Ordenanza N° 917 Ratifícase acuerdo de colaboración y cooperación internacional suscripto con la Universidad Politécnica de Valencia..pdf


Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 917/2001


VISTO: El Expte. Nº 2124/01 que contiene la Nota Nº 716/01 presentada por el Sr. Intendente


Municipal, Don Rubén Enrique Campos, donde remite a este Concejo Deliberante


Nota Nº 306/01 correspondiente al “Acuerdo de Colaboración y Cooperación Internacional”


de la Universidad Politécnica de Valencia por parte de la Coordinadora de Acciones en


Argentina y Chile, Vicerrectorado de la Fundación U.P.V. en la persona de la Lic. Graciela


Bianchini, y;


CONSIDERANDO:


Que, dicho Acuerdo es firmado por la Universidad Politécnica de Valencia con sede


en Valencia, en nombre y representación el Rector Magnifico Excmo. Sr. D. Justo Nieto Nieto


y por la otra parte las Municipalidades que componen la Región de Los Lagos, en donde


nuestra Ciudad forma parte; en la persona del Sr. Intendente Municipal, Prof. Rubén Enrique


Campos.-


Que, este Acuerdo establece en general vías no convencionales de colaboración


dirigidas a poner la concentración de medios materiales y humanos que posee cada entidad,


como elementos dinamizadores de la realidad socioeconómica regional.-


Que, en el mismo, se reconoce mutuamente como personas capaces para la


celebración del presente convenio, el cual se sujetan a las Cláusulas que forman parte de la


presente como Anexo I.-


Que, la Carta Orgánica Municipal en el Artículo 18 – Relaciones del Municipio - prevé


en su Inciso g) Realizar gestiones y celebrar acuerdos internacionales respetando las facultades


de los Gobiernos Nacional y Provincial.-


Que, dentro de la Atribuciones y Deberes fijados al Señor Intendente Municipal en el


Artículo 36 Inc. i) de nuestra Carta Orgánica Municipal autoriza a “Celebrar convenios con la


Nación, provincias, municipios, entes públicos o privados nacionales que tengan por fin


desarrollar actividades de interés para la comunidad local. Celebrar convenios con otras


naciones, comunas, entes públicos o privados extranjeros y organizaciones internacionales e


impulsar negociaciones con ellas, sin afectar la política exterior a cargo del gobierno federal ni


interferir con las competencias propias de la Provincia”.-


Que, la Carta Orgánica dentro del Título II – Desarrollo Productivo y Económico –


Capítulo I – Turismo – Declaración General, Artículo 172 se establece: “La Municipalidad de


Junín de los Andes reconoce que el turismo es una de las principales fuentes de crecimiento y


desarrollo de la comunidad”.-




Que, el Acuerdo de Colaboración y Cooperación Internacional de fecha 05/06/2001


es en marco general y que en su Cláusula III específica claramente: “La ejecución de las


modalidades de ejecución previstos en el presente acuerdo será objeto de convenios


específicos elaborados de común acuerdo entre las partes en los que figurarán el objeto de la


colaboración, plan de trabajo, los participantes y la financiación”.-













OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA








Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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Que, el Artículo 57 de la carta Orgánica Municipal Inc. “t”, expresa como atribución


del Concejo Deliberante ratificar o rechazar los convenios con la Nación, provincias,


municipios entes públicos o privados nacionales o internacionales, debiéndose en


consecuencia dictar la norma respectiva.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN


SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A:



ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE el Acuerdo de Colaboración y Cooperación Internacional


firmado en Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, en fecha 05 de junio


de 2001, entre la Universidad Politécnica de Valencia con sede en Valencia, Camino de Vera


S/Nº España con la firma de la Lic, Graciela Bianchini en nombre y representación del Rector


Magnífico Excmo. Sr. D. Justo Nieto Nieto y los Señores Intendentes de las Ciudades de


Aluminé, Damián Romero; Piedra del Águila, Jorge Baeza; San Martín de los Andes, Sergio


Schroh;, Villa Pehuenia, Raúl de Gregorio; Caviahue, Oscar Mansegosa; Villa la Angostura,


Roberto Cacault; Villa Traful, Eduardo Datoli; y Rubén Enrique Campos por la Ciudad de


Junín de los Andes.-


ARTÍCULO 2º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal para su


promulgación y a través del mismo envíese copia a la U.P.V., al Rector


Magnífico Excmo. Sr. D. Justo Nieto Nieto, a la Coordinación fijada en la Cláusula Quinta del


Acuerdo referenciado para el Municipio de Junín de los Andes en la Directora de Turismo


local, Lic. Michelle Eyherabide; debiéndose tener presente que todo tipo de convenio


específico debe ser aprobado por el Concejo Deliberante de esta Ciudad.-


ARTÍCULO 3º: PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén conforme


Cláusula Complementaria y Transitoria N° 2, Inc. c) de la Carta Orgánica


Municipal, y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la misma.-


ARTÍCULO 4º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Oscar Raúl


Ande.-


ARTÍCULO 5º: De forma.-


DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE


SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1041/01.-













OSCAR RAÚL ANDE YANINE M.G. BUAMSCHA
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE A/C
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA