Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3262/22.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3262/2022
VISTO: La Nota Nº 013/22 de fecha 17 de Marzo de 2022 , presentada por el
Sr. Intendente Municipal A/C, y Expte C.D. Nº 11029/2021 y;
CONSIDERANDO:
Que, La necesidad de normalizar compromisos asumidos al momento de realizarse
el plan de regularización de títulos y mensuras municipales, a través de la ley provincial 1.728.
Que, la vigencia de la ley provincial 1.767, ley nacional 21.477 y modificatoria
24.320, y Resolución Municipal N° 200/85.-
Que, la presentación del Proyecto Ordenanza con el fin de resolver la irregularidad
de propietarios de inmuebles locales.-
Que, la aprobación por unanimidad de declarar operada la prescripción adquisitiva
de dominio a favor de la Municipalidad de Junín de los Andes, en dos partes, la primera del
inmueble ubicado en calles Ginés Ponte y Padre Milanesio, lote 150, Mza./Chacra 37,
mediante la Ordenanza Nº 3190/2022 y la última, mediante Ordenanza Nº 3259/2022,
aprobando los demás inmuebles mencionados en el proyecto.
Que, en Nota nº 013/2022 del Ejecutivo Municipal, se informa que por omisión no
se incorporó al proyecto al vecino González Celedonio.-
Que, este Concejo Deliberante, en sesión ordinaria de fecha 28 de
Abril de 2022, conforme Despacho Nº 018/22 de Comisión de Gobierno y
Acción Social, resuelve por unanimidad aprobar la regularización dominial del
lote C, manzana 49, con el dictado de la presente norma. -
POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS 56 y 57 INc1so a, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES REUNIDOS EN
SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1°: SE DECLARA operada la PRESCRIPCION ADMINISTRATIVA, en un
todo y conforme lo establecido en las Ley Nacional 21477 y su modificatoria
24320, del inmueble identificado como Lote C- Manzana 49 cuya Superficie es de 450 m²,
NC 13-20-05386550000 – Expte. de Mensura N° 2704-1881/77.
ARTICULO 2°: SE DETERMINA que por la escribanía que se estime corresponder, se
realice la protocolización de la presente a efectos de modificar el estado de
dominio parcial o total del inmueble enunciado en el ARTÍCULO 1°.-
ARTICULO 3°: SE FACÚLTA al Ejecutivo Municipal, a que una vez de protocolizada que
fuere la presente norma, realiza la transferencia de dominio al Sr. González Celedonio.-
ARTÍCULO 4°: SE REMITE, al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-
ARTÍCULO 5°: Se Comunica, Publica y se archiva.
DADA EN LA SALA DE SES IONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN”
DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS
ANDES, A LOS VEINTIOCHO DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL VEINTIDOS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2153/22.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE LA PRESIDENCIA