1087 - 2003 Pliegos Pileta de Natación Primera Etapa. Derogación Ordenanza N° 1043-2002.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1087/03.-


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1087/2003


VISTO: El Expte. C.D. Nº 2645/03 que contiene Nota Nº 162/2003 S.O.S.P.D.U.y.M.A de


fecha 30/04/2003, firmada por el Sr. Intendente Municipal, Don Rubén Enrique Campos


y el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, M.M.O.


Don Diego A. Marcovesky, donde remite Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada


Nº 001/03 para la Construcción de Pileta de Natación – Planta de Campamento Nº C.E.F. Nº 8.-


CONSIDERANDO:


Que, en la nota reseñada se informa que por cuestiones de índole operativa y


presupuestarias, no fue posible la apertura de sobre del Llamado a Licitación Privada Nº 003/02,


motivo por el cual se requiere la anulación de la Ordenanza Nº 1043/2002 de fecha 27/12/2002,


promulgada por Resolución Nº 080/02 del 14/01/2003, S/Expte. C.D. Nº 2556/02. y se solicita la


suscripción de una nueva ordenanza específica para un nuevo llamado a Licitación Privada Nº


001/03 “Pileta de Natación en Planta de Campamento Nº 2 – C.E.F. Nº 8 – Junín de los Andes”.-


Que, conforme Despacho Nº 087/03 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos,


Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, mediante Nota Nº 448/2003 C.D.J.A. de fecha 10/06/2003,


se remitió el Expte. de referencia al Departamento Ejecutivo Municipal, con el objeto que se


complete la documentación con los planos respectivos de la obra. Asimismo se sugirió que esta se


considere como la 1º Etapa, dejando a consideración futura una 2º Etapa, en la cual exista la


posibilidad de cubrir la pileta para que la misma sea utilizada la mayor parte del año. Del mismo


se solicitó informe sobre existencia de Acuerdo con el C.E.F. Nº 8 u otra institución sobre usos de


la misma.-


Que, el Ejecutivo Municipal en fecha 02/07/2003, mediante Nota Nº 496/02 e fecha


02/07/2003, remite nuevamente el Expte. 2645/03, referido a la Licitación Privada Nº 001/03 para


la construcción de Pileta de Natación.- Planta de Campamento C.E.F Nº 8.-


Que, a fs. 70 y 71 del Expte. reseñado se adjunta la Nota Nº 202/03 de la


S.O.S.P.D.U.y.M.A, donde se cumplimenta y expone la ejecución de la Obra Pileta de Natación en


tres Etapas y se detalla la Licitación Privada Nº 001/03 prevista para el día 25 de agosto de 2003.-


Que, asimismo en fecha 02/07/2002 ingresa para su tratamiento en Sesión Ordinaria la


Nota Nº 0165/03 firmada por el Director del C.E.F. Nº 8, Prof. Alfredo Sánchez, quien propone


modificaciones en las dimensiones de la pileta descripta; solicitando se estudie la posibilidad de


construir una pileta de 25,00 metros de largo por 12,50 de ancho con una profundidad de 1,60


metros y en otro sector lindante una pileta de 10,00 metros de largo por 4,00 metros de ancho, con


una profundidad de 0,80 metros, para el uso exclusivo de niños.-


Que, este Concejo Deliberante atento la propuesta efectuada por el Sr. Director del CEF.


Nº 8, Prof. Alfredo Sánchez, lo requerido por el Departamento Técnico de la S.O.S.P.D.U.y.M.A.,


el dictamen emitido por el Asesor Técnico de este Cuerpo Deliberativo, Arq. Martín Alfaro Brave,


y el Despacho Nº 119/03 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y


Medio Ambiente, dispuso enviar el Expte. en su conjunto a la S.O.S.P.D.U.y.M.A. para que se


adecue a la propuesta del C.E.F. Nº 8 de así considerarlo, el cual fue materializado mediante Nota


Nº 580/2003 C.D.J.A. de fecha 11/07/2003.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES














Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
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PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, en Nota Nº 232/03 de la S.O.S.P.D.U.y.M.A, sobre la Licitación Privada Nº


001/03, se informa que se prevé la siguiente ejecución presupuestaria:


- Obras Básicas.-


- Implantación e instalación de Pileta.-


Que, el monto previsto para la obra total alcanza los $ 250.000 y convoca este Municipio


para el día 25 de agosto a las 12:30 horas, por un monto de $ 20.000 en todo concepto y como


precio base.-


Que, en Nota Nº 234/03 de la S.O.S.P.D.U.y.M.A, presentada ante el Ejecutivo


Municipal y enviada por éste al Cuerpo Deliberativo mediante Nota 551/03 de fecha 17/07/2003,


conjuntamente con la remisión del Expte. C.D. Nº 2645/03, se solicita la sanción de la ordenanza


específica que posibilite la Apertura de Sobres para el día 25 de agosto de 2003, a las 10:30 hs.,


como así también se informa que se ha modificado el Pliego adecuándolo a las nuevas condiciones


requeridas por la Autoridades del C.E.F. Nº 8, por lo cual solicita pronto despacho a fin de hacer


efectiva la Licitación e iniciar las obras previstas a la mayor brevedad posible.-


Que, en cuanto a la documentación de planos, la citada Secretaría, informa que a los


efectos del Pliego y de la Licitación Privada en cuestión, la misma no es necesaria ya que la


descripción técnica de las Cláusulas Particulares y Generales es suficiente para la cotización de


los oferentes.-


Que, en las Condiciones Generales, Cláusula 21º, queda especificada la responsabilidad


de precalificación y preadjudicación, en la Comisión conformada por tres (3) miembros del


Departamento Ejecutivo Municipal designados a tal efecto y podrá ser integrada por un miembro


de cada bloque del Concejo Deliberante previa aceptación de los mismos.-


Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 30/07/2003, conforme


Despacho Nº 129/03 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio


Ambiente, resuelve por unanimidad aprobar el llamado a Licitación Privada Nº 001/03


correspondiente a la Primera Etapa – Piletas de Natación y autorizar al Departamento Ejecutivo


Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda realice el llamado a Licitación


respectivo.-


Que, al efecto, se debe dictar la norma legal respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º:
DERÓGASE la Ordenanza Nº 1043/2002 de fecha 27/12/2002, mediante la


cual se aprueban los PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y


PARTICULARES DE LA LICITACIÓN PRIVADA Nº 003/2002 para la ejecución de “PILETA


DE NATACIÓN, DE HORMIGÓN PRE-ELABORADO, EN ELEMENTOS PREMODELADOS


DE HORMIGÓN ARMADO”.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES












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Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 2º: APRUÉBESE los PLIEGOS DE CONDICIONES GENERALES Y


PARTICULARES DE LA LICITACIÓN PRIVADA Nº 001/2003 – OBRA:


“PILETA DE NATACIÓN PRIMERA ETAPA”, DE HORMIGÓN PRE-ELABORADO, EN


ELEMENTOS PREMODELADOS DE HORMIGÓN ARMADO”, y que forman parte de la


presente Ordenanza como Anexo I.-




ARTÍCULO 3º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la


Secretaría que corresponda realice el llamado a Licitación respectivo de acuerdo


a lo establecido en los Pliegos aprobados precedentemente.-




ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 5º: DESE amplia difusión por los medios orales y escritos de la localidad.-




ARTÍCULO 6: DESE a publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 7º: Refrendará la presente la Sra. Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J. del


Río.-




ARTÍCULO 8º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL


TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1132/03.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES