3191 - 21 Homologación de Convenio Provincia IJAN- Municipio por aporte no reintegrable obra Salón Usos Múltiples Centro de Jubilados localidad.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3191/21.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 3191/2021





VISTO: El Expte. C.D. Nº 11061/21 de fecha 18/10/2021 iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, mediante el mismo remite Convenio suscripto entre el


INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGOS DE AZAR (“EL INSTITUTO) y LA


MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES (“LA MUNICIPALIDAD”), y;




CONSIDERANDO:




Que, mediante el citado Convenio, Cláusula Primera, “EL INSTITUTO” otorga a


“LA MUNICIPALIDAD”, de conformidad a lo dispuesto por los Artículos 2°, 12° y


concordantes de la Ley 2751, por la Ley 3275 del Presupuesto General de la Administración


Provincial y por el Decreto N° 1846/12, un aporte económico no reintegrable de Pesos OCHO


MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON


20/100. ($ 8.148.296,20), destinado a solventar los gastos que demande la ejecución de la


Obra “Puesta en Valor del Salón de Usos Múltiples del Centro de Jubilados de Junín de los


Andes.-




Que, en la Clausula Segunda, se establece que la suma indicada precedentemente,


será transferida por “EL INSTITUTO” a la cuenta bancaria de “LA MUNICIPALIDAD”, de


la siguiente manera: a) un anticipo de veinte por ciento (20%), dentro de los diez (10) días


contados a partir de la presentación por parte de “LA MUNICIPALIDAD”, de la ordenanza


correspondiente, mediante la cual se apruebe el aporte otorgado y el destino de los fondos


convenidos; b) el saldo se abonará de conformidad a las certificaciones de avance o final de


obra debidamente conformados, descontándose el anticipo financiero otorgado.-




Que, “LA MUNICIPALIDAD” se obliga a destinar el espacio que disponga “EL


INSTITUTO” para la colocación de cartelería institucional, así como también a difundir, por


los medios que considere adecuado que la financiación convenida fue otorgada por “EL


INSTITUTO”.-




Que, conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su el Artículo 57,


Inc., “t”, este Concejo Deliberante en Sesión Extraordinaria de 23/10/2021, resuelve por sobre


tablas y por unanimidad homologar el Convenio referenciado, como así también la


incorporación de la partida pertinente en el Presupuesto Ejercicio 2021, con el dictado de la


norma legal pertinente.-




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3191/21.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A:





ARTÍCULO 1°: RATIFÍCASE: el Convenio celebrado en fecha 15 de octubre de 2021 entre


el INSTITUTO PROVINCIAL DE JUEGOS DE AZAR, “EL


INSTITUTO”, CUIT 30-71206056-1, representado por su Vicepresidente Cra. Adriana


Durazzi, con domicilio en calle Carlos H. Rodriguez N° 146 de la ciudad de Neuquén Capital


y la MUNICIPALIDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, CUIT 30-99906191-1 representada


por el Intendente Municipal, Sr. Carlos Corazini, con domicilio en calle Gines Ponte y Don


Bosco de la ciudad de Junín de los Andes, por un aporte económico no reintegrable de Pesos


OCHO MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y


SEIS CON 20/100. ($ 8.148.296,20), destinado a solventar los gastos que demande la


ejecución de la Obra “Puesta en Valor del Salón de Usos Múltiples del Centro de Jubilados de


Junín de los Andes, el cual integra la presente como Anexo I.




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal, Ejercicio año 2021,


Ordenanza Nº 3073/2020, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiste a los


fondos provenientes del Convenio ratificado en el Artículo anterior de la presente.-




ARTÍCULO 3º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, A LOS


VEINTITRES DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2131/21.-













LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA