Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 800/2000
VISTO: El Expte. C.D. Nº 1553/00 de fecha 27/04/00 iniciado por el Departamento de
Tránsito y Transporte de la Municipalidad de Junín de los Andes, donde
solicita se reglamente a través de una Ordenanza la prohibición de estacionamiento en
calle Félix San Martín, a la altura del Colegio de Abogados y Procuradores de la IV
Circunscripción Judicial, en ambas manos, y;
CONSIDERANDO:
Que, dicho Departamento fundamenta su solicitud en razón de que a esa altura
se encuentra ubicada la salida de los colectivos de líneas que pasan por la Terminal de
Ómnibus de esta localidad, y permanentemente se observa el estacionamiento de
vehículos automotores de personas que concurren al Juzgado de Primera Instancia y al
mencionado Colegio de Abogados.-
Que, esto genera un serio peligro en dicho sector, ya que los micros que
prestan servicios de transporte públicos de pasajeros son de gran porte y cuando parten
desde la Terminal, por esa artería, deben realizar maniobras con mucho cuidado, con el
consiguiente riego de colacionar a los vehículos que se encuentran estacionados cerca
de la salida de la Plataforma.-
Que, por tal motivo el Departamento de Tránsito y Transporte del Municipio,
considera conveniente y a fin de evitar accidente, que se debe prohibir el
estacionamiento en esa zona.-
Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria del día 07/05/00 dispuso
por unanimidad reglamentar el estacionamiento en el sector mencionado.-
Que, esta determinación se adopta ante la necesidad de brindar seguridad a los
colectivos que necesitan espacio para maniobrar a la salida de la Terminal de Ómnibus
en función de sus dimensiones.-
Que, asimismo debe darse seguridad a los vehículos automotores particulares
que se estacionan en sentido Norte - Sur a mano derecha de la calle Félix San Martín, a
la altura de la salida de colectivos de la Terminal Ómnibus y principalmente a las
personas propietarias de los mismos.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA
CARTA ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SU ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57
INCISO “a”, EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE
LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA
DE:
OSCAR RAÚL ANDE YANINE M. G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA
- 02 -
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
ORDENANZA Nº 800/2000.-
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: PROHÍBASE el estacionamiento de vehículos automotores
particulares en la Calle Félix San Martín, a la altura Nº 485, en un todo
de acuerdo al croquis de parcelamiento confeccionado por el Departamento de Catastro
de la Municipalidad de Junín de los Andes, anexado a la presente, a fin de facilitar la
salida de colectivos de líneas de la Terminal de Ómnibus de Junín de los Andes.-
ARTÍCULO 2º: DETERMINASE que la Subsecretaría de Obras y Servicios
Públicos conjuntamente con el Departamento de Tránsito y Transporte
de la Municipalidad de Junín de los Andes, deberán demarcar y señalizar debidamente
la prohibición de estacionamiento vehicular, conforme lo reseñado en el Artículo 1º de
la presente.-
ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a
sus efectos.-
ARTÍCULO 4º: DESE a conocimiento público y amplia difusión por los medios
orales y escritos de la localidad y en forma especial elévese copia al
Juzgado de Primera Instancia de la IV Circunscripción Judicial Colegio de Abogados y
Procuradores de la IV Circunscripción Judicial, al Juzgado Municipal de Faltas, a la
Subsecretaría de Obras y Servicios Públicos y Departamento Tránsito y Transporte del
Municipio, a sus efectos.-
ARTÍCULO 5º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del
Neuquén (conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc.
c) de la Carta Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el
Artículo 66 de la misma.-
ARTÍCULO 6º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal
Oscar Raúl Ande.-
ARTÍCULO 7º: De forma.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,
PROVINCIA DEL NEUQUÉN, A LOS DIECISIETE DÍAS DEL MES DE MAYO
DEL AÑO 2.000, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 972/00.-
OSCAR RAÚL ANDE YANINE M. G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICE-PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA