2340 - 14 Autorizar compra Directa de Maquinarias Sala de Faena.pdf



Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2340/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante




O R D E N A N Z A Nº 2340 /2014




VISTO: El Expediente 405/14 Letra “B”, de fecha 06/02/14, iniciado por la Secretaria de


Promoción del Empleo y Desarrollo Territorial y Nota Nº 045/14 de fecha 10 de


Febrero de 2014; y


CONSIDERANDO:




Que dicho expediente, se realiza en virtud de Convenio Marco firmado con el


Ministerio de Desarrollo Social de Nación, y que fuera aprobado por Ordenanza 2299/13 y


promulgado por Resolución 635/13.


Que en virtud de los elementos adquirir, fue necesario solicitar presupuesto a empresas


foráneas a nuestra ciudad, habiendo solo una de ellas elevado el presupuesto en tiempo y forma.


Que habiéndose comunicado con las otras dos empresas que tienen dichos elementos a


adquirir, estas manifestaron su desinterés en presupuestar, producto del estado imperante de


incertidumbre por los constantes vaivenes de la economía nacional.


Que a raíz de lo enunciado precedentemente, y el cambio de los valores de los


productos adquirir, es necesario actuar con premura, ya que en virtud de las variables


económicas y la desapreciación monetaria es más que evidente la perdida adquisitiva.


Que ha de obrarse entonces con la celeridad que en estas circunstancias son necesarias,


siempre actuando en función del marco regulatorio imperante, Ley 2141 de Administración


Financiera y Control.


Que es necesario dictar la presente que sirva de excepción, a efectos de no seguir


dilatando, las compras, presupuestadas por la suma de pesos trescientos cuarenta y cuatro mil


trescientos tres pesos ($ 344.303,00), ya que de lo contrario no se podrá adquirir los elementos


necesarios.


Que es muy importante enunciar que desde el momento de la firma del Convenio Marco


con el Ministerio de Desarrollo Social de Nación, han pasado seis meses y la economía


nacional evidencia un proceso inflacionario, que impacta directa y significativamente sobre los


precios de las obras, bienes y servicios, produciendo una permanente alza generalizada en los


costos de adquisición, incluso para los productos no ligados a oscilaciones del dólar


estadounidense.


Que la presente, viene a dar la formalidad a la excepción, de la ley 2141, Control y


Administración Financiera, dada las características especiales, aquí explayadas, considerándose


esencialmente, un aporte sumamente importante al desarrollo de aprovechamiento comercial de


carnes herbívoros silvestres exótico.
















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA











Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2340/14.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


POR ELLO Y EN USO DE LA FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS 56 y 57 Inc. A, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


EXTRAORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:




ARTICULO 01º: AUTORIZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar


en el Presupuesto General de la Administración Municipal – Ejercicio – año


2014 la Partida Presupuestaria de Recursos y Gastos correspondiente a la “Compra de


maquinaria para la Sala Comercial de Carnes de Herbívoros Silvestres Exóticos”.-


ARTICULO 02º AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las compras


directas, vía excepción conforme lo presupuestado en fojas 02 y 03, a la firma


PICO REFRIGRACION, de acuerdo al presupuesto presentado por la mencionada Empresa, y


que constan en fojas 04, 05, 06, 07, 08, 09 y 10 del Expediente 405/14, el cual formara parte,


como anexo I, de la presente ordenanza por la suma de pesos trescientos cuarenta y cuatro mil


trescientos tres pesos ($ 344.303,00).-


ARTICULO 03º: ESTABLÉCESE: que de acuerdo a la Ordenanza 2299/13, los fondos


provienen Ministerio de Desarrollo Social de la Nación por lo que se


deberá dar cumplimiento con lo estipulado en el Art. 1º de la citada Ordenanza.-


ARTICULO 04º: INCORPÓRASE al Patrimonio Municipal todas las Maquinarias adquiridas


para la puesta en marcha de la “Sala Comercial de Carnes de Herbívoros Silvestres Exóticos”.-


ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


ARTÍCULO 6º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-








DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE SAN MARTIN DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN A LOS


TRECE DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL CATORCE SEGÚN


CONSTA EN ACTA Nº 1712/14.-


















GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


A/C DE PRESIDENCIA