Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3477/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 3477/2023
VISTO: El Expte. C.D. Nº 11.725/23 de fecha 27/10/2023, iniciado por el Departamento
Ejecutivo Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el mismo contiene COMODATO DE USO celebrado en fecha 24/10/2023, entre
la Municipalidad de Junín de los Andes (“La Municipalidad”), y las Señoras Quintulén
Rosario del Carmen, D.N.I. Nº 31.274.267 con domicilio en Calle RIM 26 N° 316, Alfonso
Mónica Nora, D.N.I. Nº 16.154.169 con domicilio en Agustín Cacace 640 y Rodríguez María
de los Ángeles, D.N.I Nº 35.557.115 con domicilio en Ñuque Mapu 391 (“Las
Comodatarias”).-
Que, a través del mismo “La Municipalidad” cede en “COMODATO DE USO” a
“Las Comodatarias”, una fracción de tierra ubicada en calles Avenida Neuquén y Queñi del
Parque Industrial identificada como Lote 18 de la Manzana 93 de una superficie de 917 m², a
fin de que puedan construir un Galpón de Producción, en base a actividades de manufactura,
construcción y tareas de índole comunitaria.-
Que, se establece que “Las Comodatarias” darán al espacio cedido el uso por el cual
fue solicitado, informando a “La Municipalidad”, cualquier cambio de objeto o actividad que
pudieran surgir.-
Que, el periodo de vigencia del presente COMODATO DE USO, se establece por
diez (10) años, con posibilidad de Prórroga.-
Que, las “Las Comodatarias” deberán dar estricto cumplimiento a todas las normas
del arte de la construcción previstas en el Código Urbano y de Edificación (Ordenanza N°
237/91) y las disposiciones de seguridad regidas por las normas IRAM y toda otra normativa
de plena vigencia.-
Que, se que en caso de no renovación del presente COMODATO DE USO, todas las
construcciones y mejoras en término edilicios pasarán a formar parte del Patrimonio
Municipal, sin posibilidad de reclamo por parte de “Las Comodatarias”.-
Que, “Las Comodatarias”, deberán contratar durante todo el período acordado un
seguro de responsabilidad civil, el cual cubra eventualmente todas las contingencias. Dicha
póliza de seguros deberá sacarse y/o contratarse con una Aseguradora de reconocida
trayectoria en el mercado, debiendo acreditarse de manera fehaciente ante “La
Municipalidad”. “Las Comodatarias”, deslindan a “La Municipalidad” de toda clase de
responsabilidad por los daños y perjuicios que pudiesen sufrir “Las Comodatarias” y
Terceros.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 3477/23.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del 01/11/2023, conforme al
Despacho N° 068/23, de la Comisión Interna de Labor Legislativa, resuelve por unanimidad
homologar el citado convenio, con el dictado de la presente norma legal.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: SE HOMOLOGA: el COMODATO DE USO celebrado en fecha 24 de
octubre de 2023 entre la Municipalidad de Junín de los Andes, representada
en este acto por el Señor Intendente Municipal, Dn. CARLOS A. CORAZINI; D.N.I. Nº
17.045.496, en adelante denominado “LA MUNICIPALIDAD” por una parte, y por otra las
Señoras QUINTULÉN ROSARIO DEL CARMEN, D.N.I. Nº 31.274.267 con domicilio en
Calle RIM 26 N° 316, ALFONSO MÓNICA NORA, D.N.I. Nº 16.154.169 con domicilio en
Agustín Cacace 640 y RODRÍGUEZ MARÍA DE LOS ÁNGELES, D.N.I Nº 35.557.115
con domicilio en Ñuque Mapu 391 (“Las Comodatarias”). Dicho Convenio consta de Nueve
(9) Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: SE COMUNICA: al Departamento Ejecutivo Municipal.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS UN DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL VEINTITRÉS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 2336/23.-
LAURA ESTER RIFFO CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA