Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2540/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2540/2015
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7749/15 de fecha 27/05/2015 iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el citado Expte. remite requerimiento presentado por la Sra. Raquel
Briceño, para exhumación de los tres cuerpos de sus hermanos, que se encuentran depositados
en el Cementerio Histórico, para ser colocados en una misma urna como así también se
otorgue una parcela de tierra en el mismo cementerio para la construcción de un nicho para
depositar los restos de los mismos.-
Que, conforme consta Nota Nº 006/2015 de fecha 09/01/2015 de la Subsecretaría de
Obras Públicas, informa que junto al personal de la Sala Velatoria, han actuado según lo
requerido, por lo que en no presentan objeciones siempre y cuando, lo solicitado cuente con la
debida autorización del Conejo Deliberante.-
Que, con relación a este Expte., desde el ámbito de la Comisión Interna de Obras y
Servicios Públicos, se realizaron reuniones con la Sra. Raquel Briceño y la Subsecretaria de
Servicios Públicos.-
Que, los Artículos Nº 27º, 28º y 29º de la Ordenanza Nº 323/92 expresan: Art. 27:
No se permitirá exhumar ningún cadáver sepultado antes de las cinco (5) años de la fecha de
inhumaciones, salvo orden judicial. Art. 28: La exhumación, así como la reducción y el traslado de
restos, requerirán la obtención de autorización Municipal previa, y el pago anticipado de los
gravámenes.- Art. 29: La solicitud de autorización Municipal de exhumación que se tramitará por
intermedio de la administración del cementerio, deberá contener: a) Apellido y nombre; b) Fecha de
inhumación; c) Folio de libro de inhumaciones en que se encuentre el hecho.
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/11/2015, conforme a
lo expresado en Despacho Nº 0124/15 de la Comisión Interna de Obras y Servicios Públicos,
dispuso por mayoría (6 votos a favor y una abstención), resuelve autorizar la exhumación y
colocación en una urna de los restos, según lo solicitado. A la vez se faculta al Ejecutivo
Municipal para que a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos se coordine visita al
lugar en conjunto con los señores Concejales y la presentante a fin de definir medidas y tipo de
construcción a realizarse.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2540/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTÓRIZASE: a la Sra. Raquel Briceño, D.N.I Nº 4.960.920, a efectuar
la exhumación de los restos de quienes en vida fueran sus tres hermanos,
que se encuentran depositados en el Cementerio Histórico de la localidad, para ser colocados
en una misma urna, según lo solicitado en Expte. C.D. Nº 7739/15.-
ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de
la Subsecretaría de Servicios Públicos se coordine visita al lugar en conjunto
con los señores Concejales y la Sra. Raquel Briceño, a fin de definir medidas y tipo de
construcción a realizarse, para depositar los restos de los mismos.-
ARTÍCULO 3º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por
su intermedio, envíese copia de la presente a la interesada y a las Secretarías
Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE
NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº
1823/15.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA