2744 - 17 Homologación de Convenio Provincia IJAN- Municipio por aporte no reintegrable obra Salón Usos Múltiples Centro de Jubilados localidad.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2744/17.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2744/2017



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9265/17 de fecha 19/09/2017 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el mismo remite Convenio entre el Instituto


Provincial de Juegos de Azar (“El Instituto) y la Municipalidad de Junín de los Andes (“La


Municipalidad”), y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante el citado Convenio, Cláusula Primera, se establece que del monto


total solicitado por “La Municipalidad” – Pesos Dos Millones Novecientos Veinticuatro


Mil ($ 2.924.000)-, “El Instituto” otorgar a la misma, un aporte económico no reintegrable de


Pesos Un Millón Doscientos Quince Mil Doscientos Quince ($ 1.215.215), destinado a


solventar los gastos que demande la Primera Etapa de la Obra Salón de Usos Múltiples del


Centro de Jubilados de la localidad, que consta de los siguientes Ítems: 2-Obras Preliminares;


3- Cimentación; 4- Estructuras; 5- Mampostería; 6- Cubierta; conforme cronograma obrante a


fs. 04 del Expediente Nº 7800-003539/2017 incorporado al Expediente Nº 7421-000213/17 del


Instituto Provincial de Juegos de Azar.-




Que, en la Clausula Segunda, se establece que la suma indicada precedentemente,


será transferida por “El Instituto” a la cuenta bancaria de “La Municipalidad”, previéndose el


otorgamiento de un anticipo de veinte por ciento (20%), y el saldo de conformidad a las


certificaciones de avance o final de obra-debidamente conformados-, descontándose


proporcionalmente el anticipo financiero otorgado. Dicho anticipo, se realizará dentro de los


diez (10) días contados a partir de la presentación por parte de “La Municipalidad” detallada


en dicha Clausula.-




Que, conforme lo establecido en el Ítem f) de la Cláusula Segunda, se debe presentar


la ordenanza que apruebe el presente convenio y el destino de los fondos convenidos.-




Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57,


Inc., “t”, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de 20/09/2017, resuelve por sobre


tablas y por unanimidad homologar el Convenio referenciado, como así también la


incorporación de la partida pertinente en el Presupuesto Ejercicio 2017, con el dictado de la


norma legal pertinente.-




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:













LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2744/17.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado en fecha 4 de Septiembre de 2017


entre el Instituto Provincial de Juegos de Azar, representado por su


Presidente Cr. Alfredo Monaco, y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el


Intendente Municipal, Sr. Carlos Corazini, el cual integra la presente como Anexo I, por un


aporte económico no reintegrable de Pesos Un Millón Doscientos Quince Mil Doscientos


Quince ($ 1.215.215), destinado a solventar los gastos que demande la Primera Etapa de la


Obra Salón de Usos Múltiples del Centro de Jubilados de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio año 2017 -


Ordenanza Nº 2661/2016 –, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiste a


los fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo anterior de la presente.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTE DÍAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1920/17.-













LUCIANO CASAJUS LUIS ARIEL MADUEÑO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA