ORDENANZA Nº 2861/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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O R D E N A N Z A Nº 2861/2018
VISTO: El Expte. C.D. Nº 9937/18 de fecha 07/11/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo
Municipal, el cual contiene Convenio de Utilización de Fondos – Programas Salud en el
Territorio – Municipios Saludables – Municipio de Junín de los Andes y Ministerio de Salud de
la Provincia de Neuquén, suscripto en fecha 30 de agosto de 2018, en el marco del Acuerdo
Territorial por la Salud Colectiva y Protocolos Específicos I y II, y;
CONSIDERANDO
Que, la Cláusula primera del citado Convenio establece que con el propósito de actuar
articuladamente y lograr el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles, y la
crecimiento integración de los niveles provinciales y municipales, El Ministerio se compromete a
realizar la erogación por un monto de $ 100.000,00, en concepto de fondos no reintegrables, con
los alcances previstos en el presente convenio. Los mismos corresponden al reembolso por el
cumplimiento y aprobación de los requisitos técnicos definidos por la Dirección General de
Municipios y Comunidades Saludables, que el Ministerio de Salud de la Provincia, en su rol de
garante final de la salud de la población, viene desarrollando en el marco de la Estrategia de
Municipios y comunidades saludables, que en dicho contexto, se formuló el mencionado
Programa.-
Que, en la Cláusula Segunda se establece el listado en el cual el Municipio podrá utilizar
los fondos mencionados en la Cláusula Primera.-
Que, el objetivo de este aporte es fortalecer la labor de la Mesa de Trabajo Intersectorial,
que implementa a nivel municipal intervenciones de base poblacional focalizadas en la
promoción de estilos de vida saludables.-
Que, en el Artículo 142 de la Carta Orgánica Municipal se prevé: “La Municipalidad de
Junín de los Andes apoyará y concertará programas de prevención y educación para la salud y
facilitará el cumplimiento de los planes provinciales y nacionales preventivos y de atención
primaria, en especial los referidos a las enfermedades prevalentes.”
Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,
en su Artículo 57, Inc., “t”, y el Despacho Nº 081/18 de la Comisión Interna de Labor
Legislativa, resuelve en Sesión Ordinaria de fecha 14/11/2018, ratificar el Convenio referenciado
y la apertura de la partida presupuestaria correspondiente, con el dictado de la norma legal
respectiva.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
ORDENANZA Nº 2861/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO
DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN
ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Utilización de Fondos – Programas Salud
en el Territorio – Municipios Saludables – Municipio de Junín de los
Andes y Ministerio de Salud de la Provincia de Neuquén, suscripto en fecha 30 de agosto de
2018, el cual consta de Siete (7) Cláusulas y corre agregado a la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el
Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2018,
Ordenanza Nº 2760/2017, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los
fondos provenientes del convenio ratificado en Artículo 1º de la presente.-
ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una
vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente al Ministerio de
Salud de la Provincia del Neuquén.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA
DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1987/18.-
RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES