PROYECTO ordenanza Ciudad Cultural y Junin Ruca.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº ……./23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




P R O Y E C T O D E O R D E N A N Z A Nº ....../2023



VISTO: El Expte. 11.488/23 y la Ordenanza N° 3389/2023, sancionada en fecha 15 de marzo


de 2023, de desafectación del espacio público municipal y afectación del espacio al


espacio privado Municipal sobre los proyectos de Ciudad Cultural y la Cooperativa de


Vivienda y Consumo Junín Ruca Ltda., y;




CONSIDERANDO:




Que, es necesario generar la norma de afectación de la Reserva Fiscal ubicada en el


Barrio “El Hípico”, con una superficie aproximada de Veintiún Mil Cuatrocientos Cuarenta y


Un con Ochenta y Cuatro metros cuadrados (21.441,84 m²), Nomenclatura Catastral madre


132004280510000, parte del Lote C y parte del Remanente de la Fracción 19 de la Sección


XXXIII.-




Que, a pedido del Ejecutivo Municipal se dicta la presente para dar respuesta a los


distintos proyectos a desarrollarse en la reserva fiscal antes mencionada, siendo el Lote R3 de


una superficie aproximada de 8.014,10 m² para la Cooperativa de Vivienda y Consumo Junín


Ruca Ltda. para tratar la problemática habitacional existente en nuestra localidad, asimismo


los Lotes R2 de 4.761,21 m² y R1 de aproximadamente 5.480,59 m² haciendo una superficie


total de 10.241,80 m² para la ejecución del Proyecto “CIUDAD CULTURAL” el cual lleva


adelante este Ejecutivo Municipal en conjunto con el Prof. Antonio de Bernardín, el COPADE


y el C.P.E.-




Que, los índices urbanísticos de zonificación como de retiros de frente, fondo y


laterales, deberán regirse de acuerdo al proyecto de la “CIUDAD CULTURAL” y


estableciendo las normativas de excepciones que hagan falta para la ejecución del mismo.




Que, conforme lo establecido en el Artículo 68º de la Carta Orgánica Municipal, para


la cesión del espacio público de referencia, se debe realizar el procedimiento doble lectura y


audiencia pública.-




Que, el presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por unanimidad en primera


lectura en Sesión Ordinaria de fecha 22/03/2023, se fija Audiencia Pública el día 26/04/2023,


a las 09:00 horas, y segunda lectura para la Sesión Ordinaria de fecha 26/03/2023.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A











MARÍA LAURA CAÑICUL CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA












Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº ……./23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






ARTÍCULO 1º: SE CEDE: con cargo una fracción de la Nomenclatura Catastral madre Nº


132004280510000 parte del Lote C y parte del Remanente de la Fracción 19


de la Sección XXXIII, determinados como los Lotes R2 de 4.761,21 m² y R1 de 5.480,59 m²


haciendo una superficie total de 10.241,80 m² aproximadamente perteneciente al Patrimonio


Privado Municipal al CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION (CIA N° 3), para la


ejecución del Proyecto “CIUDAD CULTURAL”.-




ARTICULO 2°: SE DETERMINA: que el cargo de la presente ordenanza estará sujeto al


cumplimiento de las etapas definidas en los Proyectos de la “CIUDAD


CULTURAL” mencionados en el Artículo 1° de la presente, según el Expte. N° 11.347/22 y


Expte. N° 11.488/23, dentro de los dos (2) años de promulgada la presente y ante el


incumplimiento del tiempo establecido los lotes volverán indefectiblemente al Patrimonio


Privado Municipal.-




ARTÍCULO 3º: SE FACULTA: al Departamento Ejecutivo Municipal a exceptuar las


medidas, superficies mínimas y todo otro indicador urbanístico establecido


en el Código Urbano y de Edificación, y toda otra norma vigente para los Lotes R1 y R2


mencionados en el Artículo 1° de la presente, afectados el Proyecto “CIUDAD


CULTURAL”.-




ARTICULO 4°: SE AUTORIZA: al Ejecutivo Municipal a ceder con cargo una fracción de


la Nomenclatura Catastral madre N° 132004280510000 parte del Lote C y


parte del Remanente de la Fracción 19 de la Sección XXXIII, determinado como Lote R3 de


una superficie aproximada de 8.014,10 m² a la COOPERATIVA DE VIVIENDA Y


CONSUMO JUNIN RUCA Ltda. Mat. 31038 Acta N° 17983 de fecha 14/09/2006 para dar


respuesta a lo solicitado en el Expte. N° 11.355/22 según proyecto de urbanización social.




ARTÍCULO 5º: SE ESTABLECE: el cargo establecido en el Artículo 4° será determinado


por convenio con el Ejecutivo Municipal y la Cooperativa de Vivienda y


Consumo Junín Ruca Ltda. en una Ordenanza especifica.




ARTÍCULO 6°: SE DETERMINA: que los gastos que se originen por la presente cesión con


cargo y el boleto de compra venta, como los de escrituración serán


solventados y de exclusiva responsabilidad, conforme las leyes y usos en rigor, por parte de


cada uno de las instituciones mencionadas en el Artículos 1º y 4º de la presente.




ARTÍCULO 2º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-




DADA EN PRIMERA LECTURAA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ


DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MARZO


DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2198/23.-












MARÍA LAURA CAÑICUL CARLOS ALBERTO QUINTULÉN


SECRETARÍA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA