Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº ……./23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
P R O Y E C T O D E O R D E N A N Z A Nº ....../2023
VISTO: El Expte. 11.488/23 y la Ordenanza N° 3389/2023, sancionada en fecha 15 de marzo
de 2023, de desafectación del espacio público municipal y afectación del espacio al
espacio privado Municipal sobre los proyectos de Ciudad Cultural y la Cooperativa de
Vivienda y Consumo Junín Ruca Ltda., y;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario generar la norma de afectación de la Reserva Fiscal ubicada en el
Barrio “El Hípico”, con una superficie aproximada de Veintiún Mil Cuatrocientos Cuarenta y
Un con Ochenta y Cuatro metros cuadrados (21.441,84 m²), Nomenclatura Catastral madre
132004280510000, parte del Lote C y parte del Remanente de la Fracción 19 de la Sección
XXXIII.-
Que, a pedido del Ejecutivo Municipal se dicta la presente para dar respuesta a los
distintos proyectos a desarrollarse en la reserva fiscal antes mencionada, siendo el Lote R3 de
una superficie aproximada de 8.014,10 m² para la Cooperativa de Vivienda y Consumo Junín
Ruca Ltda. para tratar la problemática habitacional existente en nuestra localidad, asimismo
los Lotes R2 de 4.761,21 m² y R1 de aproximadamente 5.480,59 m² haciendo una superficie
total de 10.241,80 m² para la ejecución del Proyecto “CIUDAD CULTURAL” el cual lleva
adelante este Ejecutivo Municipal en conjunto con el Prof. Antonio de Bernardín, el COPADE
y el C.P.E.-
Que, los índices urbanísticos de zonificación como de retiros de frente, fondo y
laterales, deberán regirse de acuerdo al proyecto de la “CIUDAD CULTURAL” y
estableciendo las normativas de excepciones que hagan falta para la ejecución del mismo.
Que, conforme lo establecido en el Artículo 68º de la Carta Orgánica Municipal, para
la cesión del espacio público de referencia, se debe realizar el procedimiento doble lectura y
audiencia pública.-
Que, el presente Proyecto de Ordenanza se aprobó por unanimidad en primera
lectura en Sesión Ordinaria de fecha 22/03/2023, se fija Audiencia Pública el día 26/04/2023,
a las 09:00 horas, y segunda lectura para la Sesión Ordinaria de fecha 26/03/2023.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
MARÍA LAURA CAÑICUL CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARÍA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº ……./23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
ARTÍCULO 1º: SE CEDE: con cargo una fracción de la Nomenclatura Catastral madre Nº
132004280510000 parte del Lote C y parte del Remanente de la Fracción 19
de la Sección XXXIII, determinados como los Lotes R2 de 4.761,21 m² y R1 de 5.480,59 m²
haciendo una superficie total de 10.241,80 m² aproximadamente perteneciente al Patrimonio
Privado Municipal al CONSEJO PROVINCIAL DE EDUCACION (CIA N° 3), para la
ejecución del Proyecto “CIUDAD CULTURAL”.-
ARTICULO 2°: SE DETERMINA: que el cargo de la presente ordenanza estará sujeto al
cumplimiento de las etapas definidas en los Proyectos de la “CIUDAD
CULTURAL” mencionados en el Artículo 1° de la presente, según el Expte. N° 11.347/22 y
Expte. N° 11.488/23, dentro de los dos (2) años de promulgada la presente y ante el
incumplimiento del tiempo establecido los lotes volverán indefectiblemente al Patrimonio
Privado Municipal.-
ARTÍCULO 3º: SE FACULTA: al Departamento Ejecutivo Municipal a exceptuar las
medidas, superficies mínimas y todo otro indicador urbanístico establecido
en el Código Urbano y de Edificación, y toda otra norma vigente para los Lotes R1 y R2
mencionados en el Artículo 1° de la presente, afectados el Proyecto “CIUDAD
CULTURAL”.-
ARTICULO 4°: SE AUTORIZA: al Ejecutivo Municipal a ceder con cargo una fracción de
la Nomenclatura Catastral madre N° 132004280510000 parte del Lote C y
parte del Remanente de la Fracción 19 de la Sección XXXIII, determinado como Lote R3 de
una superficie aproximada de 8.014,10 m² a la COOPERATIVA DE VIVIENDA Y
CONSUMO JUNIN RUCA Ltda. Mat. 31038 Acta N° 17983 de fecha 14/09/2006 para dar
respuesta a lo solicitado en el Expte. N° 11.355/22 según proyecto de urbanización social.
ARTÍCULO 5º: SE ESTABLECE: el cargo establecido en el Artículo 4° será determinado
por convenio con el Ejecutivo Municipal y la Cooperativa de Vivienda y
Consumo Junín Ruca Ltda. en una Ordenanza especifica.
ARTÍCULO 6°: SE DETERMINA: que los gastos que se originen por la presente cesión con
cargo y el boleto de compra venta, como los de escrituración serán
solventados y de exclusiva responsabilidad, conforme las leyes y usos en rigor, por parte de
cada uno de las instituciones mencionadas en el Artículos 1º y 4º de la presente.
ARTÍCULO 2º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN PRIMERA LECTURAA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ
DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO DELIBERANTE DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MARZO
DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2198/23.-
MARÍA LAURA CAÑICUL CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARÍA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA