1980 - 11 Excepción Art. 1º Ordenanza Nº 1735-09 Local Bailable La Morocha.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante






O R D E N A N Z A Nº 1980/2011


VISTO: El Expte. C.D. Nº 5532/11 de fecha 27/05/2011 iniciado por el Sr. David Rodríguez,


D.N.I. Nº 18.009.360, y;




CONSIDERANDO




Que, mediante el mismo el presentante solicita una excepción a la Ordenanza Nº


1735/09, en su Artículo 1º, Inc. b), para proceder al cierre de su local bailable denominado “La


Morocha” Disco Concert el día domingo 29 de mayo de 2011, a las 07:30 hs. con motivo del


festejo de cumpleaños de ese local bailable.-




Que, el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1735/2009 establece que: “Los establecimientos


o locales habilitados y que funcionen como: Confiterías Bailables, Discotecas, Salas de Baile,


Club, Confiterías, Bailantas, Pub, Café Concert,…. deberá observar…. El siguiente horario


máximo de cierre: b) Sección Nocturno: hasta las 06:00 en el período comprendido entre el 01 de


Abril hasta el 30 de Octubre”.-




Que, conforme acuerdo de Bloques que componen este Concejo Deliberante, en reunión


del día 27/05/201, se decidió por unanimidad otorgar la excepción solicitada, ad-referéndum de la


Sesión Ordinaria del día 01/06/2011.-




Que, por lo expuesto se dispuso sobre tablas y por unanimidad en la citada sesión, dictar


la norma legal pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56° Y 57°, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE al Señor David Rodríguez, D.N.I. Nº 18.009.360, una excepción


a la Ordenanza Nº 1735/2009, Artículo 1º, Inc. b), autorizando el cierre del local


bailable de su propiedad denominado “La Morocha” Disco Concert, a las 07:30 horas del día


domingo 29/05/2011.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio envíese copia de la presente al interesado.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL ONCE,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1562/11.-













LORENA CALFUQUEO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUÉN


A/C DE SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA