Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1541/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1541/2008
VISTO: El Expte. del D.E.M. Nº 830 Letra “B” de fecha 21/05/2007 iniciado por el la
Empresa Huechulafquen S.R.L., representada por sus Gerentes, Sres. EMIR JOSE
ARIEL BUGANEM, DNI: 17.950.742 y JUAN MANUEL RICARDI, DNI: 23.995.060, fijando
su domicilio Social en Sarmiento 1377, Piso 7º, Oficina 701 de Capital Federal, referente a
solicitud de predio en el Parque Industrial de Junín de los Andes; el Expte. Nº 2233 – Letra “B”
de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de fecha 29/10/2007 que contiene presentación de
Planos del proyecto reseñado; y el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes de
Diciembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Empresa Huechulafquen
S.R.L., y;
CONSIDERANDO:
Que, a través del respectivo Convenio La “Municipalidad” vende, cede y transfiere al
“Adquirente”, y éste acepta en un todo de acuerdo a lo dispuesto por Ordenanza N° 479/95, su
modificatoria Nº 1014/2002, y la modificatoria Nº 1381/2006, una fracción de terreno ubicado
en el Parque Industrial de la Ciudad de Junín de los Andes, identificada como Lote 1i de la
Manzana 136, Nomenclatura Catastral en trámite, según Certificado de amojonamiento que
figura como folio 02 del Expte. Nº 2233 Letra “B” iniciado el 29/10/07 en la Secretaría de
Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del Expte. Nº 830, Folio “B” de fecha
21/05/07, con una superficie de DOS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE
METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y DOS CENTIMETROS (1.469,92 m²) o los
que en más o en menos resulte de la mensura definitiva a practicarse por el “Adquirente”.-
Que, el precio de venta se establece en la suma de Pesos Veinte ($ 20,00) por metro
cuadrado (m²), lo que hace un total de Pesos CUARENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS
NOVENTA Y OCHO, CON CUARENTA CENTAVOS (49.398,40) que serán cancelados;
conforme forma de pago establecida en Cláusula Segunda del citado Convenio.-
Que, el “Adquirente” se obliga a realizar en el predio citado, el total del Proyecto
presentado mediante los Planos aprobados por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos
(Expte. Nº 2233, Letra “B”), otorgándose un plazo de Treinta y Seis (36) meses partir de la
firma del convenio, para la puesta en marcha y funcionamiento en un ciento por ciento (100%)
del Emprendimiento.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 05/03/08, conforme lo
establecido en Despacho Nº 011/08 emitido por la Comisión de Producción y Turismo, resuelve
por unanimidad homologar el citado convenio.-
Que, se debe sancionar la norma correspondiente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL PARGADE MORALES
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1541/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º: RATÍFICASE el Convenio de Pago Parque Industrial celebrado en el mes
de Diciembre de 2007 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,
representada por el Señor Intendente Municipal Dn RUBEN ENRIQUE CAMPOS, y el Señor
Secretario de Producción y Turismo, Don PABLO LARDIT, con domicilio legal en Don
Bosco y Ginés Ponte de la Ciudad de Junín de los Andes, en adelante denominados la
“MUNICIPALIDAD”, y la Empresa HUECHULAFQUEN S.R.L, representada por sus
Gerentes: EMIR JOSE ARIEL BUGANEM, DNI: 17.950.742 y JUAN MANUEL RICARDI,
DNI: 23.995.060, con domicilio Social en Sarmiento 1377 – Piso 7º, Oficina 701- de Capital
Federal en adelante denominado el “ADQUIRENTE”, el cual integra la presente como Anexo
I; por la venta de una fracción de terreno ubicado en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
identificada como Lote 1i de la Manzana 136, Nomenclatura Catastral en trámite, según
Certificado de amojonamiento que figura como folio 02 del Expte. Nº 2233 Letra “B” iniciado
el 29/10/07 en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos que se adjunta y forma parte del
Expte. Nº 830 Letra “B” de fecha 21/05/07 con una superficie de DOS MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y
DOS CENTIMETROS (2469,92 m²), o los que en más o en menos resulte de la mensura
definitiva a practicarse por el “ADQUIRENTE”.-
ARTÍCULO 2º: DESE para la promulgación del Departamento Ejecutivo Municipal y por su
intermedio envíese copia de la presente al interesado, y a las Secretarías
Municipales que correspondan, para su conocimiento y efectos.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén
(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal).-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Sr. Concejal Gustavo Edgardo Cañicul, A/C de
Secretaria Legislativa.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS CINCO DAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL OCHO,
SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1362/08.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL MIGUEL ÁNGEL PARGADE MORALES
A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA