1959 - 11 Modificación Anexo III Ordenanza Nº 1959-11.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1959/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


1






O R D E N A N Z A Nº 1959/2011


VISTO: El Expte C.D. Nº 5448/11 de fecha 01/04/2011 que remite Nota 056/11 la Dirección de


Tránsito y Transporte y Expte Nº 5490/11 de fecha 29/04/2011 iniciado por el Sr.


Presidente de la Asociación de Taxis de Junín de los Andes; y,




CONSIDERANDO:




Que, por Ordenanzas Nºs. 1946/2011, 1947/2011 y 1948/2011 se dan de baja tres


licencias comerciales rubro taxi.-




Que, el día 25 de abril de 2011 se reúnen el responsable de la Dirección de Transporte


Municipal, el Presidente de la Asociación de Taxis, y el Cuerpo Deliberativo, en la que se acordó


trabajar en la modificación del Anexo III de la Ordenanza 1220/2004, dada la necesidad de


actualizar los aspectos a evaluar al presentarse postulantes para ser permisionarios de taxi.-




Que, la Ordenanza Nº 1220/2004 en su Artículo 3º establece que: “Toda persona que
desee obtener una licencia comercial Rubro Taxi, deberá presentar la documentación en el Área de


Transporte Municipal, en las condiciones que la Ordenanza establezca, no admitiéndose excepciones. Las


habilitaciones de las personas como permisionarios de taxis y de las unidades como Taxis serán


aprobadas mediante Ordenanza del Concejo Deliberante y otorgadas por Resolución del Departamento


Ejecutivo Municipal”.-




Que, el Capítulo X de la Ordenanza 1220/2004 “Registro de Postulantes a Licencias de


Taxi” en sus Artículos 42º establece que “Habiéndose completado el cupo de licencias estipulados en
esta Ordenanza…., los interesados en ser permisionarios, podrán inscribirse en un registro especial de


postulantes que será habilitado en el Área responsable de control, conforme al Anexo III” y 43º establece
“A los efectos del otorgamiento de las licencias comerciales de transporte, el organismo de aplicación


procederá a la evaluación de los postulantes de acuerdo a la tabla que figura como Anexo IV de la


presente”.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANIA MUNICIPAL, EN SUS ARTICULOS Nº 56 Y 57 Inc. a), EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION


ORDINARIA SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTICULO 1º: MODIFÍCASE el Anexo III de la Ordenanza 1220/2004 “TABLA DE


EVALUACION DE POSTULANTES A LICENCIA DE TAXI”, quedando


redactado de la siguiente manera:




N° Aspectos % Detalles Puntos




1 Situación Laboral


ante la ANSES




40%




Ingresos con aportes


Ingresos sin aportes




10


30













ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1959/11.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


2







Residencia en Junín


de los Andes




20%








De 2 a 5 años


De 5 a 10 años


Más de 10 años




3


2 7


10




Experiencia como


chofer de taxi




20%


Hasta 1 año


Hasta 3 años


Hasta 5 años


Mas de 5 años


2


3 4


6


8




4




Antigüedad del


vehiculo




10%




Hasta un total de 10 puntos y 1 punto


menos por año de antigüedad del


vehículo (modelo)




10




Tuvo Licencia






4%
SI


Fue dado de Baja por


incumplimiento Ord1220/04


0


5 Baja Voluntaria 1




NO




3


Antigüedad de


trámite de


Inscripción en el


Registro de


postulantes de la


Dirección de


transporte municipal






6%




Hasta 1 año




0


6 Hasta 2 años 1


Hasta 3 años 2


Mas de 5 años 3




OBSERVACIONES: para el otorgamiento del puntaje en cada uno de los aspectos a evaluar, se


considerará la siguiente documentación:


1. Situación Laboral: certificación del ANSES al momento de su evaluación.


2. Residencia en Junín de los Andes: acreditada en el documento de identidad; de no figurar en el


mismo, Declaración Jurada ante Juzgado de Paz.


3. Experiencia como chofer de taxi: certificación extendida por la Asociación de Taxis de la


localidad, en la que figure el tiempo de desempeño como chofer.


4. Antigüedad del vehiculo: titulo de propiedad del vehículo a nombre del postulante.


5. Tuvo licencia’?: certificado extendido por la Dirección de Transporte Municipal.


6. Antigüedad: presentación del libro de registro de postulantes obrante en la Dirección de


Transporte.




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada que fuere remítase copia a la Dirección de Tránsito y Transporte


Municipal y por su intermedio a la Asociación de Taxis de Junín de los Andes.-




ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS


ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN CONSTA EN


ACTA Nº 1557/11.-











ANDREA SILVANA ROSSO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA