Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 3078/2020
VISTO: El Expediente Nº 10.841/20 de fecha 10/12/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, y;
CONSIDERANDO
Que, mediante el mismo el Sr. Intendente Municipal, Carlos Corazini, solicita la
autorización respectiva para la venta del inmueble ubicado en el Parque Industrial de Junín de los
Andes, identificado como Lote Nº 10 de la Manzana 94, cuya superficie aproximada es de 2.900
m².-
Que, en el predio descripto se encuentra instalada la ex fábrica de reeles, que en la
actualidad se encuentra dirigida por ex empleados (trabajadores históricos) de la misma, a través
de la Empresa DHAMS S.R.L., quienes han podido sostener en el tiempo su emprendimiento y los
recursos para garantizar la economía de sus familias.-
Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 150º establece que “La Municipalidad
de Junín de los Andes promoverá las actividades que generan trabajo genuino y produce un
crecimiento económico y bienestar general en la comunidad”.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/12/2020, resuelve sobre
tablas y por unanimidad aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de la
norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la firma del
Convenio de pago correspondiente, la venta de un inmueble ubicado en el Parque
Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote Nº 10 de la Manzana 94, cuya superficie
aproximada es de dos mil novecientos metros cuadrados (2.900 m²), a la Empresa Dhams S.R.L.
(Nº de Inscripción 027 folios 0182/0187 Tomo II Año 2006).-
ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez refrendado el documento mencionado en el
Artículo anterior, se remita una copia a este Concejo Deliberante para proseguir
con los trámites respectivos.-
ARTICULO 3°: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Una vez promulgada, y por su intermedio, envíese copia a la Empresa Dhams
S.R.L. y a la Áreas Municipales que estime corresponder.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS
DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA
EN ACTA Nº 2090/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES