Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1718/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 1718/2009
VISTO: La Ordenanza Nº 1381/06 de fecha 06 de Septiembre de 2006, mediante la cual se
fija el valor de la tierra en el Parque Industria, el Despacho Nº 018/09 de la Comisión
de Producción y Turismo del Concejo Deliberante, y la Nota Nº 163/09 del Ejecutivo
Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido en la Carta Orgánica Municipal en su Articulo Nº 190,
Titulo DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMICO, Capítulo VI Actividades
Industriales y Comerciales, Parque Industrial y el Artículo Nº 219, en el Título RECURSOS
MUNICIPALES, PRESUPUESTO Y REGIMEN CONTABLE, Capítulo I, RECURSOS
MUNICIPALES.-
Que, conforme a lo expresado en Despacho Nº 018/09 de la Comisión de Producción
y Turismo, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 01/04/09, este Cuerpo
Deliberativo resolvió en forma conjunta con el Responsable de Unidad de Gestión Técnica
Privada, actualizar los valores del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1381/06 fijando nuevos
valores en $ 40,00 y $ 80,00 el m², respectivamente, de acuerdo a las formas de pagos
establecidas en el Artículo Nº 2 de la Ordenanza Nº 1381/06.-
Que, por lo expuesto se condice con la situación y/o cambios importantes en las
variables económicas y que desde la sanción de la Ordenanza Nº 2006 a la fecha, el precio y
valor del m² de tierra, a quedado muy por debajo de los valores de cotización actual.-
Que, el incremento es sobre todos los terrenos pendientes a la venta y de aquellos
que se encuentran en la Instancia Judicial, con la posibilidad de ser recuperados a nombre del
municipio.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y
ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN
DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: MODIFICASE el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 1381/06 de fecha 06 de
Septiembre de 2006, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
FIJASE el VALOR DE LA TIERRA en el Parque Industrial de Junín de los Andes,
conforme el siguiente detalle: Por los Lotes remanentes de las Manzanas 84-85-88-90-91-92-
94-96 en PESOS CUARENTA ($ 40,00) por metro cuadrado (m²). Por los lotes remanentes de
las Manzanas 86 y 87 se fija un valor de PESOS OCHENTA ($ 80,00) por metro cuadrado
(m²).-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1718/09.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
ARTÍCULO 2º: APLÍQUESE: El Artículo Nº 01 de la presente Ordenanza, a todos aquellos
terrenos que sean recuperados por parte del Municipio y a futuros lotes a
adquirir para el Parque Industrial.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.
Promulgada, envíese copia a las Secretarías Municipales que correspondan.-
ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial Municipal.-
ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea
Silvana Rosso.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
NUEVE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1432/09.-
ANDREA SILVANA ROSSO MARCELO ARTURO PAILLALAUQUEN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES