dicho monto será
transferido a la cuenta censada por el Ministerio DE HACIENDA que la MUNICIPALIDAD
indique oportunamente.-
Que, el citado convenio tendrá una duración de doce (12) meses a partir de la fecha
de la transferencia de fondos, pudiendo ser ampliado de común acuerdo. Toda modificación o
prórroga que se efectúe al presente convenio, se formalizará mediante la suscripción de
Addendas que se anexarán al mismo.-
Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 14/06/2017 de acuerdo a
lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc., “t”, y conforme al
Despacho Nº 093/17 de la Comisión de Gobierno, resuelve por unanimidad, ratificar dicho
convenio y autorizar la apertura de la cuenta presupuestaria correspondiente, debiéndose en
consecuencia dictar la norma respectiva.-
LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
ORDENANZA Nº 2708/17.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Cooperación entre el MINISTERIO DE
AGROINDUSTRIA DE LA NACIÓN, representado por el Sr. Ministro
Contador D. Ricardo Buryaile, Y LA MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
representada por el Sr. Intendente Municipal D. Carlos A. Corazini, el cual costa de nueve (9)
Cláusulas e integra la presente como Anexo I, para la ejecución del Proyecto denominado:
“Fortalecimiento al Manejo de los Bosques Comunales de Junín de los Andes para sus usos no
maderables”.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2017 –
Ordenanza Nº 2661/2016 -, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiste a
los fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: Elévese: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”, DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL
AÑO DOS MIL DIECISIETE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1907/17.-
LUCIANO CASAJUS LUÍS ARIEL MADUEÑO
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA