1373 - Aprobar Pliegos Concesión Confitería Centro de Turismo.pdf


Municipalidad de Junín de los Andes ORDENANZA Nº 1373/06.-
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O R D E N A N Z A Nº 1373/2006




VISTO: El Expte. Nº 2497/06 de fecha 06/07/2006 del registro del Departamento Ejecutivo


Municipal, enviado a este Concejo Deliberante por Nota Nº 332/06 de fecha


07/07/2006, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante el mismo se remite para su tratamiento y efectos PLIEGO DE


CLÁUSULAS GENERALES Y PARTICULARES, correspondientes al Concurso de Ofertas


Nº 001/06, que tiene por objeto “LA “CONCESIÓN DE LA EXPLOTACIÓN COMERCIAL


DE LA CONFITERIA CENTRO DE TURISMO”, bajo la categoría de Bar temático, dirigido


a personas físicas y jurídicas con domicilio legal en la localidad.-




Que, la Carta Orgánica Municipal bajo el título ATRIBUCIONES Y DEBERES,


Artículo 57, se determina: “Serán atribuciones y deberes del Concejo Deliberante:...Inc. p)


Aprobar los pliegos de bases y condiciones de las licitaciones para las concesiones y/o


locaciones de obras y servicios públicos y aprobar su adjudicación”.-




Que, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria de fecha 12/07/2006, resuelve


por unanimidad aprobar el Pliego en cuestión con modificaciones, conforme lo establecido en


Despacho Nº 019/06 de fecha 11/07/2006.-




POR ELLO Y EN EL USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA


ORGANICA MUNICIPAL, ARTICULO 56 Y ARTICULO 57 Inc. a) EL CONCEJO


DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO EN SESION ORDINARIA,


SANCIONA CON FUERZA DE:




O R D E N A N Z A



ARTÍCULO 1º: APRUÉBASE el PLIEGO DE CLAUSULAS GENERALES Y


PARTICULARES, correspondiente al llamado a CONCURSO DE


OFERTAS Nº 001/06, para la concesión con el fin de explotación comercial de la


“CONFITERIA CENTRO DE TURISMO”, dirigido a personas físicas o jurídicas con


domicilio legal en la localidad.-















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


CONCEJO DELIBERANTE PRESIDENTE CONCEJO DELIBERANTE


JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES


























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ARTÍCULO 2: AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar el llamado a


CONCURSO DE OFERTAS respectivo de acuerdo a lo establecido en el


Pliego citado precedentemente.-




ARTÍCULO 3º: COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos.-




ARTÍCULO 4º: DESE a publicidad en el Boletín Oficial de la Provincia del Neuquén


Conforme Cláusula Complementaria y Transitoria Nº 2 Inc. “c” de la Carta


Orgánica Municipal), y oportunamente cúmplase con lo normado en el Artículo 66 de la


misma.-




ARTÍCULO 5º: Refrendará la presente el Señor Secretario Legislativo, Concejal Miguel


Ángel Guidali.-




ARTÍCULO 6º: De forma.-




DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL


CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL


NEUQUEN, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL SEIS,


SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1288/06.-















MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


SECRETARIO LEGISLATIVO VICEINTENDENTE


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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES


CLAUSULAS PARTICULARES


EXPEDIENTE Nº…………………


MODALIDAD DE CONTRATACION:
“CONCURSO DE OFERTAS Nº 001/2006”




Artículo.1: El presente Concurso de Ofertas Nº 001/06, tiene por objeto la “LA CONCESION


DE LA EXPLOTACION DE LA CONFITERIA CENTRO DE TURISMO”, bajo la categoría de


Bar temático, dirigido a personas físicas y jurídicas con domicilio legal en la localidad:


Artículo 2: Explotación comercial de la Confitería “Centro de Turismo
Los lineamientos básicos a considerar en este ítem son los siguientes:


Horario de atención mínima obligatoria: de 07.00 a 24.00; de lunes a lunes los 365 días


del año.


Plazo de Cierre: se podrá autorizar el cierre del local comercial solo para refacciones


que así lo ameriten. Las autorizaciones se tramitarán en la Subsecretaría de Turismo y deberá


contar con la aprobación de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos cuando así


correspondiere.-


Servicios Complementarios: una vez al mes mínimo podrá ofrecer espectáculos


conforme a ordenanzas vigentes.-


Artículo 3: Explotar y realizar mejoras de equipamiento o infraestructura turística.


Mobiliario:


 Estilo: rústico de madera con estilo regional.-


 Materiales autorizados: de primera calidad.


Inmobiliario:


 Toda mejora edilicia que se realice en el local deberá ser autorizada por la


Secretaría de Obras y Servicios Públicos, el concesionario las ejecutará por su cuenta,


quedando las mejoras en beneficio del Municipio sin derecho a reclamar indemnización


alguna.


 Se deberá tener en cuenta al momento de la apertura de las puertas al público


que el mencionado local cumpla con las medidas de seguridad vigentes.-


Artículo 4: Explotación de servicios turísticos:


Ambientación del local: los temas que se deberán considerar son los siguientes: Cultura













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Mapuche, Caza y Pesca, Turismo Alternativo (cabalgata, andinismo, entre otros),


Turismo Religioso, Parque Nacional Lanín.


Menú: deberá considerar en el menú platos elaborados con productos regionales.


Artículo.5: PLAZO DE DURACION DE LA CONCESIÓN: cinco (5) años desde la firma del


contrato con opción a tres (3) años más cuya prórroga será evaluada de común acuerdo.-


Artículo.6: CANON: El canon mínimo a ofertar por mes será de pesos dos mil con 0/100. ($


2.000.-) El canon fijado será indexado cada dos (2) años de común acuerdo conforme a las


leyes vigentes en la materia.-


Artículo.7: PERIODO DE GRACIA: se establece en tres (3) meses de canon.


Artículo.8: FORMA DE PAGO MENSUAL: La forma de pago se efectuará en la Dirección de


Tesorería e Ingresos, área de Recaudaciones, sito en la calle Gines Ponte 504 de contado en


efectivo, del 1 al 10 de cada mes, por adelantado.


Artículo.9: MANTENIMIENTO DE OFERTA: El plazo de mantenimiento de oferta será de


30 días corridos a partir de la fecha de apertura de sobres.


Artículo.10: ADJUDICACION: a estos fines se dará mayor preferencia a las propuestas que


se adjuntan a las condiciones básicas de la licitación, analizando las propuestas más


completas en lo referido a equipamiento, infraestructura, horarios de atención y servicios en


función de un mayor aprovechamiento y desarrollo de la actividad de explotación comercial


de la Confitería, la que de todas formas estará permanentemente auditada por la


Subsecretaría de Turismo para que cumpla con un horario de atención al público y calidad de


ser.


Una vez que se firme la adjudicación, la interposición de cualquier recurso contra la misma


no impedirá la ejecución del acto administrativo dictado, en un todo de acuerdo a la ley de


procedimientos administrativos de la provincia del Neuquén.


La adjudicación podrá tener lugar aun cuando solo se hubiere presentado una sola oferta al


llamado.


Artículo.11: DE LA SUBLOCACIÓN: De ninguna manera el CONCESIONARIO podrá


ceder, subarrendar, transferir, constituir comodato o realizar cualquier otro tipo de contrato a


favor de terceros en todo o en parte de los derechos que le da el presente contrato.













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


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Artículo.12: DE LA ENTREGA, CONSERVACIÓN Y REPARACIÓN DE LOS BIENES


PROPIEDAD DEL MUNICIPIO: Al efectuarse la entrega al concesionario, de los distintos


bienes de propiedad de la Municipalidad, se labrará un acta en la que se dejará constancia de


la conformidad u observaciones respecto del estado de los mismos.


Artículo.13: IMPUESTOS, TASAS y SERVICIOS: estarán a cargo del concesionario.


Artículo.14: APLICACIÓN DE MULTAS: en caso de incumplimiento por parte del


concesionario a las cláusulas del presente pliego dará lugar a la aplicación de multas por


parte de la Municipalidad, determinada por la Secretaria de Economía y Hacienda de


acuerdo al grado de incumplimiento establecido por la Comisión de Seguimiento, Control de


Contratos y Concesiones Municipales.


Artículo.15: RESOLUCION CONTRACTUAL: en los casos de incurrir el adjudicatario en el


incumplimiento de las obligaciones a raíz de la Concesión, la Municipalidad podrá declarar


la rescisión de la Concesión debiendo restituirse la posesión y tenencia de los bienes, ante el


solo requerimiento y en las condiciones previstas en el pliego de Concesiones. Además la


Municipalidad podrá rescindir el contrato, sin derecho a indemnización ni reclamo alguno


valiéndose de los elementos legales para el caso, cuando:


 Transfiera la concesión total o parcialmente,


 Si el concesionario cerrare sin autorización y comunicación fehaciente a la


Municipalidad,


 En general cuando se probase el incumplimiento reiterado de las cláusulas del


presente pliego de condiciones y así lo considere necesario la Comisión de


Seguimiento, Control de Contratos y Concesiones Municipales.


En caso de rescisión del contrato por las causas alegadas precedentemente, la Municipalidad


podrá exigir la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados, además del cobro de las


multas, las que podrán ejecutarse en forma independiente por vía ejecutiva, sirviendo de


título la constatación del incumplimiento, y el presente pliego.


El concesionario tendrá un plazo de diez (10) días corridos para el correspondiente


desalojo y entrega del establecimiento.-













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


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PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES


CLAUSULAS GENERALES


EXPEDIENTE Nº…………………


MODALIDAD DE CONTRATACION:
“CONCURSO DE OFERTAS Nº 001/2006”




Artículo.1: La Municipalidad de Junín de los Andes invita a las firmas interesadas a presentar
ofertas para “LA CONCESION DE LA EXPLOTACION DE LA CONFITERIA CENTRO DE
TURISMO”sito en la calle Padre Milanesio 590, de la ciudad de Junín de los Andes, según
Especificaciones Técnicas detalladas en las Cláusulas Particulares que forman parte del
presente Llamado.


Artículo.2: Regirán para la presente contratación lo dispuesto por Ley de Administración
Financiera y Control de la Provincia del Neuquén 2141- Reglamento de Contrataciones -
Anexo II- Decreto Nº 2758- Pliego de Bases y Condiciones y su modificatoria según Decreto
Provincial Nº 1871/04 del 31 de Agosto de 2004.


Artículo.3: La presentación de las ofertas implica el conocimiento, aceptación y sometimiento
a toda la normativa mencionada en el Artículo 2° y las disposiciones en ellas contenidas. La
documentación citada estará a disposición de los proveedores interesados en la Secretaría de
Economía y Hacienda y/o la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana dependientes del
Gobierno Municipal de la Ciudad Junín de los Andes sito en la calle Ginés Ponte 504 de la
Ciudad de Junín de los Andes. O Internet en la siguiente dirección
http://www.norpatagonia.com/leyes/prov/2141.htm.-


Artículo.4: El pliego de Bases y Condiciones se encuentra regido por: Cláusulas Generales y
Cláusulas Particulares.


Artículo.5: Se establece que la venta de los Pliegos de Bases y Condiciones con sus Cláusulas
Generales y Particulares, se efectuará a través de la Dirección General de Ingresos Públicos,
dependiente de la Secretaría de Economía y Hacienda ubicado en el Palacio Municipal, sito
en la calle Ginés Ponte 504, en horario de 8:30 a 13:30 Hs. de lunes a viernes, y su costo será
de PESOS CIENTO CINCUENTA CON 0/100 ($ 150.-)


Artículo.6: Hasta cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha fijada para la apertura del
Concurso quienes posean el Pliego de Bases y Condiciones, podrán solicitar por escrito a la
Subsecretaría de Turismo, las consultas que estimen convenientes.


6.1 La respuesta al pedido de aclaración o consulta, constituirá la única interpretación válida
del pliego sobre el tema a que se refiere la misma y surtirá efectos respecto de todos los
adquirentes, quienes no podrán alegar desconocimiento del tema. Cuando se entregue una
aclaratoria al Pliego Original (que amerite formalidad) con posterioridad a estas aclaraciones,
una copia de las mismas se remitirá al resto de los invitados (y de acuerdo a su relevancia se
cumplimentará con la pertinente publicación).


6.2 Las disposiciones generales de éste artículo se aplicará a todas las aclaraciones que la
Municipalidad formula de oficio (que ameriten formalidad).













MIGUEL ÁNGEL GUIDALI CARLOS A. CORAZINI


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Artículo. 7: REQUISITOS Y FORMA DE LA PRESENTACION: Las propuestas serán
presentadas por duplicado en sobre cerrado hasta el día y horas indicados en el presente
pliego, en el que se consignará exclusivamente, en sobre sin otra identificación que la
señalada a continuación:




















Artículo.8: Las propuestas deberán ser preferentemente escritas en computadora y deberán
ser rubricadas en todas sus fojas por el proponente.


Artículo.9: La Municipalidad de Junín de los Andes, tendrá la facultad de prorrogar el plazo
para la presentación de las ofertas, a fin de dar a los posibles oferentes tiempo razonable para
la preparación de las mismas, en caso de realizarse enmiendas al pliego, que impliquen
modificaciones sustanciales.


Artículo 10: Todos los posibles oferentes serán notificados por escrito o mediante fax, etc. de
las enmiendas que realice la Municipalidad de Junín de los Andes, las que serán de
cumplimiento obligatorio para los oferentes, y que estará auditada por la Subsecretaría de
Turismo.-.


Artículo.11: DEL CONTENIDO DE LA OFERTA: Las ofertas deben ajustarse a los Pliegos,
requisito sin el cual no podrán ser aceptadas.


Artículo.12: No se aceptarán ofertas inferiores “Alternativas o Suplementarias” en aquellos
casos en que no se cotice la oferta “Básica o principal” ajustada a la base.


Artículo.13: DEL CANON: El canon mínimo a ofertar por mes será de pesos dos mil con
0/100. ($ 2.000.-) por mes. El canon fijado será indexado cada dos (2) años, conforme a las
leyes vigentes al respecto.-


Artículo. 14: PERIODO DE GRACIA: se establece en tres (3) meses.


Artículo.15: DE LA GARANTIA PRECONTRACTUAL: Toda oferta deberá ser
“garantizada” con un pagaré sin protesto equivalente al 10% del total de la oferta. De
presentarse “ofertas alternativas superadoras”, se deberá afianzar la oferta mayor. A todas
aquellas personas físicas o jurídicas que no hubieren sido adjudicados con el presente
llamado a Concurso se les devolverá el pagaré presentado. La garantía de la oferta se
efectuará en pesos argentinos.













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Padre Milanesio 590 - 8371 – Junín de los Andes


Expediente: .


Concurso de Ofertas Nº 001/06 – Concesión de la Explotación de la Confitería
Centro de Turismo


Fecha de apertura: ……. de julio 2006 - 09:00hs


Lugar: Padre Milanesio 590 Subsecretaria de Turismo


Plazo de entrega ofertas: …./07/2006 - 12:00hs





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Artículo.16: DE LOS PLAZOS: Al vencimiento del plazo fijado para el mantenimiento de
oferta, ésta caducará previéndose una prórroga automática en favor de la Municipalidad de
Junín de los Andes, cuando “en la tramitación respectiva se formulara algún tipo de
impugnación o imputación”, en cuyo caso el plazo de mantenimiento de las propuestas se
considerará automáticamente ampliado en cinco (05) días corridos.


Artículo.17: IMPUESTO DE SELLOS: Se deberá cumplimentar ante la Dirección Provincial
de Rentas el sellado de ley del Pliego en cada una de las fojas.


Artículo.18: DE LA DOCUMENTACION ANEXA A LA PROPUESTA:


a) Datos personales del o los oferentes:


Cuando se trate de Sociedades: copia certificada, ante Escribano Público del acta de
disposición como participación de la sociedad en el concurso y el Contrato o
Estatuto social.


b) Pliego de Bases y Condiciones de la presente operación con el correspondiente
sellado de Ley; firma en todas sus fojas por quien tenga poder para hacerlo, con
aclaración de firma y número de documento. (En prueba de conocimiento y
aceptación de todas sus cláusulas, artículos e incisos).


c) Deberá presentar la aceptación (mediante formulario de Declaración Jurada) de la
IVº Circunscripción Judicial de la Ciudad de Junín de los Andes, como jurisdicción
formal de la justicia ordinaria, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción.


d) Garantía de la oferta con un pagaré sin protesto equivalente al 10% del monto de la
oferta mayor.


e) En caso de ser una sociedad Fotocopia de Poder – General o Especial para suscribir
documentos- otorgado por ante Escribano Público.


f) Certificado de buena conducta.


g) Referencias bancarias.


h) Solo se exigirá en caso de ser pre-adjudicatario del presente llamado a Concurso la
siguiente documentación:


i) Certificado fiscal para contratar extendido por la AFIP DGI


ii) Certificado fiscal para contratar extendido por Dirección Provincial de Rentas.


iii) Libre deuda Municipal


iv) Libre deuda Contravencional.


Artículo.19: INHABILITADOS PARA OFERTAR: No podrán concurrir a la presente
Licitación:


 Los deudores morosos y evasores impositivos o del régimen de seguridad social,
declarados por autoridad competente.


 Los que se encuentren inhabilitados para participar en concursos de precios y
licitaciones como consecuencias de sanción recaída con motivo de anteriores
concursos de precios y licitaciones o adjudicaciones, sin que medie rehabilitación;













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 Los agentes de los servicios del Estado Nacional, Provincial o Municipal o los que
hayan sido separados de su cargo por exoneración;


 Los que se hallen en estado de convocatoria de acreedores, quiebras o liquidación sin
quiebra y/o concurso civil;


 Los interdictados judicialmente que se encuentren embargados o detenten medidas
cautelares sobre sí o sobre su patrimonio


 Los incapaces para contratar según lo dispuesto por la legislación común.


Los que por disposición legal expresa, estuvieren inhabilitados para ofertar.


Artículo.20: CAUSALES DE RECHAZO DE LAS OFERTAS EN EL ACTO DE APERTURA
Las causales de rechazo de las ofertas en el acto de apertura son las siguientes:


a) Falta de garantía de la oferta.


b) Falta de firma del proponente en la documentación (al pié de todas las hojas que
conforman el presente Pliego de Bases y Condiciones de Cláusulas Generales y de las
Cláusulas Particulares, en prueba fehaciente de conocimiento y aceptación de las mismas)


Artículo.21: SANCIONES: Será de aplicación lo dispuesto en el Art. 71º y
concordantes del Reglamento de Contrataciones- Anexo II Decreto Nº 2758/95 de la
Ley de Administración Financiera y Control 2141 de la Provincia del Neuquén,
cuando así correspondiera.


Artículo.22: DEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: El contrato se considerará cumplido
cuando finalice el período establecido en las cláusulas particulares y acredite el pago de los
cánones correspondientes a dicho período, impuestos, tasas y servicios que graven el
inmueble.


Artículo.23: GARANTIA DEL CONTRATO: el adjudicatario deberá presentar en un plazo
de 05 días hábiles desde la fecha de notificación un Seguro de Caución a favor de la
Municipalidad de Junín de los Andes equivalente al canon anual ofrecido, renovable
anualmente mientras dure la Concesión.


Artículo.24 APERTURA DE LAS OFERTAS: Las propuestas serán abiertas en la
Subsecretaria de Turismo sito en la calle Padre Milanesio 590 de Junín de los Andes, en día y
hora establecidos, en presencia de representantes de la Comisión de Preadjudicación y de los
interesados que concurran labrándose el acta respectiva.


Artículo.25: LA COMISIÓN DE PREADJUDICACIÓN:


25.1 Su designación se regulara emitiendo la pertinente Norma Legal (Resolución) del
Departamento Ejecutivo.


25.2 Cumpliendo y haciendo cumplir lo establecido en el Art. 39º del Reglamento de
Contrataciones de la Ley de Administración Financiera y Control 2141.


25.3 Evaluará el contenido de la oferta y determinará su admisibilidad si correspondiere.


25.4 a) Las propuestas declaradas admisibles se preadjudicarán en función de:













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a1) Antecedentes del oferente, generales y en la actividad.


25.5 La preadjudicación realizada por la Comisión será aprobada por Resolución del
Departamento Ejecutivo.


25.6 Todos los oferentes están obligados a suministrar la información adicional que se
considere pertinente, a solicitud de la comisión de preadjudicación pero de ningún modo las
propuestas y sus presentaciones podrán ser modificadas. Se establece que la presentación
incompleta, o fuera de los plazos otorgados, conforme a exigencias expresadas en cada caso,
tendrán como consecuencia la desestimación del oferente, con pérdida de la garantía.


Artículo.26: La Municipalidad de Junín de los Andes se reserva el derecho de rechazar las
ofertas, antes de notificar la adjudicación, sin expresión de causa, y sin que los oferentes
tengan derecho a reclamo de ningún tipo, inclusive por daños y perjuicios.
También podrá rechazar de inmediato a su sola discreción sin derecho de reclamo alguno de
los oferentes, las ofertas que incurran en las siguientes faltas:


26.1 Contengan enmiendas, tachaduras o correcciones en partes del texto y no se
hayan salvado.


26.2 Haya sido suscripta por personas apremiadas como deudores morosos del Fisco
Nacional, Provincial o Municipal.


26.3 Se encuentran condicionadas o se aparten de las bases de contratación del
presente pliego y sus anexos,


26.3 Que no estén firmadas junto con el pliego en todas sus fojas,


26.4Cuando no vengan acompañadas de la garantía respectiva;


26.5 Las que presentadas por personas jurídicas y no acompañen el contrato o los
estatutos respectivos.




Artículo.27: La Municipalidad emitirá fundamentos por escritos de la decisión en cuanto a la
adjudicación y se reserva el derecho de aceptar la oferta más conveniente.


Artículo.28: Si la Municipalidad de Junín de los Andes considerara de interés alguna de las
ofertas con elementos o condiciones omitidas, deberá intimar al oferente para su
cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles en caso de incumplimiento se los tendrá por
desistido.




Artículo.29: ANULACIÓN DEL CONCURSO: la Municipalidad de Junín de los Andes se
reserva el derecho de dejar sin efecto el presente llamado a Concurso sin expresión de causa,
en cualquier momento anterior a la notificación de la adjudicación, sin que ello de lugar a
indemnización alguna a los oferentes.


Artículo.30: La Comisión Preadjudicación, deberá reunirse dentro de los tres (3) días hábiles
posteriores al acto licitatorio y establecer los oferentes seleccionados.


Artículo.31: La selección se realizará en aquellas ofertas que equiparen o superen el nivel
mínimo de exigencias del pliego.


Artículo.32: Dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores de efectuada la selección, se
efectuará la preadjudicación, ésta se instrumentará mediante dictamen o resolución fundada
de la Comisión.













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Artículo.33: La Comisión en su función de Preadjudicación y a los efectos de determinar la
oferta más conveniente considerará conjuntamente con los antecedentes analizados, toda la
información complementaria que considere de interés estando obligados a suministrarla en
caso de que se le requiera. La Comisión elevará su resolución sugiriendo preadjudicar el
Concurso al Departamento Ejecutivo, siendo la Resolución que éste adopte, definitiva e
irrevocable.


Artículo.34: ADJUDICACIÓN: Una vez comunicada la adjudicación tendrá un plazo
máximo de 30 días corridos para el inicio de la actividad comercial.













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