1951 - 11 Homologar Convenio Parque Industrial Sr. Juan Eduardo Pimentel.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1951/11.--
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1951/2011



VISTO:
El Expte. del D.E.M. Nº 4497/09 de fecha 22/09/2009 iniciado por el Señor Juan


Eduardo Pimentel, D.N.I. Nº 17.570.466, con domicilio legal Carilafquen Nº 503 de


Junín de los Andes, referente a solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de los


Andes, destinado al Centro de Elaboración, Fraccionamiento y Distribución de Agua Destilada


Uso Domisanitario, Distribuidora Oficial de Lubricantes Aditivos – Filtros y Anexos; el


Expte. Nº 594/11 de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 23/02/2.011 que


contiene presentación de Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque


Industrial celebrado en fecha en el mes de abril de 2011 entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y el nombrado Sr. Juan E. Pimentel, y;




CONSIDERANDO:




Que, a través del citado Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al


“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su


modificatoria Nº 1014/2002 – 1381/2006 – 1594/2008 y 1718/2009, una fracción de terreno


ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes, identificada como Lote 2a de la


Manzana Nº 137, Nomenclatura Catastral en trámite, con una superficie de 711,36 m².-




Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos CUARENTA ($ 40,00) por


metro cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos Veintiocho Mil Cuatrocientos Cincuenta y


Cuatro con Cuarenta ($ 28.454,40) que serán cancelados; conforme forma de pago establecida


en Cláusula Segunda del citado Convenio.-




Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto


presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos


(Expte. Nº 594/11), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la firma del


convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%) del


Emprendimiento.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 13/04/2011, resuelve


sobre tablas y por unanimidad homologar el citado convenio.-




Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:













ANDREA SILVANA ROSSO MARIANA NATALIA MORZENTI
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1951/11.--
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes


de Abril de 2011 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada


por el Señor Intendente Municipal, Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor Secretario


de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Ginés Ponte y Don


Bosco de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la


“MUNICIPALIDAD”, y el Sr. JUAN EDUARDO PIMENTEL, D.N.I. Nº 17.570.466, con


domicilio legal en Carilafquen de Junín de los Andes, en adelante denominado el


“ADQUIRENTE”, por la venta una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de


Junín de los Andes, identificada como Lote 2a de la Manzana Nº 137, Nomenclatura Catastral


en trámite, con una superficie de 711,36 m².-




ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su


intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías


Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL ONCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1550/11.-















ANDREA SILVANA ROSSO MARIANA NATALIA MORZENTI
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA