2494 - 15 Ratificación Acuerdo de Partes Reconocimiento de Deuda CORFONE - Municipio.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2494/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2494/2015


VISTO: El Expte. C.D. Nº 7751/15 de fecha 28/11/2015, iniciado por el Departamento


Ejecutivo Municipal, y;




CONSIDERANDO.:


Que, mediante el mismo remite Acuerdo de Parte – Reconocimiento de Deuda,


firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Señora Ivonne Rodríguez, en


carácter de apoderada de la firma CORFONE S.A., cuya copia del poder enunciado se adjunta


en el Expte. de referencia.-




Que, el citado convenio tiene por objeto: Por Ordenanza Nº 2156/12, promulgada por


Resolución Nº 684/12, LA MUNICIPALIDAD y LA EMPRESA, celebraron un convenio que


fuera ratificado por Ordenanza y Resolución enunciada precedentemente, el que estableció,


obligaciones recíprocas; entre las que se encuentran la provisión por parte de LA


MUNICIPALIDAD a LA EMPRESA, de entregar adoquines para cubrir una superficie de


aproximadamente 2800 m², como así también la excepción del pago de tasas retributivas


municipales de las propiedades que fueren de LA EMPRESA, a partir de la firma del


Convenio respectivo. En compensación de lo enunciado LA EMPRESA, dona a la


Municipalidad la superficie de tierra de 11,286333 Hectáreas, para que se emplace en dicho


predio la Obra denominada CRISTO LUZ, Parque Temático Vía Christi.


Producto de lo enunciado precedentemente, LA EMPRESA reconoce adeudar, en concepto de


Tasas Retributivas Municipales la suma de $ 75.944,00 (Pesos setenta y cinco mil novecientos


cuarenta y cuatro) por los imponibles identificados como: 2928 – 3080 – 4092 – 7911 – 7919


– 7923, deuda que se generó con anterioridad a la firma del convenio marco aprobado por


Ordenanza Nº 2156/12, promulgada pro Resolución Nº 684/12. A su vez LA


MUNICIPALIDAD reconoce adeudar a la Empresa 240 pallet de Adoquines.-




Que, la Cláusula Primera establece, que LA EMPRESA, acepta con la firma del


presente que LA MUNICIPALIDAD, entregue la suma de 198 pallet, cuarenta y dos menos de


los adeudados, producto del costo del pallet dividido la deuda que mantiene LA EMPRESA en


concepto de tasas municipales.-




Que, la Cláusula Segunda establece, que LA MUNICIPALIDAD, condona la suma de


$ 75.944,00 (Pesos setenta y cinco mil novecientos cuarenta y cuatro) a LA EMPRESA,


importe correspondiente a la deuda que acumulan los imponibles 2928 – 3080 – 4092 – 7911 –


7919 – 7923, con anterioridad al 12 de septiembre del año 2012.-
































GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA





Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2494/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, la Cláusula Tercera establece, que las partes acuerdan que el presente será, ad


referéndum del Concejo Deliberante, dada las características particulares del mismo.-




Que, la Cláusula Tercera, establece que el citado convenio tendrá una duración de


dos (2) años a partir de su celebración.-




Que, este Concejo Deliberante, según lo establece el Artículo 57, Inc., “t”, y


conforme lo expresado en Despacho Nº 060/15 de la Comisión interna de Economía, dispuso


por unanimidad ratificar el citado Convenio, con el dictado de la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56 Y ARTÍCULO 57, Inc. a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESION ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Acuerdo de Parte – Reconocimiento de Deuda,


firmado entre la Municipalidad de Junín de los Andes y la Señora Ivonne


Rodríguez, en carácter de apoderada de la firma CORFONE S.A., el cual integra la presente


como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada envíese copia de la presente a la Empresa CORFONE S.A.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS


MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1795/15.-


















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


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