2080 - 12 Autorizar al DEM a recibir fondos del Gobierno Provincial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2080/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 2080/2012



VISTO: Los Exptes. Nº 5821-000210/2012; Nº 5821-000262/2012 y Nº 5821-000263/2012,


iniciados por este Municipio ante el Gobierno Provincial (Dirección Provincial de


Juegos y Casinos – Instituto Provincial de Juegos de Azar), y;




CONSIDERANDO:


Que, en los expedientes enunciados se solicitaron aportes no reintegrables, para hacer


frente a la compra y pago de elementos indispensables para el funcionamiento de este


Municipio y que por falta de fondos para abocar a tales situaciones puntuales hacen que se


torne difícil cumplir en tiempo y forma con los compromisos asumidos con la comunidad.-




Que, el Ejecutivo Municipal, y producto de la continuidad de las tramitaciones, ha


consensuado con el Gobierno Provincial, que los fondos requeridos, prevengan de la Dirección


de Salas de Juegos y Casinos.-




Que, reunido con el Ing. Ricardo A. Pullilla, del Instituto Provincial de Juegos de


Azar, De la Dirección Provincial de Salas de Juego y Casinos, éste manifiesta que no existe


impedimento alguno en aportar el dinero, siempre que estos sean utilizados exclusivamente


para que lo que se solicita.-




Que, los fondos tienen objetivos específicos, y como tal fueron requeridos por el


Ejecutivo municipal, para solventar el pago de los siguientes elementos, a saber: a) Compra de


una camioneta 4x4 doble cabina cero km. b) Pago de la rectificación de un motor del camión


Mercedes Benz perteneciente a este Municipio. c) Construcción de un tinglado.-




Que, en conformidad al requerimiento efectuado por Nota de fecha 22 de marzo de


2012, por la Dirección Provincial de Juegos y Casinos, Instituto Provincial de Juegos de Azar,


solicitan el dictado de una ordenanza en la cual se especifique el destinado de los fondos.-




Que, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Provincial 2751, el Instituto Provincial de


Juegos y Casinos, puede destinar dinero en conformidad al requerimiento municipal.-




Que, el dictado de la presente ordenanza es condición principal, para la liberación de


los fondos respectivos.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




























Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 2080/12.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, EN SU ARTÍCULO 56 y


ARTÍCULO 57 Inc. a), EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN


DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA


DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE: al Ejecutivo Municipal a recibir los fondos requeridos al


Gobierno Provincial, que originaran Exptes. Nº 5821-000210/2012; Nº 5821-


000262/2012 y Nº 5821-000263/2012, Dirección Provincial de Juegos y Casinos – Instituto


Provincial de Juegos de Azar, serán destinado específicamente para lo siguiente:




 Pesos Ciento Setenta y Cinco Mil ($ 175.000,00) para la compra de una camioneta
4x4, cero km.-


 Pesos Treinta y Cinco Mil ($ 35.000,00), para el pago de la rectificación del motor del
Camión Mercedes Benz propiedad de este Municipio, dominio SQF 817.-


 Pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000,00) para la construcción de un tinglado el
que será emplazado en el Parque Industrial de nuestra ciudad.-




ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE: que en caso de no cumplir con lo establecido en el


Artículo 1º, los funcionarios actuantes podrán ser punibles de las sanciones


establecidas por la Carta Orgánica Municipal, Ley de Administración y control Financiera.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE: al Departamento Ejecutivo Municipal, para su


promulgación y a la Dirección Provincial de Juegos y Casinos – Instituto


Provincial de Juegos de Azar, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE MARZO


DEL AÑO DOS MIL DOCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1605/12.-













GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL ANDREA SILVANA ROSSO


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES