2579 - 16 Aceptación Donación de sillas efectuada por el Vice Gobernador.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2579/2016.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2579/2016


VISTO: El Expte. C.D. Nº 8405/16 iniciado por el Sr. Concejal M.P.N. Concejal Carlos


Alberto Quintulén, el mismo contiene documentación sobre donación de sillas


realizada por el Sr. Vicegobernador y Presidente de la Honorable Legislatura de la Provincia


de Neuquén, y;


CONSIDERANDO:


Que, a Fs. 02 del Expte. consta Acta de Entrega de fecha 06/04/2016, mediante la


cual el Sr. Vicegobernador y Presidente de la Honorable Legislatura, Cr. Rolando Figueroa,


hace entrega en carácter de cortesía, la cantidad de cuarenta (40) sillas Isósceles, Tapizado


Negro Marathón, destinadas a la Sala de Sesiones “General José de San Martín” del Concejo


Deliberante de Junín de los Andes.


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 13/04/2016, conforme lo


establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Artículo 57, Inc. j), y lo expresado sobre


tablas, dispuso por unanimidad aceptar la donación de las sillas descriptas y su incorporación


al Patrimonio Municipal.


Que, al efecto se debe dictar la norma legal correspondiente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA LEY


PROVINCIAL Nº 53 EN SU ARTÍCULO 101º Y ARTÍCULO 129 INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:


O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: ACEPTASE la donación de cuarenta (40) sillas Isósceles, Tapizado


Negro Marathón, realizada por el Vicegobernador y Presidente de la


Honorable Legislatura de la Provincia de Neuquén, Cr. Rolando Figueroa, conforme Acta de


Entrega de fecha 06/04/2016.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que el Departamento Ejecutivo Municipal a través del


área competente deberá incorporar al inventario municipal las sillas


descriptas en el Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez


promulgada, por su intermedio, envíese copia a la Presidencia de la


Honorable Legislatura de Neuquén, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL


DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1843/16.-















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES