2540 - 15 Autorización a Sra. Raquel Briceño para exhumación de restos en el Cementerio Histórico.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2540/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 2540/2015



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 7749/15 de fecha 27/05/2015 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el citado Expte. remite requerimiento presentado por la Sra. Raquel


Briceño, para exhumación de los tres cuerpos de sus hermanos, que se encuentran depositados


en el Cementerio Histórico, para ser colocados en una misma urna como así también se


otorgue una parcela de tierra en el mismo cementerio para la construcción de un nicho para


depositar los restos de los mismos.-




Que, conforme consta Nota Nº 006/2015 de fecha 09/01/2015 de la Subsecretaría de


Obras Públicas, informa que junto al personal de la Sala Velatoria, han actuado según lo


requerido, por lo que en no presentan objeciones siempre y cuando, lo solicitado cuente con la


debida autorización del Conejo Deliberante.-




Que, con relación a este Expte., desde el ámbito de la Comisión Interna de Obras y


Servicios Públicos, se realizaron reuniones con la Sra. Raquel Briceño y la Subsecretaria de


Servicios Públicos.-




Que, los Artículos Nº 27º, 28º y 29º de la Ordenanza Nº 323/92 expresan: Art. 27:
No se permitirá exhumar ningún cadáver sepultado antes de las cinco (5) años de la fecha de


inhumaciones, salvo orden judicial. Art. 28: La exhumación, así como la reducción y el traslado de


restos, requerirán la obtención de autorización Municipal previa, y el pago anticipado de los


gravámenes.- Art. 29: La solicitud de autorización Municipal de exhumación que se tramitará por


intermedio de la administración del cementerio, deberá contener: a) Apellido y nombre; b) Fecha de


inhumación; c) Folio de libro de inhumaciones en que se encuentre el hecho.




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 25/11/2015, conforme a


lo expresado en Despacho Nº 0124/15 de la Comisión Interna de Obras y Servicios Públicos,


dispuso por mayoría (6 votos a favor y una abstención), resuelve autorizar la exhumación y


colocación en una urna de los restos, según lo solicitado. A la vez se faculta al Ejecutivo


Municipal para que a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos se coordine visita al


lugar en conjunto con los señores Concejales y la presentante a fin de definir medidas y tipo de


construcción a realizarse.



POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2540/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante








O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTÓRIZASE: a la Sra. Raquel Briceño, D.N.I Nº 4.960.920, a efectuar


la exhumación de los restos de quienes en vida fueran sus tres hermanos,


que se encuentran depositados en el Cementerio Histórico de la localidad, para ser colocados


en una misma urna, según lo solicitado en Expte. C.D. Nº 7739/15.-




ARTÍCULO 2º: FACÚLTASE: al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de


la Subsecretaría de Servicios Públicos se coordine visita al lugar en conjunto


con los señores Concejales y la Sra. Raquel Briceño, a fin de definir medidas y tipo de


construcción a realizarse, para depositar los restos de los mismos.-






ARTÍCULO 3º: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio, envíese copia de la presente a la interesada y a las Secretarías


Municipales que estime corresponder, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICINCO DÍAS DEL MES DE


NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


1823/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA