2861 - 18 Ratificar Convenio Utilización Fondos-Programas Salud en el Territorio Municipios Saludables Municipio Junín de los Andes.pdf

ORDENANZA Nº 2861/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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O R D E N A N Z A Nº 2861/2018



VISTO: El Expte. C.D. Nº 9937/18 de fecha 07/11/2018 iniciado por el Departamento Ejecutivo


Municipal, el cual contiene Convenio de Utilización de Fondos – Programas Salud en el


Territorio – Municipios Saludables – Municipio de Junín de los Andes y Ministerio de Salud de


la Provincia de Neuquén, suscripto en fecha 30 de agosto de 2018, en el marco del Acuerdo


Territorial por la Salud Colectiva y Protocolos Específicos I y II, y;




CONSIDERANDO




Que, la Cláusula primera del citado Convenio establece que con el propósito de actuar


articuladamente y lograr el máximo aprovechamiento de los recursos disponibles, y la


crecimiento integración de los niveles provinciales y municipales, El Ministerio se compromete a


realizar la erogación por un monto de $ 100.000,00, en concepto de fondos no reintegrables, con


los alcances previstos en el presente convenio. Los mismos corresponden al reembolso por el


cumplimiento y aprobación de los requisitos técnicos definidos por la Dirección General de


Municipios y Comunidades Saludables, que el Ministerio de Salud de la Provincia, en su rol de


garante final de la salud de la población, viene desarrollando en el marco de la Estrategia de


Municipios y comunidades saludables, que en dicho contexto, se formuló el mencionado


Programa.-




Que, en la Cláusula Segunda se establece el listado en el cual el Municipio podrá utilizar


los fondos mencionados en la Cláusula Primera.-




Que, el objetivo de este aporte es fortalecer la labor de la Mesa de Trabajo Intersectorial,


que implementa a nivel municipal intervenciones de base poblacional focalizadas en la


promoción de estilos de vida saludables.-




Que, en el Artículo 142 de la Carta Orgánica Municipal se prevé: “La Municipalidad de


Junín de los Andes apoyará y concertará programas de prevención y educación para la salud y


facilitará el cumplimiento de los planes provinciales y nacionales preventivos y de atención


primaria, en especial los referidos a las enfermedades prevalentes.”




Que, este Concejo Deliberante conforme lo establecido en la Carta Orgánica Municipal,


en su Artículo 57, Inc., “t”, y el Despacho Nº 081/18 de la Comisión Interna de Labor


Legislativa, resuelve en Sesión Ordinaria de fecha 14/11/2018, ratificar el Convenio referenciado


y la apertura de la partida presupuestaria correspondiente, con el dictado de la norma legal


respectiva.-


































RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES




ORDENANZA Nº 2861/18.-
Municipalidad de Junín de los Andes


PROVINCIA DEL NEUQUÉN


Concejo Deliberante




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POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGÁNICA MUNICIPAL, EN SUS ARTÍCULOS 56º Y 57º Inc. “a”, EL CONCEJO


DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESIÓN


ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A




ARTÍCULO 1º: RATIFÍCASE: el Convenio de Utilización de Fondos – Programas Salud


en el Territorio – Municipios Saludables – Municipio de Junín de los


Andes y Ministerio de Salud de la Provincia de Neuquén, suscripto en fecha 30 de agosto de


2018, el cual consta de Siete (7) Cláusulas y corre agregado a la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE: al Departamento Ejecutivo Municipal a incorporar en el


Presupuesto General de la Administración Municipal Ejercicio año 2018,


Ordenanza Nº 2760/2017, la Partida Presupuestaria de Ingresos y Egresos correspondiente a los


fondos provenientes del convenio ratificado en Artículo 1º de la presente.-




ARTÍCULO 3º: Remítase la presente al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos. Una


vez promulgada, por su intermedio envíese copia de la presente al Ministerio de


Salud de la Provincia del Neuquén.-




ARTÍCULO 4º: Comuníquese. Publíquese. Cumplido. Archívese.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSÉ DE SAN MARTÍN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNÍN DE LOS ANDES, PROVINCIA


DEL NEUQUÉN, A LOS CATORCE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS


MIL DIECIOCHO, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1987/18.-
















RUTH ELIZABETH SIVORI IGNACIO ENRIQUE FLORES
A/C DE SECRETARÍA LEGISLATIVA PRESIDENTE


CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES