3203 - 21 Uso compartido de Espacios Públicos Municipales.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes Ordenanza Nº 3203/21
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 3203/2021



VISTO: El Expte. C.D. Nº 11083 Folio 305 de fecha 05/11/2021, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo, el Sr. Intendente Municipal Don Carlos A. Corazini, remite


propuesta de trabajo denominado, “Uso Compartido de Espacios Públicos Municipales”. -




Que, dicha propuesta surge, ante las innumerables solicitudes que realizan diversas


Instituciones y organizaciones sociales de la comunidad, en hacer uso de espacios públicos


municipales, especialmente para desarrollar actividades deportivas/recreativas/culturales y


sociales destinadas a niños/as y adolescentes de Junín de los Andes. -




Que, en este sentido dicha propuesta consiste en generar Espacios de Uso Compartidos


en predios Municipales, ejemplos “Camping La Isla”, “Toscas Blancas”, “camping Santa Lucia”,


Fracción Remanente Municipal Chacra 22 y otros espacios verdes que puedan ser de utilidad


recreativa/deportiva/culturales y sociales. -




Que, todo esto se solicita con el fin de brindar espacios “exclusivos” destinados a


generar hábitos saludables y contención a través de las actividades propuestas. -




Que, el Camping “La Isla”, se encuentra asentado en una fracción de tierra ubicada al


este de los Lotes 282, 283, 178 y 179 de las Manzanas 63 y 64 respectivamente y cuyos linderos


son: al Oeste los lotes mencionados, al Este y Norte el Río Chimehuín y al Sur calle Ginés Ponte,


con una superficie total aproximada de 2,5 hectáreas.-




Que, el Camping “Santa Lucia”, se encuentra asentado en una fracción de tierra ubicada


en la ribera interna del Río Chimehuín, Ruta Nacional N° 61, perímetro 801 mts. Área 23.846 m².




Que, el Camping “Toscas Blancas”, se encuentra asentado en una fracción de tierra


ubicada sobre calle Arrayanes (ingresando desde la Ruta Nacional Nº 40 por calle Arrayanes


hacia el Río Chimehuín). -




Que, el Remanente Municipal de la Chacra 22, se encuentra en una fracción de tierra


ubicada en el sector de Islas del Rio Chimehuin en cercanías al predio del Centro Tradicionalista


Huiliches; (CTH). –




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/11/2021 resuelve


aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de la norma pertinente. -




POR ELLO Y USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERA LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE;









LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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O R D E N A N Z A:


ARTÍCULO 1°: DEROGUENSE Las Ordenanzas Municipales N° 3075/2020, 3076/2020 y


3077/2020 de comodato de uso. -




ARTÍCULO 2º: DEFINASE para esta Ordenanza el término de “USO COMPARTIDO” a la


facultad del estado municipal de disponer de los bienes y espacios públicos en


comodato de uso y/o figura legal correspondiente a una o varias Asociaciones, grupos de trabajo,


clubes y/o organizaciones de la sociedad civil de la ciudad de Junín de los Andes. –




ARTÍCULO 3º: ESTABLÉZCASE el “Uso Compartido” de Espacios Públicos Municipales al


“Camping La Isla”, “Camping Toscas Blancas”, “Camping Santa Lucia” y


Fracción Remanente Municipal Chacra 22. -




ARTÍCULO 4º: ESTABLEZCASE Que este proyecto se dividirá en cuatro etapas, que a


continuación se detallan:




 Primera etapa del proyecto, “Uso Compartido del Camping La Isla”, se propone generar
el fraccionamiento en dos predios/espacios bien definidos; por un lado, el sector “A”


(fogones/parrillas/baños/proveeduría) y sector “B” (espacio verde/canchas).


 Segunda etapa del proyecto, “Uso Compartido del Camping Santa Lucia”, se propone
generar el fraccionamiento en dos predios/espacios bien definidos; por un lado, el sector


“A” (fogones/parrillas/baños/proveeduría) y sector “B” (espacio verde/canchas).


 Tercera etapa del proyecto, “Uso Compartido del Camping Toscas Blancas”, se propone
generar el fraccionamiento en dos predios/espacios bien definidos; por un lado, el sector


“A” (fogones/parrillas/baños/proveeduría) y sector “B” (espacio verde/canchas).


 Cuarta etapa del proyecto, “Uso Compartido de la fracción Remanente Municipal
Chacra 22.”,
se propone generar el fraccionamiento en dos predios/espacios bien


definidos; por un lado, el sector “A” (fogones/parrillas/baños/proveeduría) y sector “B”


(espacio verde/canchas).




ARTICULO 5°: DETERMINASE que para la primera Etapa del proyecto de “USO


COMPARTIDO” de define en los croquis que se adjuntan a la presente como


ANEXO I:


 Sector “A”:


Utilizado por la Asociación Civil Club Empleados Municipales (fogones/parrillas, baterías


de baños/lavaderos y proveeduría/cocina, superficie aproximada de 14.000 mts2


aproximadamente)


 Sector “B”:


Designado a la “Simple Asociación Club Esquiadores Costanera” y a vecinos del Barrio


15 de Febrero (espacio libre/canchas), superficie aproximada 5.000 mts2 aproximadamente).










LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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ARTICULO 6°: ESTABLEZCASE para la primera etapa del “USO COMPARTIDO” se


otorga en comodato de uso a los vecinos del barrio 15 de febrero y la Simple


Asociación “CLUB ESQUIADORES COSTANERA”, 30 días corridos para presentar el


Proyecto a desarrollar a 4 años desde la promulgación de la presente. En el mismo se deberá


incluir el plan de trabajo a desarrollar y las mejoras (alumbrado, baños, limpieza, curva de


inversión, etc.) las que serán consideradas como el aporte económico que realizarán cada una de


ellas en contraprestación al estado Municipal y sus bienes. En el proyecto deberán estar


detalladas y especificadas por etapas anuales.


En el caso de la “Asociación Civil Club de Empleados Municipales” deberá en un plazo no


mayor a 30 días, elevar la propuesta de inversión y/o aporte en concepto de Cannon Municipal;


por el uso del sector denominado “A” al Ejecutivo municipal y por su intermedio al Concejo


Deliberante, quien deberá evaluar y aprobar el mismo; el cual, de ser aprobado, tendrá la vigencia


de 24 meses.


La Municipalidad fiscalizara a través del Área correspondiente que las etapas se cumplan y


ejecutara las determinaciones correspondientes ante el incumplimiento, para el recupero del bien,


propiedad de la Municipalidad de Junín de los Andes.


Para las siguientes etapas (etapas segunda, tercera y cuarta) se definirán por Ordenanza


específica. -


ARTICULO 7°: ESTABLEZCASE que dichas Instituciones, Organizaciones y grupos de


trabajo deberán coordinar la cobertura de los seguros correspondientes para


cada predio y actividad a desarrollar por cada una de ellas, los que deberán incluir una cláusula


de “No repetición” a favor de la Municipalidad de Junín de los Andes. –




ARTICULO 8°: DETERMINESE que la Municipalidad tendrá uso prioritario en días y


horarios solicitados, previo consenso con los mismos, sean


deportivas/culturales/sociales y/o protocolares. –


ARTICULO 9°: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN,


A LOS DIAZ DIAS DEL MES DE DEL NOVIEMBRE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº


2135.-









LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


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