1117 - 2003 Apruebase destinar lotes N° 20 y °22 para construcción de unidades habitacionales.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1117/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1117/2003



VISTO:
Expte. C.D. Nº 2764/03 que contiene Nota Nº 344/03 de fecha 30/10/2003, firmada por


el Sr. Secretario de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de


la Municipalidad de Junín de los Andes, M.M.O. Diego A. Marcovesky, referido a solicitud de


sanción de ordenanza que otorgue al Ejecutivo Municipal destinar dos de los diez Lotes


Municipales ubicados en la Manzana Nº 38 – F, y;


CONSIDERANDO:


Que, dichos lotes fueron cedidos por el Sr. Carlos Biorkman a la Municipalidad de Junín


de los Andes en Dación de pago de Tasas Retributivas, conforme convenio aprobado por


Ordenanza Nº 597/97 de fecha 26/11/97, según el siguiente detalle: Lote 3, Nomenclatura


Catastral Nº 13-20-045-1906; Lote 4, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2007; Lote 5,


Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2207; Lote 6, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2308;


Lote 7, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2508; Lote 18, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-


045-2410; Lote 19, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2210; Lote 20, Nomenclatura Catastral


Nº 13-20-045-2110; Lote 21, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-2009; y Lote 22,


Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-1809.-


Que, en el Artículo 5º de la citada Ordenanza se dispone que la Municipalidad destinará


exclusivamente los inmuebles citados a la construcción de DIEZ (10) unidades habitacionales, las


que serán financiadas a través de la Operatoria del Banco Hipotecario Nacional, cuya autorización


fuera otorgada mediante Ordenanza Nº 497/96 y su modificatoria 505/96 u otras viviendas de


similares características de igual fin social que así lo justifiquen.-


Que, los dos lotes solicitados, conforme croquis adjunto son: Lote 20, Nomenclatura


Catastral Nº 13-20-045-2110 y Lote 22, Nomenclatura Catastral Nº 13-20-045-1809.-


Que, conforme se informa en la Nota de referencia, los dos lotes antes mencionados, se


destinarán para la construcción de dos unidades habitacionales cuyos materiales han sido cedidos


al municipio mediante convenio suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el


Instituto Provincial de Vivienda y Urbanismo de Neuquén (Resolución Nº 00888/03 I.P.V.U.N.).-


Que, la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente,


expresa que, dada la importancia del avance que han tenido las relaciones institucionales entre el


municipio y la Administración de Parques Nacionales, con la posibilidad en los últimos años del


asentamiento de una oficina permanente de dicha Administración en la localidad; y evaluando el


hecho concreto de que el personal de Parques Nacionales debe trabajar en la zona y todos los días


volver a la ciudad de San martín de los Andes, se considera la alternativa de definir una vez


finalizada la construcción de las viviendas, la suscripción de un convenio de uso o similar, entre


ambas instituciones.-


Que, del mismo modo la mencionada Secretaría expone que dicho convenio no


condiciona bajo ningún concepto, la construcción de las viviendas, ni la disponibilidad de los


terrenos para su implantación, lo cual indica que oportunamente solo se deberá acordar la forma


legal de cesión de uso de los inmuebles.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES










Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº
1117/03


PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, conforme Despacho Nº 204/03 de la Comisión de Obras y Servicios Públicos,


Desarrollo Urbano y Medio Ambiente, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha


12/11/2003 resuelve autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a destinar los Lotes Nº 20,


Nomenclatura Catastral 13-20-045-2110, y Nº 22, Nomenclatura Catastral 13-20-045-1809,


correspondiente a los diez lotes Municipales de la Manzana 38-F, para construcción de dos


unidades habitacionales.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º y ARTÍCULO 57, INCISO a), CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A


ARTICULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a destinar los Lotes


Nº 20, Nomenclatura Catastral 13-20-045-2110, y Nº 22, Nomenclatura


Catastral 13-20-045-1809, correspondiente a los diez lotes Municipales de la Manzana 38-F, para


construcción de dos unidades habitacionales, cuyos materiales han sido cedidos al municipio


mediante convenio suscripto entre la Municipalidad de Junín de los Andes y el Instituto Provincial


de Vivienda y Urbanismo de Neuquén, según Resolución Nº 00888/03 I.P.V.U.N.-




ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, sus efectos.-


Promulgada remítase copia al I.P.V.U.N., y a la Secretaría de Obras y Servicios


Públicos, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente.-




ARTÍCULO 3º: PÚBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2, Inc. c) de la Carta


Orgánica Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-




ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente la Señora Secretaria Legislativa, Concejal Shuyay A. J.


del Río.-




ARTÍCULO 5º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUEN, A LOS DOCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL


TRES, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1148/03.-













SHUYAY A. J. DEL RÍO ÁNGEL C. HERRERA


SECRETARIA LEGISLATIVA VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES