3078 - 20 Autorizar venta de Lote Parque Industrial Empresa DHAMS SRL.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 3078/2020



VISTO: El Expediente Nº 10.841/20 de fecha 10/12/2020, iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, y;


CONSIDERANDO


Que, mediante el mismo el Sr. Intendente Municipal, Carlos Corazini, solicita la


autorización respectiva para la venta del inmueble ubicado en el Parque Industrial de Junín de los


Andes, identificado como Lote Nº 10 de la Manzana 94, cuya superficie aproximada es de 2.900


m².-


Que, en el predio descripto se encuentra instalada la ex fábrica de reeles, que en la


actualidad se encuentra dirigida por ex empleados (trabajadores históricos) de la misma, a través


de la Empresa DHAMS S.R.L., quienes han podido sostener en el tiempo su emprendimiento y los


recursos para garantizar la economía de sus familias.-


Que, la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 150º establece que “La Municipalidad


de Junín de los Andes promoverá las actividades que generan trabajo genuino y produce un


crecimiento económico y bienestar general en la comunidad”.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 10/12/2020, resuelve sobre


tablas y por unanimidad aprobar lo solicitado por el Ejecutivo Municipal, con el dictado de la


norma pertinente.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la firma del


Convenio de pago correspondiente, la venta de un inmueble ubicado en el Parque


Industrial de Junín de los Andes, identificado como Lote Nº 10 de la Manzana 94, cuya superficie


aproximada es de dos mil novecientos metros cuadrados (2.900 m²), a la Empresa Dhams S.R.L.


(Nº de Inscripción 027 folios 0182/0187 Tomo II Año 2006).-


ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que una vez refrendado el documento mencionado en el


Artículo anterior, se remita una copia a este Concejo Deliberante para proseguir


con los trámites respectivos.-


ARTICULO 3°: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.


Una vez promulgada, y por su intermedio, envíese copia a la Empresa Dhams


S.R.L. y a la Áreas Municipales que estime corresponder.-


ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


DIEZ DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN CONSTA


EN ACTA Nº 2090/20.-











CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES