Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3036/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3036/2020
VISTO: El Expediente E.M. N° 871 de fecha 27/02/2020, y la Ordenanza N° 2970/2019,
promulgada por Decreto de Promulgación N° 460/2019, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada Ordenanza se aprueba la cesión con cargo del inmueble para
la implantación de la futura Sede de la Asociación Civil denominada “Centro de Investigación
y Acción Comunitaria MINGACO”.-
Que, en el lote cedido se encuentra la casilla de bombeo Loteo América I
perteneciente al EPAS, situación que no se observó al momento de la sanción de la normativa
antes mencionada.-
Que, la bomba es un elemento fundamental para la provisión del suministro de agua
potable en ese sector.-
Que, ante lo expresado y para que la Asociación de Investigación y Acción
Comunitaria MINGACO continúe con el proyecto de su sede, es imperioso regularizar la
situación planteada.-
Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha
06/08/2020, conforme al Despacho Nº 019/2020 de la Comisión de Obras, Servicios Públicos
y Planeamiento Urbano, dictamina por unanimidad aprobar el presente Proyecto de
Ordenanza.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,
SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFÍCANSE: los ARTÍCULOS 1° y 2º de la Ordenanza N°
2970/2019, los que quedarán redactados de la siguiente forma:
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3036/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE: de los Bienes Inmuebles de la
Municipalidad de Junín de los Andes, el Lote A31, de la Chacra 1-2 Nomenclatura Catastral
13-20-043-3377-0000, cuyas medidas son de 6.84 mtrs. de frente por 42.30 mtrs. de fondo,
haciendo una superficie total de 450,33 m² (cuatrocientos cincuenta metros cuadrados con
treinta y tres decímetros cuadrados), ubicado en Barrio Primeros Pobladores, entre calles
Ángela González y Mariano Moreno, conforme croquis obrante en Expediente E.M. N° 871
Folio 01 – Letra I – Fecha 27/02/2020, Foja 17 (diecisiete).-
ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE: LA CESIÓN CON CARGO de parte del
inmueble resultante de la división del Lote A31, conforme croquis adjunto a la presente,
designando al Lote A31b para la implantación de la Sede de la Asociación Civil denominada
“CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ACCIÓN COMUNITARIA MINGACO”.-
ARTÍCULO 3º: RATIFÍCASE: la plena vigencia de los Artículos 3º, 4º, 5º, 6, 7º, 8º y 9º
de la Ordenanza Nº 2970/2019.-
ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a las Autoridades de
la Asociación Civil Centro de Investigación y Acción Comunitaria Mingaco. -
ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE
SAN MARTIN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO
DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2073/20.-
LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO
SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA