1827 - 10 Convenio Mutual Docentes del Neuquén y Municipalidad de Junín de los Andes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1827/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1827/2010




VISTO: El Expediente del C.D. Nº 4902/2010 de fecha 23/03/2010, iniciado por el Señor


Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual pone a


consideración del Cuerpo Deliberativo copia de Convenio celebrado en el mes de Febrero de


2010 entre la Mutual de Docentes del Neuquén (M.U.D.O.N.), representada por su Presidente


Sra. Luisa Salvatori y la Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente


Municipal, Prof. Rubén E. Campos, y;




CONSIDERANDO:




Que, el citado convenio se firma con el objetivo de establecer un descuento de


haberes por planilla a los adherentes empleados municipales y aquellos que soliciten asociarse


a la Mutual.-




Que, según lo establecido en la Cláusula Segunda: Los asociados adherentes de la


Municipalidad de Junín de los Andes, podrán utilizar los servicios y beneficios que la misma


ofrece (Viviendas, Créditos, Compras en comercios, Combustible, Tickets, Turismo, Servicio


de alojamiento, Subsidios, etc.).-




Que, la Cláusula Cuarta del citado Convenio expresa: “La Municipalidad será


responsable de descontar lo informado por la Mutual en concepto de cuota social y consumo.


Los montos recaudados serán abonados por la Municipalidad a la Mutual mediante


transferencia bancaria o cheque de la primera a nombre de M.U.D.O.N., el cual será retirado


por el Delegado de esa localidad, dentro de los primeros 15 (quince) días del mes.-”




Que, establece en su Cláusula Novena: Que el presente convenio tendrá validez por


el término de 3 (tres) años a partir de Febrero del 2010 hasta Mayo de 2013.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 31/03/10, conforme


Despacho Nº 022/10 de la Comisión de Gobierno y según lo establece el Artículo 57, Inc., “t


de la Carta Orgánica Municipal, dispuso por sobre tablas y por unanimidad, homologar el


citado Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-















ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA






























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1827/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Convenio celebrado entre la Mutual de Docentes del


Neuquén (M.U.D.O.N.), representada por su Presidente Sra. Luisa Salvatori,


con domicilio legal en calle Manuel Belgrano Nº 265 de la Ciudad de Neuquén Capital y la


Municipalidad de Junín de los Andes, representada por el Intendente Municipal Prof. Rubén E.


Campos, con domicilio legal en Calles Don Bosco y Ginés Ponte de Junín de los Andes, el


cual consta de once (11) Cláusulas, el que corre agregado a la presente como “Anexo I”.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TREINTA Y UN DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS


MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1482/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA