2499 - 15 Ratificación Convenio Informantes Turísticos.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2499/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2499/2015



VISTO:
La Nota Nº 235/15 de fecha 25/05/2015 del Departamento Ejecutivo Municipal,


mediante la cual eleva Convenio celebrado entre la Municipalidad de Junín de los


Andes y la Subsecretaría de Turismo de la Provincia del Neuquén, registrada bajo Expte. C.D.


Nº 7797/15, y;




CONSIDERANDO




Que, la Subsecretaría se compromete a realizar un aporte económico no reintegrable


por la suma total de Pesos Ciento Sesenta y Nueve Mil ($ 169.000,00), distribuidos de la


siguiente manera: la Suma de Pesos Ciento Cuarenta Mil Ciento Sesenta ($ 140.160,00) para


la contratación de Cuatro (4) Informantes Turísticos durante le periodo de doce (12) meses y la


suma de Pesos Veintinueve Mil Doscientos ($ 29.200,00), para la contratación de Dos (2)


Informantes Turísticos, correspondiente a la temporada de Verano, que se extiende del mes de


enero, febrero, marzo, noviembre y diciembre de 2015.-




Que, el citado Convenio tendrá una duración de doce (12) meses, contados a partir


del 1º de enero de 2015 hasta el 31 de diciembre de 2015.-




Que, de común acuerdo se establecen con criterios excluyentes de selección de los


informantes Turísticos los siguientes requisitos y los estipulados en el Anexo III del Decreto


Nº 0107/15:


1- Disponibilidad para cumplir turnos rotativos.-
2- Residencia fija a no más de 40 Km. de “El Municipio” contratante.-
3- Buena presencia.-
4- Buena actitud para la atención al público.-
5- Amplios conocimientos de los atractivos y productos turísticos del lugar en


particular y de toda la Provincia del Neuquén en general.-


6- Manejo de Programas Informáticos.-
7- Disposición para colaborar en eventos especiales dentro o fuera de la Provincia


con gastos pagos.-




Que, nuestra Carta Orgánica Municipal en su Artículo Nº 172 expresa que: “La
Municipalidad de Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de


crecimiento y desarrollo de la comunidad. Fomentará, impulsará y apoyará las actividades turísticas


sostenibles en el tiempo y no degradantes, basadas en los valores estéticos, recreativos, socio-


culturales y educacionales de sus ambientes y recursos, garantizando su protección, restauración,


mantenimiento y perpetuación”.-











GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2499/15.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, este Concejo Deliberante, según lo establece la Carta Orgánica Municipal en su


Artículo Nº 57, Inc., “t”, y conforme el Despacho Nº 043/15 de la Comisión Interna de


Turismo, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 22/07/2015, se decide


homologar dicho Convenio, con el dictado de la norma pertinente.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el CONVENIO suscripto entre la Municipalidad de Junín


de los Andes, representada por el Señor Intendente Municipal, Don Juan


Domingo Linares, y la Señora Sub-Secretaria de Turismo de la Provincia, Lic. Beatriz


Villalobos, en representación del Estado Provincial del Neuquén, el cual consta de Ocho (8)


Cláusulas e integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación; y por


su intermedio envíese copia a la Sub-Secretaría de Turismo de la Provincia


del Neuquén, a sus efectos.-




ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTIDOS DÍAS DEL MES DE JULIO DEL


AÑO DOS MIL QUINCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1799/15.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ROSANA MARISA MORALES


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA