1355 - Aprobar Convenio Pago deuda obra Concejo Deliberante Sr. Alejandro Fuentealba.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1355/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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O R D E N A N Z A Nº 1355/2006




VISTO: El Expte. C.D. Nº 2692 Folio 36 de fecha 30 de Julio del año 2003 y Expte. Nº 11539


Folio 36 de Fecha 29 Julio de año 2004, iniciados por el Señor Maestro Mayor de


Obras ALEJANDRO FUENTEALBA, sobre cobro de pesos adeudado de la Obra Museo


Concejo Deliberante, y;




CONSIDERANDO:




Que, la Obra en cuestión se suspendió luego de que se efectuara una denuncia penal


por presuntas irregularidades administrativas en la misma.-




Que, por Sentencia Judicial, de fecha 11/06/03 las partes involucradas fueron


sobreseídas, de responsabilidad alguna; en el orden Judicial.-




Que, habiéndose solicitado los informes respectivos a las áreas involucradas, todas


han manifestado la falta de documentación de la obra museo concejo deliberante, por haberlas


remitido oportunamente a la Justicia y no fueron devueltas por esta.-




Que, habiéndose consultado al Cuerpo de ediles, éste por mayoría en Sesión


Ordinaria de fecha 10/05/2006 da su beneplácito para que se realice el pago de lo adeudado al


Señor Alejandro Fuentealba (con la abstención del Sr. Concejal Miguel Ángel Guidali).-




Que, desde el Departamento Ejecutivo Municipal, se considera oportuno abonar la


cifra reclamada por el Señor Alejandro Fuentealba.-




Que, al no contar con partida en el presupuesto anual vigente para hacer frente a esta


erogación se cree oportuno la disposición de fondos de la Partida Presupuestaria Rubro 1-10-


06-0000-000000-11-001 (Amortización de Deuda) bajo la denominación de deuda flotante.-




Que, con la finalidad de acordar entre las partes involucradas (Municipalidad de


Junín de los Andes – Señor Alejandro Fuentealba), y de esta manera no llegar a una instancia


judicial se elabora un acuerdo de pago y se pone a consideración del Concejo Deliberante.-




POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS 56 Y 57 Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN ORDINARIA


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


















Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1355/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ARTÍCULO 1°: AUTORÍZASE al Señor Intendente Municipal a suscribir el Acuerdo Pago


con el Señor Alejandro Fuentealba por la suma de pesos cincuenta y ocho


mil doscientos treinta y cuatro con treinta y cuatro centavos ($ 58.234,34), los cuales serán


abonados conforme a Convenio que integra la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°: FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo Municipal que a través de la


Secretaría de Economía y Hacienda, afectar de la partida presupuestaria


rubro 1-10-06-0000-000000-11-001 (Amortización de Deuda) bajo la denominación de deuda


flotante la suma enunciada en el Artículo 1°.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-


Promulgada que fuere remítase copia al interesado.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


(Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-


ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente, en carácter protocolar, el Sr. Secretario Legislativo,


Concejal Miguel Ángel Guidali.-


ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES GENERAL JOSE DE SAN MARTÍN DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES,


PROVINCIA DEL NEUQUEN, A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO


DOS MIL SEIS, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1277/06.-















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES






Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1355/06.-
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante


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ANEXO I – ORDENANZA Nº 1355/2006



C O N V E N I O D E P A G O




Entre la MUNICIPALIDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, representada en este acto por el


Señor Intendente Municipal a cargo, Dn ÁNGEL C. HERRERA y…………………………..


………………………………………………….., en adelante “LA MUNICIPALIDAD”, con


domicilio en la calle Ginés Ponte N° 504 de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, por


una parte y por la otra el Sr. Alejandro E. Fuentealba, con DNI Nº 16.702.777, domiciliado


en la Localidad de Junín de los Andes, Provincia del Neuquén, en adelante denominado


“BENEFICIARIO”, convienen en celebrar el presente “CONVENIO DE PAGO” sujeto a


las siguientes cláusulas y condiciones a saber:----------------------------------------------------------


PRIMERA: LA MUNICIPALIDAD reconoce adeudar, al “BENEFICIARIO” la suma de


pesos CINCUENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO, CON


TREINTA Y CUATRO, ($ 58.234,34), Monto omni comprensivo de capital, intereses,


gastos Daños y Perjuicios, derivados del no pago en tiempo y forma de las obras realizadas


por el “BENEFICIARIO”, según se detalla en el Expte. De marras N° 2692, Folio 36, de


fecha 30/07/2003, dada la orden Judicial emanada del Expte. N° 12.343, Folio 85, Año 1998,


y Expte. N° 15.631, Folio 4, Año 2001, “Fuentealba Alejandro Efraín S/ Falsedad Ideológica


de Documento y Abuso de Autoridad”.- El “BENEFICIARIO” acepta, de Plena conformidad


el monto y la forma de pago descripta en el Artículo siguiente, en forma lisa y llana, no


efectúa reservas de ningún tipo o índole, sobre los rubros o menoscabos enunciados o no


enunciados, o contemplados en el presente, acepta por tanto de plena conformidad lo dado en


pago, dejando expresa constancia de la satisfacción de su crédito respecto de éste Municipio.--


SEGUNDA: La forma de pago Convenida y acordado por las partes es la siguiente, 19


(Diecinueve) cuotas iguales y consecutivas de ($2.950,00) Dos Mil Novecientos cincuenta


pesos y 1 (Una) cuota de ($2.184,34) de Dos Mil Ciento Ochenta y cuatro con treinta y cuatro


centavos - Pagaderas del 05 al 10 de cada mes calendario, en forma continua e ininterrumpida,


hasta su finalización.----------------------------------------------------------------------------------------


TERCERA: El presente “Convenio de Pago”, es muestra de la plena conformidad


otorgada por el Concejo Deliberante Local, quien ratifica lo acordado en la expresión


bilateral.------------------------------------------------------------------------------------------------------


CUARTA: Las partes convienen y fijan domicilios Legales, válidos para todas las


notificaciones en los arriba enunciados, los que perduraran hasta tanto no sea notificado su


cambio de modo fehaciente a la contraparte.-------------------------------------------------------------


QUINTA: “LA MUNICIPALIDAD”, a través de la firma del presente extingue toda


acción o derecho, que detente el “BENEFICIARIO”, respecto de los montos adeudados


en los conceptos ya referenciados, siendo el actual “Convenio” autosuficiente y muestra


de la cancelación total por todo concepto, antes mencionada.------------------------------------


SEXTA: Las partes se someten en caso de divergencia en la interpretación del “CONVENIO


DE PAGO” a la Jurisdicción y Competencia de los Tribunales Ordinarios de Junín de los


Andes, renunciando a todo otro fuero o Jurisdicción que les pudiera corresponder.---------------


Así, de plena conformidad se firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en


Junín de los Andes, a los...... días del mes de Mayo del año 2006.-----------------------------------