2859 - 18 Desafectación Lote 1 Mzna 22 y Remanante Fracción II Chacra II Parque Industrial.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante



O R D E N A N Z A Nº 2859/2018



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9936/18 de fecha 07/11/2018 que contiene Nota Nº 452/18 del


Departamento Ejecutivo Municipal, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo la desafectación del Área del Parque Industrial de Junín de


los Andes, los siguientes inmuebles:


 Lote 1 de la Manzana 22B, por una superficie de 23.566,71 m².-


 Remanente Fracción II Chacra 22 Zona de Islas, cuya superficie definitiva surgirá de la
práctica de mensura.-




Que, en referencia al remanente se designa como tal, toda vez que es una superficie


que al no ser alcanzada por la mensura, cuyo croquis parcial consta a fs. 02 del citado Expte.,


es lo que sobra de restar la sumatoria de cada lote enunciado menos la superficie de acuerdo al


título que posee este municipio.-


Que, motiva este pedido la necesidad de poder llevar adelante (en un futuro) el canje


de tierras con el Centro Tradicionalista Huiliches, por Lote 18 “n” de la Fracción 18 de una


superficie de 6.7064,71 m², que la firma San Cabao le cediera a la citada Institución. Dichas


tierras serán utilizadas para paliar el déficit de tierras, que existe en nuestra ciudad.-


Que, en vista de lo expuesto, este Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria de fecha


07/11/2018, se decide aprobar el presente proyecto de ordenanza.-


POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: DESAFÉCTASE: del Área del Parque Industrial de Junín de los Andes,


los siguientes inmuebles:


 Lote 1 de la Manzana 22B, por una superficie de 23.566,71 m².-


 Remanente Fracción II Chacra 22 Zona de Islas, cuya superficie definitiva surgirá de la
práctica de mensura.-




ARTÍCULO 2º: REMÍTASE: la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus


efectos.


ARTÍCULO 3º: Comuníquese. Publique. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


DIECIOCHO, CONSTA EN ACTA Nº 1986/18.-











LUCIANO CASAJUS LAURA ESTER RIFFO


SECRETARÍO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA