1683 - Homologar Convenio Predio Parque Industrial Trabajadores Independientes.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1683/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1683/2008



VISTO:
El Expte. C.D. Nº 4216/08 y la Nota Nº 364/08 de fecha 15 de Diciembre de 2008


firmada por el Sr. Viceintendente Municipal – Intendente A/C, M.M.O. Don Diego


A. Marcovesky, y el Señor Secretario de Gobierno, Dr. Saúl Alejandro Castañeda, mediante la


cual remiten Convenio de Comodato suscripto con el Grupo de Trabajadores Independientes,


y;




CONSIDERANDO:




Que, atento el estado de condición social de las personas solicitantes todos ellos


pertenecientes a la actividad de la construcción, y la anuencia de este Municipio (Legislativo y


ejecutivo) para ayudar a la creación de este tipo de emprendimientos, se cree oportuno celebrar


el presente basado en la necesidad y urgencia.-




Que, el Municipio (“El Comodante”) entrega en comodato al Grupo de Trabajadores


Independientes (“El Comodatario”) y éste acepta el Lote 12 de la Manzana 93 con una


superficie de 1.000 m², cuya ubicación se encuentra dentro del Parque Industrial de la Ciudad


de Junín de los andes, fracción que es del comodante en buen estado de conservación,


recibiendo de buena conformidad y obligándose a su devolución en iguales condiciones.-




Que, el contrato tendrá vigencia a contar de 20/11/2008 hasta el 10 de diciembre de


2011. En dicho plazo “El Comodatario”, deberá cumplir con cada uno de los requisitos


establecidos para la adjudicación de tierras en el Parque Industrial, conforme ordenanza


municipal vigente, como así también la opción de compra de las tierras como datadas, y la


constitución de una sociedad de hecho.-




Que, sin perjuicio de lo expuesto precedentemente y justa causa, “El Comodante”


puede rescindir en cualquier momento, solicitando a “El Comodatario” en forma fehaciente la


inmediata restitución del bien prestado, libre de ocupantes. Previa notificación en forma


fehaciente.-




Que, “El Comodatario” destinará el inmueble exclusivamente a la concreción del


proyecto presentado ante este Municipio, en su caso la instalación en el predio de una Fábrica


se Premoldeados.-




Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de


Prórroga del 19/12/2008, resolvió sobre tablas y por unanimidad homologar el citado


contrato de comodato, con el dictado de la norma pertinente.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1683/08.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULOS 56º Y 57º, INCISO a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1°: HOMOLÓGASE el Contrato de Comodato suscripto en fecha 28 de


noviembre de 2008 entre la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Señor Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique Campos, en


adelante “La Municipalidad”, con domicilio en calle Ginés Ponte Nº 504 de esta Ciudad, y por


los Señores Ricardo Muñoz, D.N.I. Nº 21.952.760; Segundo Bautista Pailacura, D.N.I. Nº


16.208.470; Pedro Paillalauquén, D.N.I. Nº 20.816.487; Marco Mena, D.N.I. Nº


23.428.145; Manuel Eladio Sayueque, D.N.I. Nº 24.223.762; Bautista Sepúlveda, D.N.I.


Nº 7.579.858; Cecilio Barriga, D.N.I. Nº 7.293.679; Nicolás López y Argentino Aguilera,


D.N.I Nº 14.418.346, cuya copia corre agregada a la presente como ANEXO I.-




ARTICULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Una vez promulgada, y por su intermedio, reemítase copia a los interesados.-




ARTÍCULO 3º: PÚBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Andrea


Silvana Rosso.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE


DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1414/08.-











ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES