Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2564/16-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
1
O R D E N A N Z A Nº 2564/2016
VISTO: El Expte. C.D. Nº 8301/16 iniciado el Departamento Ejecutivo Municipal que
contiene Addenda Complementaria al Convenio Marco de Obra de Potenciación en
el Sistema Cordillerano, suscripto con la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la Nación, y los Municipios de Río
Negro, Chubut, Neuquén y el Ente Nacional Regulador del Gas y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la citada Addenda Complementaria al Convenio Marco, “Las Partes”
reconocen el interés común sobre un objetivo específico que es el de adecuar la obra
denominada “OBRAS DE POTENCIACIÓN EN EL SISTEMA CORDILLERANO”, que se
llevará a cabo como se encuentra descripta en el ANEXO y permitirá alcanzar aún mejores
resultados que la obra original considerando un incremento del horizonte de incorporación de
usuarios en 10.000 beneficiarios adicionales.
Que, en la Cláusula Segunda: Se adecua la suma a transferir por parte de “El
Ministerio” a “Los Municipios”, al valor de Pesos Mil Noventa y Seis Millones
(1.096.000.00), impuestos incluidos.
Que, la etapa que se encuentra en ejecución resulta fundamental para el avance del
desarrollo del Sistema Cordillerano Patagónico.
Que, en el Anexo de la presente Addenda de esta importante obra se encuentra
incluido el Municipio de la ciudad de Junín de los Andes tal como se mencionan en Renglón 3
y Renglón 10 respectivamente.
Que, la nueva etapa permitirá alcanzar aún mejores resultados que los previstos en el
Convenio Marco inicial.
Que, este Concejo Deliberante a través del Despacho Nº 008/16 de la Comisión
Interna de Gobierno, aprobado por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 26/02/2016,
conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en su Artículo 57, Inc. “t”, resuelve
por Adherir a la Addenda Complementaria al Convenio Marco Obras de Potenciación en el
Sistema Cordillerano.
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN
SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2564/16-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
2
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: ADHIÉRESE: a la Addenda Complementaria al Convenio Marco de Obra
de Potenciación en el Sistema Cordillerano, suscripto con la Secretaría de
Obras Públicas del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios de la
Nación, y los Municipios de Río Negro, Chubut, Neuquén y el Ente Nacional Regulador del
Gas.
ARTÍCULO 2º: Remítase: al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una vez
promulgada, por su intermedio, envíese copia de la presente al Ministerio de
Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a sus efectos.-
ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DIECISEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1836/16.-
RUTH ELIZABETH SIVORI CARLOS ALBERTO QUINTULÉN
SECRETARIA LEGISLATIVA VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES