Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 1923/2011
VISTO: El Expte. C.D. Nº 5334/11 de fecha 07/12/2010 iniciado por el Sr. Intendente Municipal,
Prof. Rubén E. Campos, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota Nº 650/10 de la Secretaría de Gobierno del 15/12/2010, se remite Nota
Nº 715/10 del 13/12/2010 de la Secretaria de Economía, se informa que el Ejecutivo Municipal se
cuenta con fondos disponibles dentro del marco de la Ley 2615, Artículo 6, para la compra de un
vehículo Ford Ranger o km., destinado a la Secretaría de Obras, Servicios Públicos y Planeamiento
Urbano.-
Que, por ello, se solicita se autorice por ordenanza específica la adquisición del vehículo
mencionado.-
Que, la Ley 2615 de “Renegociación de las Concesiones Hidrocarburíferas”, asigna parte de
los fondos que recibe la Provincia en concepto de Pago Inicial a los municipios.-
Que, los fondos asignados en esta Ley por el Artículo 6º serán administrados por la Empresa
Provincial Fiduciaria Neuquina S.A. y prevé la disponibilidad de fondos por parte del municipio para
encarar obras con fines urbanos y sociales de interés municipal y también de interés conjunto con la
Provincia.-
Que, conforme Despacho Nº 006/11 de la Comisión de Economía, este Concejo Deliberante
dispuso por unanimidad en Sesión Ordinaria de fecha 23/02/2011, autorizar un monto hasta
$ 150.000,00(Pesos ciento cincuenta mil), para la compra de vehículo, tipo camioneta 4x2, doble
cabina, 0 Km.; afectándose fondos del Art. 6 de la Ley Provincial Nº 2615.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal, un monto de hasta
$ 150.000,00 (Pesos ciento cincuenta mil), para la compra de un vehículo automotor,
tipo camioneta 4x2, doble cabina, 0 Km., afectándose fondos provenientes del Art. 6º Ley 2615 (según
Decreto Reglamentario 2124/08).-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Publíquese.
Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL NEUQUÉN,
A LOS VEINTITRES DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL ONCE, SEGÚN
CONSTA EN ACTA Nº 1540/11.-
LORENA CALFUQUEO CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIA LEGISLATIVA A/C VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA