Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1317/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1317/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3376/05 originado por Nota Nº 649/05 de fecha 03/11/2005 de la
del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual se remite copia de
Convenio entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y los
Municipio de Villa la Angustura, San Martín de los Andes, Junín de los Andes y el Parque
Nacional Lanín, para el desarrollo de la propuesta territorial de Promoción de empleo, en el
marco del Plan Integral “Más y Mejor Trabajo”, que fuera firmado el día 26 de septiembre de
2005, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Capítulo IV “Trabajo y Vivienda”, Artículo Nº 150 de la Carta
Orgánica Municipal, establece que “La Municipalidad de Junín de los Andes promoverá las
actividades que generan trabajo genuino y producen crecimiento económico y bienestar
general en la comunidad”.-
Que, el Capítulo II “Derechos, Garantías y Deberes de los Vecinos”, Artículo 11º de
la Carta Orgánica Municipal, establece que: “Los vecinos de Junin de los Andes gozarán de
los siguientes derechos y garantías, conforme a las ordenanzas que reglamenten su ejercicio: a)
A la educación, la cultura, la salud, la promoción social, el trabajo, la vivienda, la propiedad,
la seguridad personal, el ambiente sano, el desarrollo sustentable, la práctica deportiva y la
recreación;
Que, en vista de las consideraciones reseñadas y conforme lo establecido lo
establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc. “t”, este Concejo
Deliberante “Sobre Tablas” en Sesión Ordinaria del día 16/11/2005, dispuso por unanimidad
aprobar el convenio en cuestión, con el dictado de la norma legal pertinente.-
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFICASE el Convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo, Empleo
y Seguridad Social de la Nación, y los Municipio de Villa la Angustura, San
Martín de los Andes, Junín de los Andes y el Parque Nacional Lanín, para el desarrollo de la
propuesta territorial de Promoción de empleo, en el marco del Plan Integral “Más y Mejor
Trabajo”, que fuera firmado el día 26 de septiembre de 2005, el cual se anexa a la presente.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1317/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia de la presente al Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social de la Nación.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme
las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1252/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES