Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1267/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 1267/2005
VISTO: El Expte. C.D. Nº 3254/05 originado por Nota Nº 356/05 de fecha 13/05/2005
del Departamento Ejecutivo Municipal, que contiene copia del Decreto Nº 0677/05 del
03/05/2005, por el cual se aprueba el programa “Asistencia e informes al Turista” elaborado
por la Subsecretaría de Turismo de la Provincia, y;
CONSIDERANDO:
Que, como Anexo IV del citado Decreto figura el modelo de Convenio a celebrar
entre la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, y la Municipalidad de Junín de
los Andes, mediante el cual la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico a
el Municipio, para la contratación de Informantes Turísticos, quienes deberán realizar tareas
de atención al turista en las Oficinas y Puntos de Información Turística de el Municipio, bajo
la supervisión de la Subsecretaría, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Anexo II del
Decreto Nº 0677/05.-
Que, el Artículo 172, establece: “La Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que
el turismo es una de principales fuentes de crecimiento y desarrollo de la comunidad.
Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas sostenibles en el tiempo y no
degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-culturales y educacionales de
sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración, mantenimiento y
perpetuación”.-
Que, en virtud de que el convenio reseñado favorece a nuestra localidad, este
Concejo Deliberante conforme lo expresado en Despacho Nº 033/05 de la Comisión de
Economía y Hacienda, dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria del día 01/03/2005
convalidad el mismo.-
POR ELLO, Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1267/05
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el Convenio a suscribir entre la Municipalidad de Junín de
los Andes, representada por el Señor Intendente Municipal Dn Ángel
Clemente Herrera, y la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, representada
por el Sr. Subsecretario, Don Rodolfo Luís Domina, el cual integra la presente como “Anexo
I”.-
ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada envíese copia de la presente a la Subsecretaría de Turismo
de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén, conforme
las Cláusulas Complementarias y Transitorias Nº 2 Inc. “c” de la Carta
Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo Nº 66 de la
misma.-
ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Humberto
Fabián E. Bosque.-
ARTÍCULO 5º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS VEINTISEIS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL
AÑO DOS MIL CINCO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1224/05.-
HUMBERTO FABIÁN E. BOSQUE CARLOS A. CORAZINI
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE
CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES