Municipalidad de Junín de los Andes
PROVINCIA DEL NEUQUÉN
Concejo Deliberante
O R D E N A N Z A Nº 2362/2014
VISTO: El Expte. C.D. Nº 7217/14 de fecha 30/04/2014, que contiene Nota S/Nº de fecha
30/04/2014, firmada por el Señor Víctor Andrés Oliva, D.N.I. Nº 20.337.543, sobre
solicitud de prórroga de sesenta días para cumplimentar los requisitos para el funcionamiento
del transporte escolar, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la nota de referencia el presentante explica que solicita una prórroga de
sesenta días hábiles para cumplimentar los requisitos para el funcionamiento del transporte
escolar local, en cuanto a la verificación técnica para transporte escolar, requiriendo la misma
una erogación de dinero que no posee momentáneamente y de la cinta reflactaria que debe
estar adherida en la parte lateral de la camioneta y solicita autorización para trabajar
generando ingresos para solventar los gastos surgidos.-
Que, a través de la Ordenanza Nº 2356/14, sancionada por este Concejo Deliberante
en fecha 16-04-2014, por la cual se habilitó al vehículo automotor Marca HYUNDAI, Modelo
H1, Año 2001, Motor Nº D4BFY044817, Chasis Nº KMJWWH7FP1U305739, Dominio Nº
DTO514, en el rubro Transporte Escolar, a nombre del Señor OLIVA, Víctor Andrés, D.N.I.
Nº 20.337.543, con domicilio en calle Padre Milanesio Nº 187 de Junín de los Andes.-
Que, en vista de la solicitud realizada, este Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria
de fecha 07/05/2014, conforme Despacho Nº 029/14 de la Comisión Interna de Turismo, se
dispone por unanimidad, otorgar treinta (30) días corridos de prórroga a partir de la
promulgación de la presente Ordenanza.-
Que, al efecto, se debe dictar la norma pertinente.-
POR ELLO Y EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE LA CARTA
ORGÁNICA MUNICIPAL, ARTÍCULO 56º Y ARTÍCULO 57º, INCISO a), EL
CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE JUNIN DE LOS ANDES, REUNIDO
EN SESIÓN ORDINARIA, SANCIONA CON FUERZA DE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º: OTORGASE: al Señor OLIVA, Víctor Andrés, D.N.I. Nº 20.337.543, con
domicilio en calle Padre Milanesio Nº 187 de Junín de los Andes, una
prórroga de treinta (30) días corridos, a partir de la promulgación de la presente Ordenanza,
para el cumplimiento de los requisitos exigidos por las Ordenanzas vigentes.-
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a sus efectos; y por su
intermedio notifíquese al presentante.-
ARTÍCULO 3º: Publíquese. Cumplido. Archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES “GENERAL JOSE SAN MARTIN” DEL
CONCEJO DELIBERANTE DE JUNIN DE LOS ANDES, PROVINCIA DEL
NEUQUEN, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CATORCE, SEGÚN CONSTA EN ACTA Nº 1.727/14.-
GUSTAVO EDGARDO CAÑICUL CARLOS TEOBALDO VIVEROS
SECRETARIO LEGISLATIVO VICEPRESIDENTE
CONCEJO DELIBERANTE CONCEJO DELIBERANTE
JUNÍN DE LOS ANDES JUNÍN DE LOS ANDES
A/C DE PRESIDENCIA