Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3029/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3029/2020
VISTO: La Ordenanza Nº 3013/2020, sancionada en fecha 28/05/2020, mediante la cual se convoca
a profesionales Abogados a INSCRIPCIÓN DE POSTULANTES PARA CUBRIR EL
CARGO DE JUEZ MUNICIPAL DE FALTAS, de acuerdo al presente Concurso Público de Títulos
y Antecedentes; y los Exptes. C.D. Nº 10652/20 iniciado por la Sra. Romina Delrosso - abogada; Nº
10653/20 iniciado por el Sr. Leandro Martín Quiroga - abogado, Nº 10654/20 iniciado por el Sr.
Fernando Edgar Caffaratto – abogado y Nº 10655/20 iniciado por la Sra. Claudio Noemí Melo –
abogada, y;
CONSIDERANDO:
Que, la citada Ordenanza se dictó en un todo de acuerdo a lo preceptuado en los Artículos 27º
- Capítulo I; 69º, 70º, 71º, 72º, 73º, 74º, 75º, 76º, 77º, 78º, 79º, 80º y 81º - Capítulo IV - de la Carta
Orgánica Municipal.-
Que, conforme consta en los citados Exptes. los profesionales presentan curriculum vitae para
inscripción como postulante al cargo de Juez de Faltas Municipal, conforme Ordenanza Nº 3013/2020
todas ellos matriculados en el Colegio de Abogados y Procuradores de la IV Circunscripción Judicial
de Junín de los Andes.-
Que, en el Artículo 5º de la Ordenanza Nº 3013/2020, conforme el Art. 70 de la Carta
Orgánica Municipal, establece que el Concejo Deliberante designará al Juez Municipal de Faltas,
respetando los resultados del Concurso Público de Títulos y Antecedentes al que se convoca;
designándose asimismo el o los suplentes.-
Que, el día 22 de junio de 2020, se convocó a los cuatro postulantes para cubrir el cargo de
Juez Municipal de Faltas, de acuerdo al orden de ingreso en el registro de inscripciones en Mesa de
Entradas del Concejo Deliberante, a saber: Sra. Romina Delrosso, Sr. Leandro Martín Quiroga, Sr.
Fernando Edgar Caffaratto y Sra. Claudio Noemí Melo.-
Que, habiendo cumplimentado las respectivas entrevistas a los postulantes nombrados y
conforme lo dispuesto en el Artículo 8º de la Ordenanza Nº 3013/2020, este Concejo Deliberante en
Sesión Ordinaria de fecha 24/06/2020, conforme al Despacho Nº 020/20 de la Comisión Interna de
Labor Legislativa, y votación nominal decide por mayoría designar como Juez Municipal de Faltas, al
Dr. Leandro Martín Quiroga, conforme Artículos Nº 73 y 74 de la Carta Orgánica Municipal, la que
deberá respetar todos los requisitos establecidos en la Carta Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº
3013/2020 y la presente normativa-
Que, mediante el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 2602/2016 de fecha 15 de junio 2016, se
designa a la Dra. Adad, María Silvina, para desempeñarse como Juez de Faltas Municipal, a partir del
día 01 de Julio de 2020, hasta 01 de Julio de 2020; motivo por el cual la nombrada debe asumir el
nuevo periodo a partir del 01 de julio de 2020 hasta el 01 de julio de 2024 (Art. 73 C.O.M.).-
Que, asimismo, por votación nominal, se decide por mayoría designar al Dr. Fernando Edgar
Caffaratto, y a la Dra. Claudia Noemí Melo, como primer y segundo suplente de la Juez Municipal de
Faltas, respectivamente, de conformidad con el Artículo 70 de la Carta Orgánica.-
Que, la designación de un suplente facilita a la Municipalidad de Junín de los Andes por
tiempo determinado que el mismo reemplace a la Juez Titular de Faltas en caso de vacaciones,
renuncia o ausencias por causas de fuerza mayor.-
Que, se debe proceder a notificar a cada uno de los concursantes del resultado del concurso.-
Que, en consecuencia se debe dictar la norma correspondiente.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3029/20.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y 57º Inciso “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: DESIGNASE: al Dr. QUIROGA, Leandro Martín, D.N.I. Nº 32.404.220,
Matrícula Nº 233 – Tomo 2 – Folio 40 del Colegio de Abogados y Procuradores de la
IV Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén, para desempeñarse como JUEZ MUNICIPAL
DE FALTAS de la Municipalidad de Junín de los Andes, a partir del día 01 de julio de 2020 (Artículo
74 de la Carta Orgánica Municipal), hasta 01 de Julio de 2024 (Art. 73 de la Carta Orgánica Municipal)
con ajuste a la imputación Presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de
Recursos en vigencia para cada año, el que deberá respetar todos los requisitos establecidos en la Carta
Orgánica Municipal, la Ordenanza Nº 3013/2020 y la presente normativa.-
ARTÍCULO 2º: DETERMÍNASE: que conforme el Artículo 76º de la Carta Orgánica Municipal
el Juez Municipal de Faltas percibirá una remuneración equivalente al ochenta por
ciento (80%) del básico del Intendente con más los adicionales generales que correspondiere con
excepción de título y antigüedad acreditada en funciones anteriores y que el cargo a cubrir no incluye
vivienda institucional ni ningún plus remunerativo.-
ARTÍCULO 3º: ESTABLÉCESE: que conforme lo establecido en el Artículo 105 de la Carta
Orgánica Municipal el Juez Municipal de Faltas deberá prestar juramento de práctica
para asumir dicho cargo.-
ARTÍCULO 4º: DESÍGNASE: al Dr. CAFFARATTO, Fernando Edgar, D.N.I. Nº 28.933.770,
Matrícula Nº 217 - Tomo II - Folio 24 del Colegio de Abogados y Procuradores de
la IV Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén, y a la Dra. MELO, Claudia Noemí, D.N.I. Nº
25.137.144, Matrícula Nº 269 - Tº II - Fº 78, del Colegio de Abogados y Procuradores de la IV
Circunscripción Judicial Provincia del Neuquén, como primer y segundo suplente de la Juez Municipal
de Faltas, respectivamente, conforme el orden del Concurso original y que para las ausencias
permanentes el reemplazo será por el tiempo restante del período, en caso de necesidad se llamará a un
nuevo concurso (Art. 75 y Art. 116 de la Carta Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 5º: NÓRMASE: que conforme lo establecido en el Artículo 81º de la Carta
Orgánica Municipal el Sr. Juez Municipal de Faltas dentro de los treinta días corridos
después de su asunción deberá presentar al Concejo Deliberante, para su aprobación, el organigrama
administrativo del Juzgado. Para las designaciones y ceses deberá respetarse lo establecido es esta
Carta Orgánica para el empleo público municipal.-
ARTÍCULO 6º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 7º: DESE: a conocimiento público y amplia difusión por los medios orales y escritos de
la localidad. Elévese copia al Colegio de Abogados y Procuradores de la IV
Circunscripción Judicial y al Juzgado Municipal de Faltas, y notifíquese a cada uno de los
concursantes.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 2067/20.-
CARLOS ALBERTO QUINTULÉN IGNACIO ENRIQUE FLORES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES