1317 - Ratificación Convenio con Nación Plan Integral Más y Mejor Trabajo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1317/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1317/2005



VISTO: El Expte. C.D. Nº 3376/05 originado por Nota Nº 649/05 de fecha 03/11/2005 de la


del Departamento Ejecutivo Municipal, mediante la cual se remite copia de


Convenio entre el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, y los


Municipio de Villa la Angustura, San Martín de los Andes, Junín de los Andes y el Parque


Nacional Lanín, para el desarrollo de la propuesta territorial de Promoción de empleo, en el


marco del Plan Integral “Más y Mejor Trabajo”, que fuera firmado el día 26 de septiembre de


2005, y;




CONSIDERANDO:


Que, el Capítulo IV “Trabajo y Vivienda”, Artículo Nº 150 de la Carta


Orgánica Municipal, establece que “La Municipalidad de Junín de los Andes promoverá las


actividades que generan trabajo genuino y producen crecimiento económico y bienestar


general en la comunidad”.-




Que, el Capítulo II “Derechos, Garantías y Deberes de los Vecinos”, Artículo 11º de


la Carta Orgánica Municipal, establece que: “Los vecinos de Junin de los Andes gozarán de


los siguientes derechos y garantías, conforme a las ordenanzas que reglamenten su ejercicio: a)


A la educación, la cultura, la salud, la promoción social, el trabajo, la vivienda, la propiedad,


la seguridad personal, el ambiente sano, el desarrollo sustentable, la práctica deportiva y la


recreación;




Que, en vista de las consideraciones reseñadas y conforme lo establecido lo


establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57 Inc. “t”, este Concejo


Deliberante “Sobre Tablas” en Sesión Ordinaria del día 16/11/2005, dispuso por unanimidad


aprobar el convenio en cuestión, con el dictado de la norma legal pertinente.-




POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFICASE el Convenio firmado entre el Ministerio de Trabajo, Empleo


y Seguridad Social de la Nación, y los Municipio de Villa la Angustura, San


Martín de los Andes, Junín de los Andes y el Parque Nacional Lanín, para el desarrollo de la


propuesta territorial de Promoción de empleo, en el marco del Plan Integral “Más y Mejor


Trabajo”, que fuera firmado el día 26 de septiembre de 2005, el cual se anexa a la presente.-














HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1317/05.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada envíese copia de la presente al Ministerio de Trabajo,


Empleo y Seguridad Social de la Nación.-




ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme


las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto


Fabián E. Bosque.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DIECISEIS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1252/05.-












HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES