1813 - 10 Homologar Convenio Empresas OKUME - PCC SRL - Guajardo y Municipio construcción 101 Viviendas.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1813/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1813/2010



VISTO: El Expediente del C.D. Nº 4838/2010 de fecha 19/02/2010, iniciado por el Señor


Intendente Municipal Prof. Rubén Enrique Campos, por el cual eleva para


homologación del Cuerpo Deliberativo Convenio celebrado en fecha 18 del mes de Febrero de


2010, entre la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), las Empresas OKUME SA


y PCC SRL, la Municipalidad de Junín de los Andes, y los Señores Gustavo Ariel Guajardo y


Daniela Isaías Barahona, en representación de los beneficiarios, y;


CONSIDERANDO:


Que, el mismo se firma en el marco del Plan Federal Plurianual de Construcción de


Viviendas – Reconvertido, se licitaron en el mes de mayo de 2009, 101 viviendas e


infraestructura en la localidad de Junín de los Andes; divididas en dos obras con plazo de


ejecución de 10 meses cada una. Las empresas OKUME SA y PCC SRL son las Contratistas


en las obras denominadas “50 Viviendas en Junín de los Andes” y “51 Viviendas en Junín de


los Andes”, respectivamente, actuando la Municipalidad de Junín de los Andes como Entidad


Intermedia Comitente de la obra y la ADUS como agente Co-Financiero de las mismas.-


Que, en el marco de los contratos suscriptos oportunamente por las obras “50


Viviendas” y “51 Viviendas” de la localidad de Junín de los Andes y acorde a las facultades


otorgadas por la Ley 2460 y el Decreto 2126/2009, por los cuales la ADUS se encuentra


facultada para coordinar los distintos fondos a disposición de la misma para el cumplimiento


de sus fines y aplicarlos al financiamiento de las obras según sus características y destinos


explícitos, la ADUS se compromete a otorgar a OKUME SA la suma de Pesos Un Millón


Seiscientos Cincuenta y Dos Mil Pesos Quinientos Veintidós con 68/100 ( $ 1.652.522,68) y a


PCC SRL la suma de Pesos Un Millón Quinientos Noventa y Seis Mil ($ 1.596.000) cada


una, en carácter de anticipo financiero excepcional. Dicho anticipo será desembolsado en


cuatro (4) cuotas iguales y consecutivas. En Caso de ser necesario, OKUME SA y PCC SRL


se comprometen a complementar las correspondientes pólizas de anticipo financiero.-


Que, a fin de garantizar el ritmo de desarrollo de las obras referidas, la ADUS


desembolsará a la Municipalidad de Junín de los Andes – en su carácter de Comitentes de las


mismas – a OKUME SA catorce (14) cuotas de hasta Pesos Cuatrocientos Trece Mil Ciento


Treinta con 67/100 ($ 413.130,67) por mes o en su defecto serán abonados los certificados de


obra que se presenten para su liquidación hasta la suma de Pesos Cuatrocientos Trece Mil


Ciento Treinta con 67/100 ($ 423.130,67); y a PCC SRL, catorce (14) cuotas hasta Pesos


Trescientos Noventa y Nueve Mil ($ 399.000) por mes o en su defecto serán abonados los


certificados de obra que se presenten para su liquidación hasta la suma de Pesos Trescientos


Noventa y Nueve Mil ($ 399.000), debiendo ser abonada la primer cuota durante la última


semana del mes Febrero de 2010.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1813/10.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Cuerpo Deliberativo en Sesión Ordinaria de fecha 24/02/2010 dispuso


sobre tablas y por unanimidad, ratificar el citado convenio.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO


EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE Convenio celebrado en fecha 18 del mes de Febrero de 2010,


entre la Agencia de Desarrollo Urbano Sustentable (ADUS), representada


por su Presidente, Cr. Rodolfo Gustavo Káiser; la Empresa OKUME S.A., representada por su


Presidente Arq. Carlos Alberto Verta, la Empresa PCC SRL, representada por su representante


técnico, Ing. Claudio Ismael Shariff Escaudar, la Municipalidad de Junín de los Andes,


representada por el Sr. Intendente Municipal, Rubén Enrique Campos, y los Señores Gustavo


Ariel Guajardo, D.N.I. Nº 25.173.279 y Daniel Isaías Barahona, DNI Nº 22.292.450, en


representación de los beneficiarios, el cual consta de seis (6) Cláusulas y corre agregado a la


presente como “Anexo I”.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE


FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1477/10.-













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA