3036 - 20 Modificación Ordenanza Nº 2970-19 Cesión con cargo de Lote a la Asociación Civil MINGACO.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3036/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3036/2020



VISTO:
El Expediente E.M. N° 871 de fecha 27/02/2020, y la Ordenanza N° 2970/2019,


promulgada por Decreto de Promulgación N° 460/2019, y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante la citada Ordenanza se aprueba la cesión con cargo del inmueble para


la implantación de la futura Sede de la Asociación Civil denominada “Centro de Investigación


y Acción Comunitaria MINGACO”.-




Que, en el lote cedido se encuentra la casilla de bombeo Loteo América I


perteneciente al EPAS, situación que no se observó al momento de la sanción de la normativa


antes mencionada.-




Que, la bomba es un elemento fundamental para la provisión del suministro de agua


potable en ese sector.-




Que, ante lo expresado y para que la Asociación de Investigación y Acción


Comunitaria MINGACO continúe con el proyecto de su sede, es imperioso regularizar la


situación planteada.-




Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


06/08/2020, conforme al Despacho Nº 019/2020 de la Comisión de Obras, Servicios Públicos


y Planeamiento Urbano, dictamina por unanimidad aprobar el presente Proyecto de


Ordenanza.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: MODIFÍCANSE: los ARTÍCULOS 1° y 2º de la Ordenanza N°


2970/2019, los que quedarán redactados de la siguiente forma:













LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3036/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE: de los Bienes Inmuebles de la


Municipalidad de Junín de los Andes, el Lote A31, de la Chacra 1-2 Nomenclatura Catastral


13-20-043-3377-0000, cuyas medidas son de 6.84 mtrs. de frente por 42.30 mtrs. de fondo,


haciendo una superficie total de 450,33 m² (cuatrocientos cincuenta metros cuadrados con


treinta y tres decímetros cuadrados), ubicado en Barrio Primeros Pobladores, entre calles


Ángela González y Mariano Moreno, conforme croquis obrante en Expediente E.M. N° 871


Folio 01 – Letra I – Fecha 27/02/2020, Foja 17 (diecisiete).-


ARTÍCULO 2º: APRUÉBASE: LA CESIÓN CON CARGO de parte del


inmueble resultante de la división del Lote A31, conforme croquis adjunto a la presente,


designando al Lote A31b para la implantación de la Sede de la Asociación Civil denominada


“CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y ACCIÓN COMUNITARIA MINGACO”.-




ARTÍCULO 3º: RATIFÍCASE: la plena vigencia de los Artículos 3º, 4º, 5º, 6, 7º, 8º y 9º


de la Ordenanza Nº 2970/2019.-




ARTÍCULO 4º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, por su intermedio, envíese copia a las Autoridades de


la Asociación Civil Centro de Investigación y Acción Comunitaria Mingaco. -




ARTÍCULO 5º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN SEGUNDA LECTURA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE


SAN MARTIN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO


DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2073/20.-













LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARIO LEGISLATIVO A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA